Condenado un polic¨ªa por abofetear cinco veces a un detenido esposado
El agente deber¨¢ cumplir seis meses de prisi¨®n y dos a?os de inhabilitaci¨®n
Un cabo de la polic¨ªa municipal de Alcorc¨®n, Mario M.B., ha sido condenado por la Secci¨®n S¨¦ptima de la Audiencia Provincial de Madrid a seis meses de prisi¨®n y a inhabilitaci¨®n de dos a?os por haber pegado a un detenido varios bofetones mientras se encontraba esposado.
El tribunal considera "probado" que los hechos ocurrieron sobre las 06:45 del 27 de febrero de 2009, cuando Ernesto C.A. se encontraba detenido por un presunto delito contra la seguridad en las dependencias de la Polic¨ªa Local de Alcorc¨®n.
En presencia de Mario M.B., de 43 a?os, que en ese momento ejerc¨ªa como cabo responsable del turno de noche, Ernesto C.A., que estaba escoltado por polic¨ªas municipales y esposado con las manos a la espalda, asegur¨® en voz alta que los agentes que lo hab¨ªan detenido le hab¨ªan pegado. En respuesta, Mario M.B. le dijo "espere, que como le pegue yo...", a lo que Ernesto C.A. le contest¨® que le pegara, justamente cuando el cabo pasaba a su lado, momento en que Mario M.B. le propin¨® tres bofetones. Un agente se interpuso para impedir que continuara la agresi¨®n. ¡°Pero con qui¨¦n te crees que est¨¢s hablando, pintamonas¡±, volvi¨® a la carga el cabo y propin¨® otras dos bofetadas al detenido.
Una de las cuestiones que se plantearon durante el juicio era la validez como prueba del v¨ªdeo grabado por un polic¨ªa con su tel¨¦fono m¨®vil en el que se ve¨ªa al cabo pegar al detenido. Con el argumento de que el acusado se encontraba en una comisar¨ªa, sujeto a grabaciones oficiales, el fallo desestima el argumento de la defensa, que ped¨ªa la invalidaci¨®n de la prueba por suponer una violaci¨®n de la intimidad. ¡°El propio acusado reconoce que en la sala en la que se produjeron los hechos hab¨ªa c¨¢maras de grabaci¨®n¡±, se?ala el fallo. La defensa tambi¨¦n argumentaba que las im¨¢genes podr¨ªan estar manipuladas. ¡°No cabe apreciar ninguna manipulaci¨®n en la parte del v¨ªdeo que est¨¢ portada en le procedimiento¡±, responde la sentencia.
¡°En lugar de ejercer debidamente sus funciones, controlar correctamente la situaci¨®n e incluso realizar la investigaci¨®n pertinente a la vista de lo que dec¨ªa el detenido, abusando de su cargo contest¨® al detenido que qu¨¦ pasaba, si le pegaba ¨¦l, y ante la respuesta reiterada de ¨¦ste, que se encontraba esposado con las manos a la espalda, de que le pegara, as¨ª lo hizo. Estos hechos resultan totalmente impropios en la conducta que corresponde a un polic¨ªa, que ejerce adem¨¢s en ese momento la funci¨®n de responsable del turno y que los realiza en presencia de todos los polic¨ªas subordinados que se encuentran en ese momento en las dependencia¡±, reprocha la sentencia, que obliga al polic¨ªa a indemnizar a la v¨ªctima con 600€.
Este peri¨®dico ha intentado recabar la versi¨®n del condenado pero, por medio de su abogada, este ha declinado hablar. La letrada asegura que recurrir¨¢ la sentencia, que todav¨ªa no es firme y supondr¨ªa la expulsi¨®n del agente de la carrera policial.
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