Los jueces acucian al alcalde de Robledo
El Tribunal Superior de Justicia cree que el regidor puede haber cometido un presunto delito de prevaricaci¨®n
El incumplimiento del alcalde de Robledo de Chavela, Mario de la Fuente, del PP, en acatar una sentencia de 2007, que afecta a 35 vecinos, ha conducido al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) a trasladar el caso al Ministerio Fiscal ¡°por un presunto delito de prevaricaci¨®n y desobediencia a la autoridad¡±. El Ayuntamiento deb¨ªa haber restablecido la legalidad de unas parcelas situadas en el sector llamado San Sebasti¨¢n, en las que se construyeron diversas naves en los a?os sesenta. Las construcciones est¨¢n fuera de ordenaci¨®n urban¨ªstica, respecto al planeamiento, pero cuentan con licencia porque son previas a este. Sus propietarios no tuvieron conocimiento de lo que estaba ocurriendo hasta 2012.
Los jueces del TSJM imponen en este mismo auto de 10 de diciembre de 2013 al alcalde De La Fuente una multa de 300 euros, que ser¨¢ reiterada cada tres meses. El Ayuntamiento ha presentado un recurso, porque considera que ha cumplido el procedimiento exigido por el tribunal.
El auto implica tambi¨¦n a la Consejer¨ªa de Medio Ambiente y Ordenaci¨®n del Territorio, a la que se ¡°ordena expresamente que incoe, tramite y resuelva¡± el procedimiento para aclarar la situaci¨®n de estas construcciones. Fuentes de la consejer¨ªa informan de que han enviado una carta al alcalde, donde le piden una relaci¨®n de las actuaciones que est¨¢ efectuando. De la Fuente, en cambio, considera que la soluci¨®n est¨¢ en manos del Gobierno regional. ¡°Hay que elaborar un plan parcial del sector y eso solo lo puede hacer la Comunidad¡±, afirma.
El problema tiene su origen en un recurso contencioso administrativo contra el Ayuntamiento, que presenta en 2004 la urbanizaci¨®n de chal¨¦s Canopus, que linda con el sector San Sebasti¨¢n. Ped¨ªan que se restableciese la legalidad urban¨ªstica en esa zona, se clausuraran las actividades que se llevaban a cabo all¨ª (entre ellas cr¨ªa de animales) y que se demolieran las instalaciones. Nadie se puso en contacto con los afectados, que tuvieron conocimiento de lo que estaba ocurriendo nueve a?os despu¨¦s.
El tribunal dict¨® sentencia en noviembre de 2007, dando la raz¨®n de forma parcial a los demandantes. Se orden¨® al Ayuntamiento o, subsidiariamente a la Comunidad, que ejercieran sus potestades urban¨ªsticas y ambientales. La sala puntualizaba que si el alcalde no respond¨ªa a este requerimiento, esta recaer¨ªa en ¡°el consejero competente en materia de ordenaci¨®n urban¨ªstica¡±. Desde ese momento, los requerimientos continuaron hasta que el TSJM dict¨® un auto el 18 de junio de 2012 que marc¨® un punto y aparte, porque iba m¨¢s all¨¢ de la sentencia de 2007. La sala acord¨® entonces la demolici¨®n de las construcciones ilegales. Es en ese momento cuando el Ayuntamiento informa a los afectados, que se encuentran de repente con un decreto de alcald¨ªa, firmado el 13 de julio de 2012, donde se les explica lo que ocurre.
Los propietarios de las naves presentaron un recurso, porque las actuaciones que se hab¨ªan llevado a cabo ¡°les eran completamente desconocidas¡±, lo que conlleva una vulneraci¨®n de los derechos fundamentales. Lograron la modificaci¨®n de parte de la sentencia, de tal forma que ya no era necesario derribar y desalojar las construcciones. Solo ser¨ªa necesrio restablecer la legalidad urban¨ªstica mediante un plan parcial.
En junio de 2013, el TSJM ya responsabiliz¨® personalmente al alcalde por el no cumplimiento del fallo. El Ayuntamiento present¨® un recurso. Los jueces lo desestimaron, al considerar que no basta la incoaci¨®n de un procedimiento, sino que la autoridad local debe restaurar ¡°de facto¡± la legalidad. Los vecinos est¨¢n todav¨ªa a la espera de que su Ayuntamiento responda.
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