La Generalitat tendr¨¢ que readmitir a tres embarazadas despedidas en un ERE
La Agencia Catalana de Cooperaci¨®n incluy¨® a las afectadas en un ERE sobre 42 personas
El titular del juzgado de lo Social n¨²mero 33 de Barcelona, Joan Agust¨ª Maragall, ha obligado a la Generalitat a readmitir a tres mujeres embarazadas que fueron despedidas en el expediente de regulaci¨®n de empleo (ERE) que present¨® hace un a?o la Agencia Catalana de Cooperaci¨®n al Desarrollo (ACCD), y que afectaba a 42 personas.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el magistrado tambi¨¦n obliga a readmitir a otro de los trabajadores de la ACCD, que disfrutaba de un permiso de paternidad, porque la Generalitat no ha justificado la supresi¨®n de su puesto de trabajo sino que ¨¦ste fue ocupado por otra persona.
El fallo, que declara "el derecho de los demandantes a su inmediata readmisi¨®n y al abono de los salarios dejados de percibir, con descuento de las prestaciones que hayan percibido por maternidad", considera que el ERE presentado por la ACCD fue discriminatorio hacia las embarazadas porque no tuvo en cuenta la situaci¨®n de especial vulnerabilidad en que se encontraban.
El juez, que ha desestimado las demandas presentadas por otros 13 trabajadores afectados por el mismo ERE, ha considerado nulos los despidos de las tres mujeres embarazadas ampar¨¢ndose en la legislaci¨®n anti-discrimnaci¨®n contemplada en el art¨ªculo 10 de la Directiva comunitaria 92/85, que est¨¢ trasladada a algunas de las normativas laborales espa?olas.
El abogado de las demandantes, Vicen? Cantos, ha explicado a Efe que la sentencia es innovadora porque aplica normativas europeas m¨¢s proteccionistas hac¨ªa las mujeres embarazadas o con permiso por maternidad en los despidos colectivos.
El art¨ªculo 10 de la directiva 92/85 y 103 de la Organizaci¨®n Internacional del Trabajo (OIT) obliga a los estados miembros a tomar las medidas necesarias para prohibir el despido de las trabajadoras embarazadas o con permiso de maternidad, ya que se considera un riesgo para su salud f¨ªsica y ps¨ªquica.
"En este caso -ha a?adido el abogado- a¨²n es m¨¢s grave porque la misma administraci¨®n p¨²blica, que tendr¨ªa que velar especialmente por el cumplimiento de las normativas internacionales, es quien ha vulnerado los derechos fundamentales de las trabajadoras embarazadas".
Seg¨²n Cantos, "a¨²n es m¨¢s parad¨®jico que el organismo de la Generalitat que despidi¨® injustamente a las trabajadoras embarazadas haya sido la ACCD, responsable de promover los Derechos Humanos y en especial el derecho de las mujeres, as¨ª como la equidad entre hombres y mujeres en diferentes pa¨ªses del mundo".
El abogado ha asegurado que esta sentencia sienta jurisprudencia y abre la puerta a que en futuros ERE se pueda evitar el despido de mujeres embarazadas o en bajas por maternidad o que se declaren nulos en caso de que se efect¨²en.
En sus argumentos, el juez interpreta, adem¨¢s de la normativa europea, que "la sola condici¨®n de embarazada de las demandantes, m¨¢s que constituir un indicio suficiente de la posible intencionalidad discriminatoria (que no tiene por qu¨¦ concurrir), ha de bastar para activar la inversi¨®n probatora".
"En todo caso -a?ade el magistrado- incluso si no se compartiese el anterior criterio, concurre lo que podr¨ªamos calificar de 'factor estad¨ªstico' derivado del hecho que de las tres trabajadoras embarazadas que no eran representante legales de los trabajadores (excluidas del ERE por este motivo) las tres hayan sido afectadas por el despido, rompiendo la m¨¢s elemental proporcionalidad de la afectaci¨®n".
La Generalitat recurrir¨¢ la sentencia en lo que se refiere a las cuatro readmisiones, seg¨²n ha explicado el director general de Cooperaci¨®n, Carles Llorens, que tambi¨¦n considera una sentencia "muy positiva" porque valida el ERE presentado por la agencia. Llorens niega que las tres mujeres que han conseguido la raz¨®n no eran las ¨²nicas embarazadas que trabajaban en el ente y que no era posible dar apoyo a todo el mundo.
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