Un tribunal superior corregido
El Supremo enmienda el amparo que el TSJA ha dado a los concertados que segregan, los objetores a Ciudadan¨ªa y los padres sin plaza para sus hijos en un colegio religioso
El Tribunal Supremo se maneja bien en el s¨ª pero no; corrige, pero abre una puerta trasera. La secci¨®n cuarta de la Sala de lo Contencioso ha vuelto a enmendar al Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) en otro pol¨¦mico asunto relacionado con la ense?anza. El Supremo ha anulado la sentencia del TSJA de 2011 que dej¨® en suspenso una orden de la Consejer¨ªa de Educaci¨®n andaluza en la que se obligaba a un centro de ense?anza femenino de Sevilla a convertirse en mixto para seguir recibiendo fondos p¨²blicos. El Supremo corrige, al fijar que los colegios que separan por sexos no pueden estar concertados porque discriminan, pero abre una rendija al establecer que ese tipo de educaci¨®n es legal, aunque sea sin subvenciones.
La rendija se agranda cuando el principal argumento del Supremo para negar las ayudas p¨²blicas es que lo proh¨ªbe la Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n (LOE), aprobada en 2006, durante el mandato socialista en el Gobierno central. El ministro Jos¨¦ Ignacio Wert ha asomado ya la cabeza por el agujero: ha anunciado que el PP est¨¢ dispuesto a cambiar la LOE para blindar estos conciertos.
Las tres rectificaciones
Segregaci¨®n. El TSJA anula a principios de 2012 las 12 ¨®rdenes de la Junta en las que se obliga a otros tantos colegios a convertirse en mixtos si quieren mantener el concierto. El Supremo, este mes de julio, ha revocado la decisi¨®n del tribunal andaluz y ha fijado que la LOE no permite concertar con los centros que discriminan.
Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa. El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) reconoce en marzo de 2008 el derecho de unos padres de Bollullos Par del Condado (Huelva) a que su hijo no curse la asignatura. El Supremo concluye en enero de 2009 que no se puede objetar, aunque se?ala que no se puede permitir el adoctrinamiento en los manuales. En octubre de 2010, el TSJA vuelve admitir que el hijo de la misma familia de Bollullos no entre en clase al considerar que el manual es adoctrinador. Dos de los cinco magistrados de la sala del TSJA acusan a sus compa?eros de cometer "fraude procesal".
Ratios. Durante 2008, el TSJA empieza a obligar a la Junta a aumentar el n¨²mero de alumnos en los colegios concertados religiosos. Utiliza como argumento el derecho de los padres a elegir el colegio de sus hijos. "No es posible el aumento judicial de la ratio (...) con fundamento en el derecho a la libre elecci¨®n de centro escolar ni en el derecho de los padres a que los hijos reciban la educaci¨®n moral y religiosa", corrige el Supremo en marzo de 2012.
"El Supremo se ha quedado a medias, la segregaci¨®n no debe estar permitida ni en lo p¨²blico ni en lo privado", opina Mar¨ªa Luisa Balaguer, catedr¨¢tica de Derecho Constitucional de la Universidad de M¨¢laga. El mismo argumento, pero dado la vuelta, emplean los defensores de este sistema. El caso parece que acabar¨¢ en el Tribunal Constitucional. "El Supremo se ha convertido en un campo intermedio entre los tribunales de instancia y el Constitucional", afirma Balaguer, que rechaza el fallo sobre segregaci¨®n al entender que es la Carta Magna la que veta la discriminaci¨®n, no la LOE.
Otra batalla educativa e ideol¨®gica, con los mismos protagonistas, ha llegado tambi¨¦n al Constitucional: Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa. Los magistrados de la llamada sala vaticana del TSJA volvieron a trabajar de zapadores en este asunto: abrieron las primeras trincheras al amparar la objeci¨®n a la asignatura en 2008. El Supremo, a principios de 2009, corrigi¨® al tribunal andaluz y neg¨® la posibilidad de objetar a la materia. Pero volvi¨® a dejar abierta una puerta: los contenidos de la materia no pod¨ªan caer en el adoctrinamiento.
