El Tribunal Supremo anula la sentencia absolutoria del jefe de polic¨ªa de Coslada
Gin¨¦s Jim¨¦nez mantiene que el fallo no le afecta y que se trata de "un mero formalismo"
El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia absolutoria que dict¨® la Audiencia Provincial de Madrid sobre el exjefe de la Polic¨ªa Local de Coslada, Gin¨¦s Jim¨¦nez; su esposa y su hijo. El Alto Tribunal entiende que no se pueden anular los autos de entrada y registro en el domicilio de Gin¨¦s ni el de las escuchas telef¨®nicas. Estos escritos estaban perfectamente motivados y los resultados que se obtuvieron son perfectamente v¨¢lidos, seg¨²n los magistrados. La Secci¨®n 17? de la Audiencia Provincial tendr¨¢ que dictar un nuevo fallo.
El caso Coslada comenz¨® en mayo de 2008 con una macrodetenci¨®n de polic¨ªas locales, con 40 investigados, de los 26 fueron agentes detenidos. Esto la convirti¨® en la mayor redada que se recuerda en Espa?a. La instrucci¨®n se demor¨® durante 10 a?os y el juicio dur¨® varios meses. De los 26 agentes arrestados, 24 de Coslada y los otros dos de Argada y Loeches, en Madrid.
La Secci¨®n 17? de la Audiencia entendi¨® que los autos, al no estar suficientemente motivados, eran nulos de pleno derecho. A la vista de esta decisi¨®n, el Ayuntamiento de Coslada, que ejerc¨ªa la acusaci¨®n particular, recurri¨® la sentencia de la Audiencia Provincial. Consideraba que la anulaci¨®n de citados vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva, recogida en el art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n. Eso s¨ª, solo lo hac¨ªa contra la familia Jim¨¦nez P¨¦rez y no contra el resto de los siete absueltos. La Fiscal¨ªa tambi¨¦n anunci¨® que apelar¨ªa el fallo en un primer momento, pero a la hora de formalizarlo ante el Tribunal Supremo lo rechaz¨®.
El Alto Tribunal entiende que la normativa que regulaba las intervenciones telef¨®nicas ¡°era escasa y carec¨ªa de la calidad y precisi¨®n necesarias¡± hasta la reforma que realiz¨® una ley org¨¢nica en 2015. ¡°Ciertamente no se deduce una motivaci¨®n muy extensa ni intensa en cada una de tales resoluciones judiciales, y hoy, tras la LO 13/2015 no hubieran pasado el filtro de convalidaci¨®n, pero en la fecha de su dictado, se encontraba vigente la doctrina de la motivaci¨®n por remisi¨®n al oficial policial, y esto es lo que ocurre en el caso de autos¡±, recoge la sentencia.
El fallo tambi¨¦n valida las distintas pr¨®rrogas que se dieron en las escuchas telef¨®nicas: ¡°En el seno de dichas conversaciones, se ponen de manifiesto las sospechas fundadas de constatar la existencia de una red de extorsi¨®n a prostitutas (eventualmente, a hosteleros y comerciantes), apareciendo referencias al acusado Gin¨¦s Jim¨¦nez como ¡®el jefe¡¯, justificando las intervenciones de su tel¨¦fono¡±.
La sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Juli¨¢n S¨¢nchez Melgar, ordena que se devuelva la causa a la Audiencia Provincial y que esta tenga en cuenta la validez de las pruebas conseguidas por ambos autos. Tambi¨¦n exige que todo ello se recoja en los hechos probados del nuevo fallo que tienen que dictar: ¡°Hemos de retrotraer la causa al momento de valorar las pruebas correspondientes a tal diligencia de entrada y registro¡±.
El Tribunal Supremo rechaza ver si estas pruebas cambian su pronunciamiento final: ¡°Ser¨¢ la sala sentenciadora de instancia la cual, una vez devueltas las actuaciones, llevar¨¢ a cabo la valoraci¨®n de todo el patrimonio probatorio, sin que proceda ahora la resoluci¨®n concreta de esta censura casacional [es decir, por parte de este tribunal]¡°.
El exjefe de la polic¨ªa de Coslada ha restado importancia a la sentencia del Supremo. Ha afirmado que el fallo no le afecta ya que su absoluci¨®n no se bas¨® s¨®lo en la anulaci¨®n de los autos ahora considerados v¨¢lidos. ¡°Estoy tranquilo. Es un mero formalismo. Los jueces solo dicen es que se tengan en cuenta esos autos. La valoraci¨®n de la prueba para exculparme, con la intervenci¨®n de 50 testigos, es mucho m¨¢s amplia¡±, ha se?alado Jim¨¦nez. Este est¨¢ a la espera a que el fallo sea firme para jubilarse y reclamar al Ayuntamiento de Coslada.
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