Condenada una mutua por negar el derecho de riesgo durante la lactancia
El Juzgado n¨²mero 1 de lo Social de Eibar ha condenado a la mutua Fraternidad Muprespa por denegar la prestaci¨®n por riesgo durante el periodo de lactancia materna a una enfermera de Ambulancias Gipuzkoa. El tribunal ha dado la raz¨®n al sindicato de enfermer¨ªa Satse de Euskadi y ha condenado a la mutua a abonar esta prestaci¨®n ¡°por encontrarse la madre en un puesto de trabajo que conlleva riesgo cierto y concreto para la lactancia materna¡±.
Seg¨²n ha explicado el propio sindicato, la empresa Ambulancias Gipuzkoa tiene concertado con Fraternidad Muprespa la gesti¨®n y pago de las prestaciones econ¨®micas en los casos de accidente de trabajo y enfermedad profesional a su personal, con una cobertura del 100% del salario. La ley, para proteger a estas mujeres, incluye dentro de estos casos a las trabajadoras embarazadas o en situaci¨®n de lactancia natural, que no puedan ser adaptadas a un puesto de trabajo compatible con su situaci¨®n.
Esta trabajadora presta servicios en una ambulancia medicalizada en turnos de 24 horas seguidas, en turnos rotatorios y nocturnos y est¨¢ expuesta adem¨¢s, entre otros riesgos, a agentes biol¨®gicos. La empresa emiti¨® un informe en el que dio su conformidad a que esta enfermera se acogiera a esta prestaci¨®n, reconociendo la imposibilidad de adaptaci¨®n de su puesto, as¨ª como la inexistencia de puestos exentos de riesgos para su reubicaci¨®n. Con motivo de la sentencia, Satse ha recordado que ¡°son numerosos los casos¡± en los que una vez evaluados los riesgos derivados del embarazo o la lactancia, ¡°las mutuas niegan los peligros existentes¡±.
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