El Supremo impide a San Sebasti¨¢n celebrar una consulta sobre toros
El alcalde donostiarra muestra su preocupaci¨®n porque el fallo "limita la autonom¨ªa" de los ayuntamientos
El Tribunal Supremo ha ratificado la decisi¨®n del Gobierno central de no autorizar la celebraci¨®n de una consulta popular sobre las corridas de toros en San Sebasti¨¢n, como hab¨ªa previsto el Ayuntamiento donostiarra. El alcalde de la ciudad, Eneko Goia (PNV), ha afirmado que "no queda otra que aceptar" la desestimaci¨®n del recurso y ha mostrado su "preocupaci¨®n" por la "limitaci¨®n" que, a su juicio, esta decisi¨®n judicial supone a la "libertad" de los consistorios.
La Secci¨®n 5? de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha dictado una sentencia, fechada el pasado 21 de febrero, en la que desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de San Sebasti¨¢n en mayo de 2017, en el que solicitaba la anulaci¨®n del acuerdo del Consejo de Ministros del 3 de marzo de ese a?o, que deneg¨® el permiso para realizar la consulta.
El recurso, cuya presentaci¨®n fue aprobada por el pleno del Ayuntamiento de San Sebasti¨¢n, planteaba que la consulta cumpl¨ªa con los requisitos legales porque se refer¨ªa a una decisi¨®n sobre los usos de instalaciones municipales y su resultado no imped¨ªa la celebraci¨®n de corridas en la ciudad en otros espacios.
Sin embargo, el tribunal se ha mostrado de acuerdo con la argumentaci¨®n que el Gobierno central, entonces en manos del PP, emple¨® para denegar el permiso. El Ejecutivo espa?ol aludi¨® a las leyes de protecci¨®n del patrimonio cultural, que obliga a los poderes p¨²blicos a garantizar la conservaci¨®n de la tauromaquia.
La sala argumenta que la decisi¨®n de destinar o no instalaciones municipales para realizar corridas de toros "no es una medida inocua en cuanto al deber de fomento del patrimonio cultural, del que la tauromaquia forma parte". Por el contrario, a?ade la resoluci¨®n judicial, decidir que no se destinan recursos p¨²blicos constituye una medida "de la que se derivan ineludiblemente elementos obstativos que resultan contrarios" a lo dispuesto en la normativa de protecci¨®n del patrimonio cultural.
"Lo que adquiere mayor relevancia si en San Sebasti¨¢n no existe otra instalaci¨®n que permita celebrar corridas de toros con la garant¨ªa de seguridad que ofrece el pabell¨®n multiusos, siendo este el lugar donde dicho espect¨¢culo se desarrollaba habitualmente", sostiene el Supremo en alusi¨®n a Ilunbe, la instalaci¨®n municipal que alberga la plaza de toros donostiarra.
En declaraciones a los medios, el alcalde Eneko Goia ha se?alado que en el fallo judicial hay "dos aspectos muy llamativos y preocupantes" desde el punto de vista de autonom¨ªa municipal, porque limita la actuaci¨®n de los ayuntamientos. Por un lado, ha se?alado Goia, la sentencia impide hacer uso de las consultas populares, un instrumento que, a su juicio, deber¨ªa estar "cada vez m¨¢s normalizado" para "poder conocer la opini¨®n de la ciudadan¨ªa a la hora de adoptar decisiones como Ayuntamiento". Y, por otro lado, ha opinado que tambi¨¦n limita la autonom¨ªa municipal para "determinar a qu¨¦ fin destina los recursos de los que dispone".
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