El TSJA absuelve al exconsejero andaluz Luciano Alonso
El tribunal cree que la contrataci¨®n de tres directivos fue una pauta "ilegal" pero no delito
El Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) ha absuelto al exdiputado andaluz del PSOE y exconsejero de Cultura Luciano Alonso de un delito de prevaricaci¨®n por los nombramientos de tres cargos directivos. Los magistrados se?alan que, pese a tratarse de una conducta ¡°irregular¡± administrativamente, no concurren los elementos ¡°objetivos y subjetivos¡± necesarios para que sea delito. Alonso abandon¨® su esca?o en el Parlamento andaluz el pasado diciembre para afrontar este juicio.
En su resoluci¨®n, los magistrados se?alan que los nombramientos de estas tres personas (como directores del Centro Andaluz de Flamenco y de la Filmoteca de Andaluc¨ªa), y?que realizaron funciones distintas de las de estos cargos, ¡°revelan decisiones irregulares ¡ªilegales¡ª para las que el ordenamiento jur¨ªdico no facultaba al titular de la consejer¨ªa". "A cuyo criterio no queda convertir esos puestos de trabajo, creados por decretos del Consejo de Gobierno para alcanzar finalidades espec¨ªficas, en puestos con funciones distintas y alejadas del centro de destino¡±, se?ala la sentencia.
Pese a ello, seg¨²n el auto, ¡°no basta que una resoluci¨®n administrativa sea contraria a derecho para que constituya un delito de prevaricaci¨®n". Por esa raz¨®n, pese a juzgar "una conducta irregular, no amparada en la normativa y reprochable administrativamente, que afecta a la imagen y credibilidad de la Administraci¨®n", los magistrados deciden por unanimidad absolver a Alonso.
Los magistrados aseguran que no ha quedado probado, tal y como defend¨ªa la fiscal¨ªa, que Alonso utilizara su cargo como consejero para "beneficiar a personas relacionadas con el PSOE con puestos de libre designaci¨®n" ni que el ahora absuelto interviniera "activamente" del proceso de selecci¨®n de los contratados. La sentencia, contra la que cabe recursos de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo, ha recalcado que "no consta" que los tres nombramientos respondieran a "alg¨²n tipo de presi¨®n o enchufe" por parte del entonces consejero y que lo que se cuestiona es que los tres desarrollaran funciones distintas de las propias del cargo y "en sede tambi¨¦n distinta". "Los hechos declarados probados exteriorizan un nombramiento irregular para cubrir dos puestos de libre designaci¨®n, ya existentes y dotados presupuestariamente, consistiendo la irregularidad en asignar a los nombrados funciones distintas de las normativamente previstas", ha considerado el tribunal.
La sentencia ha argumentado la absoluci¨®n al recalcar que "no consta" que Alonso pidiera para esos puestos personas concretas, no se ha acreditado el dolo o la intenci¨®n necesaria para que exista un delito penal de prevaricaci¨®n y porque tampoco consta que el exconsejero actuara "a sabiendas de una flagrante ilegalidad".
En su declaraci¨®n ante el TSJA a finales de enero, el exdiputado defendi¨® la legalidad de los nombramientos y asegur¨®?que desconoc¨ªa que este personal eventual era contratado como directivos.?Alonso defendi¨® que no ten¨ªa conocimientos jur¨ªdicos y entre sus cometidos como consejero no se encontraba conocer al detalle la compleja normativa de Funci¨®n P¨²blica, matizando que del expediente de estos nombramientos se encargaban los funcionarios de la Secretar¨ªa T¨¦cnica y de la Direcci¨®n General de Recursos Humanos.
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