Llarena desencadena un debate sobre el derecho parlamentario
Los juristas discrepan sobre si hay v¨ªas para aplicar la "suspensi¨®n temporal de los diputados" que sugiere el juez
El juez Pablo Llarena concluy¨® el martes la instrucci¨®n del proc¨¦s refrendando el auto de procesamiento contra seis diputados independentistas adem¨¢s de suspenderles temporalmente de sus funciones. El magistrado se basa en el art¨ªculo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se?ala que quienes est¨¦n procesados por integrar o estar relacionados con "bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes" ver¨¢n suspendidos autom¨¢ticamente sus cargos p¨²blicos mientras dure la prisi¨®n. La inhabilitaci¨®n estaba ya anunciada desde que Llarena los proces¨® por rebeli¨®n, pero no as¨ª su sugerencia al Parlament de que los afectados puedan ser suplidos de "forma plena pero temporal" por otros integrantes de sus respectivas candidaturas si el Parlament contemplara adoptar tal decisi¨®n" de sus listas. La f¨®rmula ha irritado al independentismo por tacharla de una injerencia m¨¢s y ha desatado un debate entre juristas que coinciden en que el juez ha apuntado a una v¨ªa inexistente, la de la sustituci¨®n temporal, y discrepan adem¨¢s en su aplicaci¨®n.
Los abogados de Carles Puigdemont, Jordi Turull, Josep Rull, Jordi S¨¤nchez, Ra¨¹l Romeva y Oriol Junqueras presentar¨¢n seguramente recurso contra el auto del juez del Supremo. Pero la Mesa del Parlament abordar¨¢ previsiblemente hoy el conflicto. El presidente Roger Torrent recalca que la C¨¢mara estudiar¨¢ el mecanismo para actuar contra sus efectos. "Esta resoluci¨®n no es firme y la analizaremos. Se est¨¢ intentando adulterar las mayor¨ªas. Los diputados no est¨¢n condenados y est¨¢n en la prisi¨®n o el exilio por delito inexistente acus¨¢ndoles de un relato falso que les atribuye una violencia que nunca existi¨®".
El Parlament no tiene amparo jur¨ªdico para aplicar la sugerencia del juez. Se deber¨ªa reformar la Ley Electoral y el reglamento", dice Presno Linera, profesor de la Universidad de Oviedo
Llarena justifica su decisi¨®n contra los diputados por la "excepcional amenaza" que "esta actividad criminal" conlleva para el Estado de derecho, pero a la par admite que la suspensi¨®n temporal no puede comportar que Junts per Catalunya y Esquerra (66 de 135 diputados) tengan que perder su mayor¨ªa. Por eso plantea la sustituci¨®n temporal "si tal decisi¨®n se contemplara en el Parlamento". Lo que ocurre es que esa posibilidad no existe en el ordenamiento jur¨ªdico. El reglamento de la C¨¢mara establece que los parlamentarios, previo informe de la Comisi¨®n del Estatuto del Diputado, ver¨¢n suspendida su condici¨®n si el auto es firme o hay apertura de juicio oral o si hay sentencia firme y as¨ª lo acuerda el Pleno por mayor¨ªa absoluta. Si es por corrupci¨®n, la Mesa suspende al diputado de forma inmediata.
La p¨¦rdida de la condici¨®n de diputado
El art¨ªculo 24 del reglamento del Parlament establece que para perder la condici¨®n de diputado deben concurrir alguna de estas causas. Entre ellas, no figura en ellas el auto de procesamiento.
a) Por la renuncia presentada a la Mesa del Parlament.
b) Por una sentencia judicial firme que anule su elecci¨®n o proclamaci¨®n.
c) Por deceso o por incapacidad declarada por sentencia judicial firme.
d) Por la extinci¨®n del mandato, al expirar su plazo o por finalizaci¨®n de la legislatura.
e) Por la condena a una pena de inhabilitaci¨®n impuesta por una sentencia judicial firme.
