La justicia tumba 40.000 nuevas viviendas en San Miguel de Salinas
La sentencia que anula el PGOU incide en la falta de una evaluaci¨®n ambiental estrat¨¦gica
La crisis econ¨®mica desactiv¨® el frenes¨ª urbanizador, y ahora los tribunales de Justicia entierran definitivamente el urbanismo salvaje y desaforado. El Ayuntamiento de San Miguel de Salinas, una localidad de La Vega Baja de apenas unos 7.000 habitantes, aprob¨® en 2008 un nuevo Plan General de Ordenaci¨®n Urbana que preve¨ªa construir 40.000 nuevas viviendas para dar cobijo a 100.000 habitantes.
Una sentencia reciente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) tumba esta propuesta por carecer de la correspondiente evaluaci¨®n ambiental estrat¨¦gica.
Pero este varapalo judicial no ha sido el ¨²nico. El Tribunal Supremo anul¨® por tercera vez el intento del Ayuntamiento de Castell¨®n, de validar su PGOU. Y en Benissa el Supremo tambi¨¦n anul¨® la aprobaci¨®n definitiva del PGOU cuyo tr¨¢mite de informaci¨®n p¨²blica ¡°no fue reiterado¡±. El Plan Rabassa, que proyectaba 13.500 viviendas en Alicante, tambi¨¦n acumula sentencias en contra, y en una de ellas el TSJ tambi¨¦n anul¨® el proyecto por no tener autorizaci¨®n medioambiental estrat¨¦gica.
En el caso de? San Miguel de Salinas el TSJ ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto en 2009 por la Asociaci¨®n de Vecinos San Miguel Arc¨¢ngel y Amigos de Sierra Escalona contra la aprobaci¨®n definitiva, por parte de la entonces Consejer¨ªa de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Generalitat, del Plan General de Ordenaci¨®n Urbana de San Miguel de Salinas.
El TSJ anula el Plan mediante una sentencia de 13 de noviembre de 2013, comunicada a los recurrentes el pasado 15 de enero, que desestima las pretensiones de las partes demandada y codemandada (Generalitat y Ayuntamiento) para que se considerara conforme a derecho la aprobaci¨®n definitiva del Plan.
La sentencia, compartida por cuatro de los cinco magistrados de la Sala, declara nulo el planeamiento urban¨ªstico por no haberse sometido a un proceso de evaluaci¨®n ambiental estrat¨¦gica (EAE) exigible por la Ley estatal 9/2006 sobre evaluaci¨®n de los efectos de determinados planes y programas en el medioambiente, un proceso que, tal y como plantearon los recurrentes no puede ser suplido por la emisi¨®n de una simple declaraci¨®n de impacto ambiental. La Ley 9/2006 establece la obligatoriedad de aplicar la EAE a todos los planes que puedan tener efectos sobre el medioambiente, como en el caso de San Miguel, un PGOU ¡°insostenible, especulativo e irracional¡±. En la sentencia los magistrados exponen que la ausencia de EAE supone un ¡°vicio determinante¡± de la nulidad de pleno derecho del Plan, que queda anulado en su totalidad.
Una agresi¨®n a sierra Escalona
El nuevo PGOU de San Miguel de Salinas supon¨ªa una ¡°clara agresi¨®n¡± a los valores ambientales y paisaj¨ªsticos de la Sierra de Escalona. Un espacio natural protegido como Lugar de Inter¨¦s Comunitario (LIC) y Zona de Especial Protecci¨®n para las Aves (ZEPA) de la Uni¨®n Europea. Adem¨¢s, 7 de los 55 millones de metros cuadrados que integran el t¨¦rmino municipal de San Miguel forman parte del LIC, que sigue esperando su declaraci¨®n como Parque Natural de la Comunidad Valenciana tras m¨¢s de 7 a?os desde que la Generalitat inici¨® el proceso de su declaraci¨®n.
La sentencia, que refleja la postura mayoritaria de la Sala, no entra a valorar otros cinco motivos impugnatorios invocados en el escrito de demanda de los vecinos y ASE, pero s¨ª lo hace el magistrado discrepante, que en su voto particular estima parcialmente la demanda. El magistrado considera que se deber¨ªa eliminar del planeamiento el suelo no urbanizable com¨²n de categor¨ªa 3 (siete millones de metros de supuesto suelo no urbanizable) que el plan ahora anulado permit¨ªa que se reclasificaran como suelo urbanizable para futuros desarrollos residenciales, incluso en el entorno inmediato de la Sierra Escalona.
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