El Supremo avala el derribo de una casa ilegal rodeada de viviendas sin licencia
La Fiscal¨ªa de C¨¢diz llevaba a?os esperando jurisprudencia para consolidar sus peticiones de demoliciones
La Fiscal¨ªa de C¨¢diz ha mostrado su satisfacci¨®n despu¨¦s de que el Tribunal Supremo avale un recurso contra una sentencia de la Audiencia Provincial de C¨¢diz. Este nuevo fallo judicial ordena el derribo de una casa ilegal en El Puerto de Santa Mar¨ªa, cuyo propietario hab¨ªa sido condenado por un delito contra la ordenaci¨®n del territorio. La Audiencia gaditana consideraba ¡°desproporcionada¡± la demolici¨®n porque esa casa estaba rodeada de otras similares, con lo que el derribo no iba a reparar el da?o causado. En cambio, el Supremo, a petici¨®n de la fiscal¨ªa, s¨ª considera que hay que tirar esa vivienda porque, de lo contrario, se estar¨ªa consolidando la ilegalidad cometida.
El caso recurrido por la fiscal¨ªa ante el Supremo hac¨ªa menci¨®n a una casa de El Puerto de Santa Mar¨ªa. Seg¨²n la Audiencia Provincial, ¡°en la zona donde se realiz¨® la construcci¨®n existen numerosas viviendas por lo que, estando acreditado que la casa est¨¢ enclavada entre muchas otras similares, no procede acordar la demolici¨®n pues se antoja una medida desproporcionada al il¨ªcito cometido¡±.
La fiscal¨ªa recurri¨® porque no entend¨ªa c¨®mo a una persona condenada por atentar contra la ordenaci¨®n del territorio, desobediencia y estafa se le segu¨ªa permitiendo disfrutar del objeto con el que hab¨ªa cometido el delito, que era su casa. Seg¨²n el Ministerio P¨²blico, no tiene sentido justificar que se puede derribar una casa aislada pero no hacerlo cuando hay otras m¨¢s a su alrededor, porque eso supone ¡°un efecto llamada¡± a seguir cometiendo el delito.
El Supremo cree que el derribo s¨ª es proporcional ¡°porque es la ¨²nica v¨ªa posible para restaurar el orden quebrantado¡±. Aunque caben excepciones, el alto tribunal cree que no es argumento posible decir que no se puede reparar el da?o porque hay otras construcciones.
La casa a la que alude la sentencia se construy¨® en un suelo no urbanizable. Su promotor levant¨® precintos municipales y vendi¨® la vivienda ocultando los expedientes que pesaban sobre ella. Seg¨²n la Fiscal¨ªa de Medio Ambiente de C¨¢diz, ¡°es la primera vez que el Supremo se pronuncia sobre la demolici¨®n de edificaciones ilegales en sede penal¡± y recoge su tesis de que la regla general debe ser que toda condena por delito contra la ordenaci¨®n del territorio debe conllevar la demolici¨®n de lo ilegalmente levantado.
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