Los menores tendr¨¢n prohibido por ley consumir alcohol
El proyecto de Ley de Adicciones prohibe tambi¨¦n fumar en los estadios de f¨²tbol, las plazas de toros y sociedades gastron¨®micas
El Gobierno Vasco ha dado luz verde al proyecto de Ley de Adicciones m¨¢s restrictivo hasta el momento en el que se recoge la prohibici¨®n de consumir alcohol a los menores, adem¨¢s de beber en la calle y fumar en espacios de uso colectivo aunque sean al aire libre, incluidos recintos deportivos como los estadios de f¨²tbol, las plazas de toros y las sociedades gastron¨®micas. El proyecto, que ahora iniciar¨¢ el tr¨¢mite parlamentario, ha sido presentado por el consejero vasco de Salud, Jon Darp¨®n, y fija adem¨¢s la normativa m¨¢s dura en contra del consumo de alcohol, prohibiendo su venta en establecimientos comerciales no destinados a su ingesta inmediata, entre las 22.00 y las 7.00 horas. El proyecto, en consecuencia, no deja cabida en la legislaci¨®n a fen¨®menos como el "botell¨®n", pero s¨ª al consumo de alcohol en otro tipo de eventos festivos o populares, cuya regulaci¨®n deja en manos de los ayuntamientos. El proyecto tambi¨¦n regula las "adicciones comportamentales", como la ludopat¨ªa o la relacionada con los videojuegos.
Darp¨®n, lo ha defendido por motivos de salud y lo ha contextualizado por la necesidad de actualizar la ley de 1998, que ya ha sido reformada en tres ocasiones. Seg¨²n ha dicho la regulaci¨®n se centra en la protecci¨®n de los colectivos m¨¢s vulnerables, incluye las adicciones sin sustancia y los vinculados a una perspectiva de g¨¦nero y equipara el cigarrillo electr¨®nico al convencional. El consejero explic¨® que queda prohibido el consumo de alcohol en menores y tambi¨¦n en la v¨ªa p¨²blica, aunque a preguntas de los periodistas matiz¨® que los ayuntamientos podr¨¢n regular espacios concretos donde se pueda beber en las fiestas patronales; ahora bien, asegur¨® que no ser¨¢ en las plazas.
Preguntado si tampoco se podr¨¢ beber vino en merenderos, apel¨® al "sentido com¨²n" para interpretar el "marco general" que establecen las leyes. Sobre la prohibici¨®n de fumar, aclar¨® que se refiere a "los lugares accesibles al p¨²blico o de uso colectivo, p¨²blicos o privados". Una prohibici¨®n que se extiende a las sociedades gastron¨®micas, y a las instalaciones deportivas, semiabiertas o al aire libre, y sus zonas anejas. Tambi¨¦n incluye la prohibici¨®n a las plazas de toros como espacios semicerrados que son, si bien matiz¨® que el proyecto todav¨ªa ha de pasar el tr¨¢mite parlamentario.
El texto regula sin
El texto si contempla, sin embargo, los llamados clubes de cannabis, reguladas legalmente y sin ¨¢nimo de lucro, donde se permitir¨¢ fumar esta sustancia. Darp¨®n explic¨® que en el caso de los menores, sus faltas no se convertir¨¢n en sanciones a la familia, sino que tendr¨¢n que hacer cursos sobre adicciones. Para los adultos, las faltas graves se castigar¨¢n con hasta 10.000 euros y las muy graves hasta con 600.000.
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