PSOE e IU env¨ªan al Parlamento la primera ley de su pacto de gobierno
El anteproyecto de Transparencia establece sanciones de hasta 400.000 euros
PSOE e IU tienen previsto aprobar en el Consejo de Gobierno de la Junta de este martes el proyecto de Ley de Transparencia P¨²blica de Andaluc¨ªa. Con este paso, los dos socios enviar¨¢n al Parlamento regional la primera de las 28 leyes y normas que se comprometieron a desarrollar durante esta legislatura cuando cerraron su pacto para gobernar juntos en Andaluc¨ªa en abril de 2012. La previsi¨®n es que la C¨¢mara andaluza apruebe definitivamente esta norma de transparencia antes del verano. Y entrar¨ªa en vigor un a?o despu¨¦s de su publicaci¨®n en el BOJA, como establece la ¨²ltima versi¨®n del anteproyecto de ley.
No es la primera ley que aprueban los dos socios en estos 22 meses de gobierno. Por ejemplo, han sacado adelante ¡ªaunque luego haya sido parcialmente paralizada por el recurso del Estado en el Tribunal Constitucional¡ª la ley de la funci¨®n social de la vivienda. Pero la de transparencia s¨ª es la primera norma que est¨¢ recogida expl¨ªcitamente en el documento que firmaron ambas organizaciones el 18 de abril de 2012 para cerrar su pacto. En concreto, dentro del apartado titulado Avanzar en democracia.
La presidenta andaluza, Susana D¨ªaz, que tuvo un papel fundamental en la firma del acuerdo con IU, fue quien empez¨® a dise?ar la Ley de Transparencia cuando era consejera de la Presidencia bajo las ¨®rdenes de Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n. Pero entre el anteproyecto al que el Consejo de Gobierno dio un primer visto bueno en junio de 2013 y el que la Junta remiti¨® al Consejo Consultivo a finales de enero de este a?o hay importantes novedades.
En la versi¨®n que previsiblemente se aprobar¨¢ este martes hay un apartado dedicado al r¨¦gimen sancionador. Se prev¨¦n multas de entre 200 y 400.000 euros para las entidades y Administraciones que bloqueen el acceso a la informaci¨®n. Tambi¨¦n, el despido de cargos y directivos y la imposibilidad de volver a ocupar puestos "similares por un periodo de hasta tres a?os".
Iglesia y colegios, tambi¨¦n afectados
Aunque la Iglesia cat¨®lica no tiene un apartado concreto en el anteproyecto tambi¨¦n esta instituci¨®n est¨¢ afectada por la norma, indican fuentes de la Consejer¨ªa de Presidencia. En la Ley de Transparencia nacional s¨ª existe un apartado concreto para la Iglesia al financiarse a trav¨¦s del IRPF. Pero en el caso de la andaluza, se?alan estas fuentes, no existe una menci¨®n concreta al no depender de tributos auton¨®micos. Sin embargo, la Iglesia s¨ª deber¨¢ responder a las reclamaciones de informaci¨®n contenidas en la ley que le hagan Administraciones que le concedan subvenciones o conciertos.
La norma s¨ª menciona directamente a los ¡°conciertos y otras formas de participaci¨®n de entidades privadas en los sistemas p¨²blicos de educaci¨®n y deportes, sanidad y servicios sociales¡±. Y se fija que los contratos de conciertos que se firmen con estas organizaciones y sociedades establecer¨¢n ¡°obligaciones de publicidad activa¡±.
La ley afecta a la Administraci¨®n regional y a los Ayuntamientos, adem¨¢s de a las sociedades p¨²blicas, agencias, universidades y ¨®rganos como el Consejo Consultivo, el Consejo Econ¨®mico y Social de Andaluc¨ªa y el Consejo Audiovisual. Para las "autoridades" y "directivos" de estas entidades se establecen "infracciones de car¨¢cter disciplinario" que van desde una simple amonestaci¨®n en las faltas leves al despido y la inhabilitaci¨®n para ocupar "cargos similares" durante tres a?os en las muy graves. Se considera infracci¨®n leve "el incumplimiento injustificado de la obligaci¨®n de resolver en plazo la solicitud de acceso a la informaci¨®n p¨²blica", que en el caso de la Junta y sus "entidades instrumentales" se fija en 20 d¨ªas. En el otro extremo estar¨ªan las infracciones muy graves, como, por ejemplo, "la denegaci¨®n arbitraria del derecho de acceso a la informaci¨®n p¨²blica". Tambi¨¦n se considera muy grave "el incumplimiento de las obligaciones de publicidad activa¡± cuando ¡°se haya desatendido el requerimiento expreso del Consejo de Transparencia y Protecci¨®n de Datos de Andaluc¨ªa", el ¨®rgano encargado de velar por el cumplimiento de la norma. Por "publicidad activa" se considera la informaci¨®n que las Administraciones deben difundir de forma peri¨®dica sobre, por ejemplo, "la planificaci¨®n, la contrataci¨®n y gesti¨®n de subvenciones o la informaci¨®n econ¨®mica y presupuestaria".
La norma tambi¨¦n afecta a las personas "adjudicatarias de contratos con el sector p¨²blico" y a las "beneficiarias de una subvenci¨®n". Estas personas deber¨¢n suministrar la informaci¨®n que les requiera la Administraci¨®n de la que dependan o podr¨¢n ser multadas con entre 200 y 400.000 euros. Sin embargo, en el anteproyecto se establece que esa sanci¨®n no podr¨¢ "exceder el 5% del importe" del contrato o subvenci¨®n. S¨ª se abre la puerta a que "las infracciones graves y muy graves" supongan "como sanci¨®n accesoria el reintegro total o parcial de la subvenci¨®n concedida o, en su caso, la resoluci¨®n del contrato, concierto o v¨ªnculo establecido".
La norma de transparencia tiene un apartado destinado a "otras entidades", entre las que se incluyen los partidos pol¨ªticos, sindicatos, patronales y organizaciones que representen intereses colectivos. Se establece que, en reglamentos posteriores y futuras convocatorias p¨²blicas, "podr¨¢n ser sometidos a criterios de transparencia an¨¢logos a los previstos en materia de publicidad activa" para las Administraciones. El r¨¦gimen sancionador en este caso va tambi¨¦n llega hasta los 400.000 euros.
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