El juez archiva la causa contra un regidor de Tor¨¤ por matar a tiros a un perro
El denunciado fue destituido del cargo de teniente de alcalde de la poblaci¨®n leridana
El titular del Juzgado de Instrucci¨®n de Solsona (Solson¨¨s, Lleida), Joan L. Cardona, ha dictado el sobreseimiento provisional de las actuaciones judiciales iniciadas el pasado mes de abril contra el teniente de alcalde del Ayuntamiento de Tor¨¤ (Segarra), Josep Maria Alsina, denunciado por la muerte a tiros en la v¨ªa p¨²blica de un perro abandonado.
El magistrado, en la interlocutoria dictada el pasado 6 de junio, considera que los hechos denunciados por organizaciones defensoras de los animales y ecologistas no presentan indicios de ser constitutivos de un delito contra los animales dom¨¦sticos, que castiga a quien, por cualquier medio o procedimiento, maltrate injustificadamente a un animal dom¨¦stico y le cause la muerte o lesiones que provoquen un menoscabo grave a su salud.
El juez se?ala que para la comisi¨®n de este delito no es suficiente causar la muerte del animal, sino que se ha de hacer ¡°maltrat¨¢ndolo injustificadamente¡±. La jurisprudencia establece como requisitos para el delito infligir un maltrato de especial relevancia qu¨¦ de como resultado la muerte o lesi¨®n grave.
El concejal denunciado y la alcaldesa, Merc¨¨ Valls, presente en los hechos, declararon que el animal muri¨® a tiros de escopeta, concretamente de tres disparos, y negaron que el animal fuera rematado a bastonazos como afirmaron otros testigos.
El magistrado argumenta que, si disparar tres tiros a un animal podr¨ªa considerarse un maltrato cuando se pretende deliberadamente causarle sufrimientos dispar¨¢ndole en lugares no vitales para alargar su muerte y sus dolores, no lo es cuando lo que se pretende es acabar con su vida ¡°r¨¢pidamente y sin causarle sufrimientos¡±.
De las actuaciones, a?ade la interlocutoria del juez, se desprende que la intenci¨®n de Alsina ¡°era, efectivamente, matar a aquel animal¡±, pero no existe ning¨²n indicio de que pretendiera maltratarlo ni causarle da?os a?adidos de manera voluntaria, sino que la intenci¨®n era ¡°acabar con el problema¡± que supon¨ªa el perro. La acci¨®n fue ¡°muy r¨¢pida¡± y utiliz¨® un medio ¡°id¨®neo¡± para acabar con su vida.
El juez concluye que tampoco se ha identificado a ning¨²n otro testigo presencial de los hechos que pueda aportar una versi¨®n distinta, de manera que la conducta del denunciado puede resultar ¡°reprochable desde el punto de vista moral y social, y seguramente sancionable en v¨ªa administrativa¡±, pero no cumple los requisitos para ser castigada penalmente.
La entidad ecologista Ipcena de Lleida, una de las denunciantes, ha anunciado que recurrir¨¢ el archivo de las diligencias y califica la interlocutoria judicial de ¡°injusta¡±, por entender que el hecho fue ¡°un acto irracional e inc¨ªvico que gener¨® la repulsa mayoritaria de la sociedad y alarma social¡±. El teniente de alcalde denunciado fue destituido de sus funciones por la alcaldesa, aunque contin¨²a como edil del Consistorio de Tor¨¤.
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