Condenado el empresario que mat¨® a dos miembros de un clan en Olula del R¨ªo
Pena de dos a?os y seis meses de prisi¨®n para el hombre por un delito de homicidio El TSJA revoca el veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha revocado el veredicto de no culpabilidad emitido por un jurado popular con respecto al empresario Jos¨¦ Antonio G.G,?de 49 a?os, que mat¨®, en marzo de 2009, a dos miembros del clan de etnia gitana de Los Pertolos durante un tiroteo desencadenado en la sede de su f¨¢brica en Olula del R¨ªo (Almer¨ªa) y le ha condenado a dos a?os y seis meses de prisi¨®n por un delito de homicidio.
La sentencia del alto tribunal andaluz estima el recurso de apelaci¨®n interpuesto por el ministerio fiscal y aplica a Jos¨¦ Antonio la eximente incompleta de leg¨ªtima defensa mientras que los integrantes del jurado popular consideraron que la eximente en su caso era completa, por lo que no pod¨ªa ser condenado por las dos muertes.
El veredicto del jurado popular recogi¨® como probado que el acusado abri¨® fuego contra Juan Petronilo R.T. y Juan Petronilo R.F., t¨ªo y sobrino, en la planta M¨¢rmoles Ballester ubicada en Olula del R¨ªo despu¨¦s de que se efectuar¨¢n hasta tres primeros disparos contra el empresario por parte del Juan Petronillo t¨ªo. Adem¨¢s el jurado estim¨® probado que el ahora condenado efectu¨® los disparos contra el segundo de los fallecidos al temer por la vida de su hermano, que en esos momentos se encontraba en la f¨¢brica, por lo que aplica miedo insuperable y defensa.
El jurado tuvo en cuenta para dictar veredicto de no culpabilidad los informes periciales, entre ellos el m¨¦dico forense, que indicaban que repeli¨® disparos previos y los testimonios que constataron que su hermano hab¨ªa sido objeto de agresiones y amenazas anteriores por parte de Juan Petronilo R.F., lo que "justific¨®" su actuaci¨®n en leg¨ªtima defensa.
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