La justicia anula el plan urban¨ªstico de Boadilla porque se aprob¨® sin informe de impacto de g¨¦nero
El Consistorio presentar¨¢ un recurso de casaci¨®n contra la sentencia de Tribunal Superior de Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado el Plan General de Ordenaci¨®n Urbana de Boadilla del Monte porque el Gobierno de la Comunidad de Madrid lo aprob¨® sin contar con el preceptivo informe de impacto de g¨¦nero (que trata de evitar los posibles efectos discriminatorios y fomentar la igualdad entre mujeres y hombres). Un portavoz del Ayuntamiento del municipio ha asegurado que recurrir¨¢ la decisi¨®n de tribunal, firmada el pasado 19 de abril por la secci¨®n 1? de la Sala de lo Contencioso Administrativo.
El accidentado camino del Plan General de Ordenaci¨®n Urbana (PGOU) de Boadilla del Monte, que ya fue anulado por defectos de forma en su versi¨®n de 2001, se ha encontrado con un nuevo obst¨¢culo. Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid han anulado el Acuerdo del Gobierno de la Comunidad que lo aprob¨® definitivamente en octubre de 2015 y, por lo tanto, han invalidado el propio plan. Adem¨¢s, el fallo condena al pago de las costas al Gobierno regional y al Consistorio de Boadilla, las dos administraciones demandadas por un particular.
La defensa de este ha sostenido durante el proceso que el PGOU no es v¨¢lido porque se basa en el plan previamente anulado de 2001, porque supone una expropiaci¨®n de facto de algunos terrenos en una urbanizaci¨®n de lujo llamada Las Lomas y porque no se redact¨® un informe de impacto de g¨¦nero durante su tramitaci¨®n.
Este ¨²ltimo es el argumento que han aceptado los jueces, pese a que el Ejecutivo madrile?o y el Ayuntamiento han insistido en su defensa en que no era necesario en este caso. Ser¨ªa obligatorio, dicen, si se estuviera hablando de la tramitaci¨®n de un reglamento, pero un PGOU es otro tipo de normativa: una disposici¨®n general.
Sin embargo, los magistrados les llevan la contraria citando la Ley 30/2003, sobre ¡°medidas para incorporar la valoraci¨®n del impacto de g¨¦nero en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno¡±, as¨ª como varias sentencias del Tribunal Supremo que ampl¨ªan, en su opini¨®n, la necesidad de ese informe a otras disposiciones legales. Adem¨¢s, el fallo hace referencia a una ley madrile?a aprobada en marzo de 2016, cinco meses despu¨¦s de que se aprobara el PGOU de este municipio de 50.000 habitantes a 20 kil¨®metros al oeste de la capital.
Un portavoz del Ayuntamiento de Boadilla destaca ese desfase temporal y a?ade que el Consistorio tiene la firme intenci¨®n de presentar un recurso de casaci¨®n contra la sentencia. Recuerda, adem¨¢s, que mientras ese recurso no se resuelva, el PGOU del municipio seguir¨¢ estando en vigor. Por su parte, la Comunidad de Madrid no tomar¨¢ una decisi¨®n al respecto hasta estudiar el fallo, que ayer todav¨ªa no hab¨ªa recibido, seg¨²n una portavoz de la Consejer¨ªa de Medio Ambiente y Ordenaci¨®n del Territorio.
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