Contratos de alquiler que proh¨ªben colgar banderas en los balcones
Los administradores de fincas aseguran que el 'proc¨¦s' ha llevado a incluir una nueva cl¨¢usula en los nuevos alquileres
Las consecuencias del proc¨¦s han llegado a los contratos de alquiler. Lo explican desde el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida, donde aseguran que desde hace un a?o "la mayor¨ªa" de los nuevos contratos que redactan incluyen una cl¨¢usula que proh¨ªbe a los inquilinos colgar banderas en los balcones. Otros actores del sector, como el expresidente del colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria o el Sindicato de Inquilinos, aseguran que no tienen constancia de este fen¨®meno.
Quien revel¨® la cl¨¢usula que proh¨ªbe la presencia de simbolog¨ªa pol¨ªtica en contratos de alquiler fue Josep Maria Aguil¨¤, asesor jur¨ªdico del colegio profesioanl y vocal del Consejo de Colegios de Catalu?a, que este lunes lo relat¨® durante una entrevista en RAC-1. Aguil¨¤ detalla que los colegios profesionales est¨¢n acostumbrados a adaptar su oficio a la realidad. Igual que en el pasado afrontaron conflictos en escaleras de vecinos sobre la colocaci¨®n de toldos de colores, cerramientos de terrazas o la presencia de pisos tur¨ªsticos en las fincas..., explica, ahora reciben las consultas de presidentes de comunidades de vecinos sobre la presencia de simbolog¨ªa pol¨ªtica en los balcones.
"Una cosa es colgar el escudo de un equipo de f¨²tbol un d¨ªa de partido o una senyera por la Diada, pero debido al proc¨¦s hay cantidad de inmuebles que tienen banderas y lazos desde hace meses y nos llegan propietarios o comunidades que consultan qu¨¦ se puede hacer si hay conflicto entre vecinos", relata. Y de ah¨ª que, "desde hace un a?o", en los contratos tipo que comercializan los colegios, supervisados por la asesor¨ªa jur¨ªdica de la instituci¨®n, contemplan la posibilidad de incluir una cl¨¢usula que proh¨ªba la presencia de banderas en los balcones. "La mayor¨ªa" de los nuevos contratos incluyen la cl¨¢usula, asegura. En paralelo, tambi¨¦n est¨¢n modificando estatutos de las comunidades de vecinos para prohibir la presencia de simbolog¨ªa en las zonas comunes de las fincas.
Jur¨ªdicamente, la clave est¨¢ en que la piel de los edificios ¡ªla fachada y la cubierta¡ª no son propiedad de sus habitantes o inquilinos, sino que son elementos comunes, y quien dispone sobre ellos es la comunidad de propietarios. As¨ª lo indica la Ley de Propiedad Horizontal o, en Catalu?a, el C¨®digo Civil. En su art¨ªculo 553-26.2.B indica que "es preciso el voto favorable de las cuatro quintas partes de los propietarios con derecho a voto, que deben representar a la vez las cuatro quintas partes de las cuotas de participaci¨®n, para adoptar acuerdos relativos a innovaciones f¨ªsicas en el inmueble, si afectan a su estructura o su configuraci¨®n exterior, salvo que sean exigibles para la habitabilidad, accesibilidad o seguridad del inmueble y a la construcci¨®n de piscinas e instalaciones recreativas".
"Seas propietario o inquilino, no puedes decidir sobre los usos de la parte exterior de un balc¨®n", explica gr¨¢ficamente el abogado experto en la materia Alejandro Fuentes-Lojo. El letrado tambi¨¦n confirma que la cuesti¨®n de las banderas "se ha convertido en una consulta habitual" en su despacho, "debido a la tensi¨®n pol¨ªtica". Fuentes-Lojo recuerda que en otros tiempos los contratos de alquiler conten¨ªan otras cl¨¢usulas que, por ejemplo, prohib¨ªan tender ropa en el exterior de los balcones o colgar toallas.
El abogado se?ala que "el inquilino debe acatar esta prohibici¨®n", pero alerta de que tiene derecho a consultar los acuerdos de la comunidad de propietarios al respecto. "La ¨²nica duda que se puede plantear ante esta cl¨¢usula es si la decisi¨®n sobre prohibir banderas la ha tomado el propietario, sin el aval de la comunidad".
Fuentes-Lojo se?ala que s¨ª estar¨ªa permitido colgar una bandera en la parte interior de un balc¨®n: de cristal, o con barrotes, por ejemplo, que posibilitara verlo desde la calle. "Esto no se podr¨ªa prohibir porque como arrendatario lo puedes utilizar", insiste. Porque las viviendas incluyen el interior y los balcones hasta la fachada exterior, aclara. Lo que no forma parte de los pisos son los elementos estructurales exteriores.
En este sentido, el Colegio de Administradores de Fincas recuerda el caso de una conocida peluquer¨ªa ubicada en la zona alta de Barcelona. Estaba ubicada en un primer piso y colg¨® un cartel que molest¨® a los vecinos. Y tras las quejas, lo que hizo el negocio fue colgar el cartel de la barandilla hacia adentro.
Consultada la cuesti¨®n al Sindicato de Inquilinos, la abogada y asesora de la organizaci¨®n Laura Gonz¨¢lez de Paoli, responde que por ahora, entre los numerosos contratos que revisan semanalmente, "no" han visto "ninguna cl¨¢usula que proh¨ªba la instalaci¨®n de banderas en balcones". S¨ª han topado con "cl¨¢usulas que intentan prohibir la instalaci¨®n de pancartas denunciando abusos de la propiedad" de los edificios. En este sentido, admite que "las fachadas son elemento com¨²n y por tanto regido por los estatutos de la comunidad de vecinos". "Pero muy posiblemente", apunta "esa cl¨¢usula podr¨ªa anularse por atentar contra la libertad de expresi¨®n y tambi¨¦n por discriminatoria, dado que en ese caso no solo deber¨ªan prohibir la colocaci¨®n de banderas, sino tambi¨¦n de cualquier elemento, incluidas las figuras de Pap¨¢ Noel que cuelgan de los balcones, o las luces en Navidad".
Gonz¨¢lez de Paoli plantea otro debate: "?Por qu¨¦ siempre el blanco de las prohibiciones ha de recaer en los inquilinos, cuando la mayor¨ªa de las veces, quienes no respetan las normas de la comunidad son los propietarios? Los estatutos de una comunidad de vecinos rigen tanto para el inquilino como para el propietario", recuerda.
El hasta hace pocos meses presidente del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API), Joan Oll¨¦, veterano en el sector inmobiliario de Barcelona, asegura que no tiene constancia de que se est¨¦ produciendo el cambio del que alertan los administradores de fincas. "No me consta que haya problemas, quien quiere poner una bandera espa?ola, estelada, o gay, la pone", asegura e indica que "de 300 recibos de alquiler" que lleva, no ha cambiado ninguno. Como tampoco ha detectado, mantiene, cambios en los estatutos de las comunidades de propietarios.
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