Protecci¨®n de Datos, condenada por negarse a destruir un historial psiqui¨¢trico
El TSJC ordena a indemnizar con 600 euros al demandante, que sufri¨® un transtorno tras una crisis matrimonial
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha condenado a la Agencia Catalana de Protecci¨®n de Datos por negarse a destruir los informes cl¨ªnicos de un paciente referidos a un trastorno psiqui¨¢trico que sufri¨® tras una crisis matrimonial. En su sentencia, la secci¨®n quinta de la Audiencia de Barcelona confirma la resoluci¨®n de un juzgado contencioso que conden¨® a la Agencia de Protecci¨®n de Datos y al Consorcio de Sanitario del Maresme a indemnizar con 600 euros al demandante y a eliminar su historial psiqui¨¢trico, como este solicitaba. Adem¨¢s, la sala condena a ambas entidades a hacerse cargo de las costas judiciales derivadas del recurso que presentaron contra la sentencia, en una suma m¨¢xima global de 1.200 euros.
El paciente pidi¨® a la agencia que obligara al Hospital de Matar¨® a destruir los datos de su historial cl¨ªnico sobre una asistencia que recibi¨® entre septiembre de 1985 y junio de 1986 tras una crisis matrimonial.
La agencia y el hospital se negaron a cancelar esos datos cl¨ªnicos, argumentado que podr¨ªan suministrar informaci¨®n relevante para futuros tratamientos m¨¦dicos en beneficio del paciente, por ejemplo en el caso de que tuviera que recibir atenci¨®n m¨¦dica en estado de inconsciencia.
El tribunal ha tenido en cuenta el largo tiempo transcurrido desde esa asistencia m¨¦dica ¡ªde unos 20 a?os¡ª, sin que el demandante haya vuelto a padecer problema psiqui¨¢trico alguno.
A ra¨ªz de la pericial de una especialista que examin¨® al demandante, la sala concluye que no existen ¡°razones de orden sanitario susceptibles de justificar la conservaci¨®n de los datos personales controvertidos¡±. ¡°Evidentemente la agencia no es qui¨¦n ¡ªni tampoco este tribunal¡ª para determinar si unos concretos datos m¨¦dicos son necesarios para una eventual asistencia futura de la paciente¡±, admite la sala. Esta, sin embargo, considera que s¨ª lo son ¡°para juzgar la suficiencia de un informe que parece descansar exclusivamente en la intangibilidad de la historia cl¨ªnica, la importancia del tiempo transcurrido y la naturaleza del derecho cuya protecci¨®n se invoca".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.