El TSJA no tard¨® en volver a utilizar el camino marcado. El 15 de octubre de 2010 la misma secci¨®n tercera de la sala de lo Contencioso-administrativo declar¨® ¡°adoctrinador¡± el contenido del libro de la editorial McGraw-Hill sobre Ciudadan¨ªa y permiti¨®, de nuevo, que el hijo de una familia de Bollullos (Huelva) no asistiese a esa clase ni fuese evaluado mientras se impartiera con este manual. Los magistrados ten¨ªan en contra a la fiscal¨ªa, la Abogac¨ªa del Estado y la Junta, que ha criticado p¨²blicamente a esta sala del TSJA en varias ocasiones.
Dentro del tribunal se produjo un duro enfrentamiento entre los cinco jueces que compon¨ªan la sala. Los magistrados que volvieron a permitir la objeci¨®n fueron Victoriano Valpuesta Berm¨²dez, Pablo Vargas Cabrera y Enrique Gabald¨®n Codesido. Este ¨²ltimo es el hijo del presidente de honor del Foro de la Familia, Jos¨¦ Gabald¨®n L¨®pez, uno de los instigadores del boicoteo a Ciudadan¨ªa, asignatura que el PP ha cambiado ahora y eliminado en primaria.
Los otros dos magistrados de la sala, Eloy M¨¦ndez Mart¨ªnez y Guillermo del Pino Romero, firmaron un dur¨ªsimo voto particular. Acusaron a sus compa?eros de haber incurrido en un "verdadero fraude procesal" al declarar el manual adoctrinador y no retirarlo sin m¨¢s, sino permitir que solo el hijo de los denunciantes (los mismos que abrieron en Andaluc¨ªa la guerra contra la materia en 2008) no asistiera a clase. M¨¦ndez y del Pino, adem¨¢s, rechazaron contundentemente que el libro fuera adoctrinador, como manten¨ªan los otros tres jueces.
La pol¨¦mica sentencia sobre el manual se firm¨® el 15 de octubre de 2010. Enrique Gabald¨®n Codesido, el hijo del presidente del Foro de la Familia, ha dejado el TSJA. En julio de 2011, la comisi¨®n permanente del Consejero General de Poder Judicial le concedi¨® "la situaci¨®n administrativa de servicios especiales" para que trabaje como letrado del Constitucional.
Educaci¨®n para la Ciudadan¨ªa y la segregaci¨®n en las aulas no han sido los ¨²nicos asuntos en los que el Supremo ha corregido al tribunal andaluz. Tambi¨¦n lo hizo con el aumento de la ratio en los concertados religiosos. El TSJA ha obligado en los ¨²ltimos a?os a la consejer¨ªa a ampliar el n¨²mero de alumnos por clase para que los padres escolaricen a sus hijos en el centro deseado. Tal es el desbarajuste creado con esta decisi¨®n, que, tras anular otra sentencia de 2010 del TSJA sobre este tema, el Supremo fij¨® ¡°doctrina legal¡±. "No es posible el aumento judicial de la ratio para Educaci¨®n Primaria en los centros escolares sostenidos con fondos p¨²blicos por encima del limite fijado por (...) la Ley Org¨¢nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci¨®n, con fundamento en el derecho a la libre elecci¨®n de centro escolar ni en el derecho de los padres a que los hijos reciban la educaci¨®n moral y religiosa que est¨¦ acorde a sus propias convicciones".
En febrero de 2012, el tribunal andaluz ya dict¨® otro fallo en esta misma l¨ªnea y en contra de la postura que hab¨ªa mantenido hasta ahora. "Lo que se garantiza constitucionalmente es la posibilidad de elecci¨®n y no el acceso efectivo", se?alaron los magistrados de esta sala, en la que ya no est¨¢ el magistrado Gabald¨®n.
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