La cuesti¨®n es que la "suspensi¨®n temporal" no est¨¢ prevista en la Constituci¨®n. "No lo contempla pero no lo proh¨ªbe", dice Miguel Presno Linera, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo. El jurista arguye que la Mesa carece de "amparo jur¨ªdico" para aplicar la alternativa de Llarena de correr la lista. ¡°Para hacerlo, se deber¨ªan reformar la Ley electoral y el reglamento del Parlament¡±, afirma. Coautor junto a Carlos Ortega del libro La sustituci¨®n temporal de los representantes pol¨ªticos, Presno Linera apunta que otros pa¨ªses s¨ª han regulado esas suspensiones temporales por causas de larga duraci¨®n que van m¨¢s all¨¢ de "imposibilidades puntuales o sobrevenidas". Por eso cree que deber¨ªa regularse c¨®mo hacer un eventual corrimiento de lista para no alterar las mayor¨ªas de la C¨¢mara.
"Si la ley prev¨¦ una suspensi¨®n, tiene que haber una soluci¨®n prevista", avisa Argelia Queralt, de la Universidad de Barcelona
Argelia Queralt, profesora de profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona, muestra, de entrada, sus dudas de que los seis diputados sean culpables de un delito de rebeli¨®n y avisa de que sin estar condenados se les lesiona su derecho fundamental de participaci¨®n pol¨ªtica adem¨¢s de poner en juego la actual mayor¨ªa parlamentaria. "Si la ley prev¨¦ una suspensi¨®n, tiene que haber una soluci¨®n prevista. Sus consecuencias no est¨¢n resueltas. En ¨²ltima instancia es el Parlament el que lo debe determinar. Ser¨ªa lo menos lesivo para los derechos pol¨ªticos de los procesados y para la integridad de la C¨¢mara", dice. "Una sustituci¨®n temporal no alterar¨ªa las mayor¨ªas".
El juez ha aplicado la ley de forma muy arbitraria. Ni son terroristas ni rebeldes", afirma el letrado Lluis Mestres
Llu¨ªs Mestres, miembro de la Asociaci¨®n Atenas, que ha presentado una querella por supuesta mala praxis del Consejo General del Poder Judicial, considera que Llarena se ha extralimitado y no puede decirle al Parlament lo que debe hacer porque tiene potestad para regirse. "El juez ha aplicado el art¨ªculo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de forma muy arbitraria. Ni son terroristas ni pertenecen a banda armada ni rebeldes porque est¨¢n en prisi¨®n y localizados. El auto se ha saltado ol¨ªmpicamente el art¨ªculo", dice. Mestres se?ala que el Parlament debe aguardar los recursos y decidir. Presno y Queralt coinciden en que Torrent puede incurrir en un delito si ignora el requerimiento de juez y los diputados siguen votando pero Mestres apunta que no se est¨¢ en esa tesitura. "Primero, porque el juez solo hace una sugerencia y los jueces no son quienes para hacerlas; y, segundo, porque para que se d¨¦ ese tipo penal se precisa un requerimiento personal despu¨¦s de no haber acatado. Eso es lo que sucedi¨® con Carme Forcadell o Anna Gabriel y de momento, que se sepa, eso no ha pasado".
El juez ha inventado en el auto con la suspensi¨®n temporal pero es una medida proporcional y hace un favor a los procesados", sostiene? Ruiz Robledo, de la Universidad de Granada
Frente a esta visi¨®n, Agust¨ªn Ruiz Robledo, catedr¨¢tico de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada, sostiene que el juez ha aplicado el art¨ªculo 384 de forma "inapelable". "Tienen raz¨®n que solo se hab¨ªa concernido a terroristas, pero es que hasta ahora no se hab¨ªa dado la rebeld¨ªa. Si hay un delito, tiene sus consecuencias", sentencia. El catedr¨¢tico admite que la propuesta de la suspensi¨®n temporal es un "invento" de LLarena pero con una "buena finalidad": que los afectados no pierdan definitivamente su condici¨®n de diputados por si al final les absuelven o son condenados por otro delito y para que el independentismo no pierda su mayor¨ªa. "Esa es su finalidad y es proporcional. Les ha hecho un favor constitucional", esgrime mostrando su perplejidad por las cr¨ªticas del secesionismo. Y zanja desestimando la autonom¨ªa normativa de Parlament: "El derecho y la vida jur¨ªdica no se acaba en el reglamento de la C¨¢mara".
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