Un juez ordena devolver tambi¨¦n los intereses a un preferentista
Los titulares, una pareja de O Grove, ten¨ªan el producto definido en su libreta como "plazo fijo"
De las sentencias que en los ¨²ltimos meses han ido goteando de los juzgados gallegos contra Novagalicia Banco por la venta fraudulenta de participaciones preferentes, la mayor¨ªa han venido dando la raz¨®n a los particulares y obligando al banco a devolver lo invertido. Los intereses devengados, superiores a los habituales y en ocasiones usados como gancho para captar a los clientes, deb¨ªan por el contrario devolverse. Un juzgado de Cambados ha resuelto, en cambio, que el enga?o en un supuesto concreto es tan evidente e inmoral que no cabe que el banco reclame ahora nada.
El juzgado llega a esta conclusi¨®n tras analizar los condicionantes del caso, un contrato de 30.000 euros en preferentes suscrito en 2005 por una pareja de O Grove que solo lo descubri¨® este a?o, cuando acudieron a la sucursal asustados por la informaci¨®n que ve¨ªan en los medios. En la vista se constat¨® que ¡°en el anverso de la propia libreta se puede leer claramente: ¡®plazo fijo¡±. El empleado que vendi¨® las preferentes incluso admiti¨® ante el juez que esto se hac¨ªa adrede y que ¡°se abri¨® la cuenta a plazo fijo porque era la forma de entrar en las participaciones preferentes¡±, una t¨¢ctica ¡°para garantizar que entraban en el producto¡±. La informaci¨®n al cliente, aleg¨® el vendedor, se daba en el ¡°departamento central¡±. El juez lo considera insuficiente. ¡°No concret¨® el testigo qu¨¦ informaci¨®n, c¨®mo o qu¨¦ era siquiera ese ¡°departamento central¡±, critica.
El juez entiende que el supuesto entra dentro de lo que el c¨®digo civil entiende como ¡°causa torpe¡± de un contrato en que la culpa es solo de una de las partes ¨Cen este caso el banco, por entonces todav¨ªa Caixanova. Es un estatus solo un pelda?o por debajo de la infracci¨®n penal que aplicado al supuesto en concreto, seg¨²n la interpretaci¨®n del juez, evita que el afectado tenga que devolver los intereses, fijados en el 3,25%. La sentencia hace una referencia al problema que las preferente han desatado en Galicia, -del que dice el juez que ¡°no puede abstraerse¡±-menciona que los responsables del banco ¡°p¨²blicamente han pedido disculpas por la comercializaci¨®n del producto¡± y concluye que la causa del contrato ¡°contraviene absolutamente las normas deontol¨®gicas que permiten decir si una causa es o no contraria a la moral¡±.
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