Chile vota una propuesta constitucional que consagra un ¡°Estado ecol¨®gico¡± en un pa¨ªs extractivista
La redacci¨®n de la Carta Fundamental reconoce la crisis clim¨¢tica y a la naturaleza como sujeto de derecho
Si los chilenos aprueban este domingo la propuesta constitucional, el texto se convertir¨¢ en la primera Carta Fundamental del mundo que reconoce la crisis clim¨¢tica y se?ala al Gobierno como responsable de las medidas de prevenci¨®n, adaptaci¨®n y mitigaci¨®n de sus efectos. El texto define en su primer art¨ªculo a Chile como un ¡°Estado ecol¨®gico¡±. Quienes defienden el fuerte enfoque medioambiental en un pa¨ªs que ha basado su desarrollo econ¨®mico en el extractivismo, afirman que no hay un cambio en la matriz productiva, sino que establece las condiciones en que deben realizarse, teniendo como marco el respeto por la naturaleza, consagrada como sujeto de derecho en el documento.
A trav¨¦s del Programa Transdisciplinario en Medio Ambiente de la Universidad de Chile, la acad¨¦mica Ximena Insunza, junto a otros, redact¨® un documento sobre la materia para contribuir al debate en la convenci¨®n. ¡°La forma de producir va a cambiar de paradigma. Va a seguir la extractividad minera, salmonicultura, recursos h¨ªdricos y todo lo que tiene que ver con los recursos naturales. Son pocas las normas restrictivas, pero s¨ª establece el deber general de proteger la naturaleza¡±, explica.
En algunos sectores que rechazan la propuesta consideran que el enfoque ecol¨®gico va demasiado lejos y existen resquemores de que pueda perjudicar el desarrollo econ¨®mico. El presidente del partido de derecha Uni¨®n Dem¨®crata Independiente (UDI), Javier Macaya, asegur¨® que ¡°es importante que la nueva Constituci¨®n sea verde, sustentable, pero no anti-extractivista¡±. Para Insunza, investigadora del Centro de Derecho Ambiental, la evidente degradaci¨®n del planeta obliga a modificar el c¨®mo nos estamos desarrollando. ¡°Quienes est¨¢n acostumbrados a las actividades extractivas est¨¢n nerviosos y es comprensible, pero es importante que la lectura se haga de buena fe. Vamos a seguir siendo una econom¨ªa extractiva, pero eso tener¨¢ limitaciones¡±.
Sobre este debate, Jos¨¦ Leal, investigador del Centro de An¨¢lisis de Pol¨ªticas P¨²blicas de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile afirma que ¡°el extractivismo no pasa de ser un ep¨ªteto sin sentido frente a la realidad del desarrollo nacional¡±. La miner¨ªa es la principal industria del pa¨ªs sudamericano y supone un 10% del PIB. ¡°Los temas vigentes en los sectores productivos son la desmaterializaci¨®n (lo cual aumenta la dependencia de las redes mundiales de comunicaciones, privadas ellas), el litio (en esto el extractivismo no es cuestionado, aunque se predica con su industrializaci¨®n), el hidr¨®geno verde para exportar (llenando el territorio que lo permita por su clima de granjas e¨®licas y paneles solares), la eficiencia energ¨¦tica y otros¡±, sostiene.
De los 388 art¨ªculos que conforman la propuesta, 98 aluden a la emergencia clim¨¢tica y a las herramientas para mitigarla. Chile, que en 2021 vivi¨® el cuarto a?o m¨¢s seco de su historia, es el ¨²nico pa¨ªs del mundo en el que su Constituci¨®n consagra de manera expl¨ªcita la propiedad privada sobre los derechos de aprovechamiento de aguas, seg¨²n un estudio del Centro de Derecho y Gesti¨®n del Agua de la Universidad Cat¨®lica. En la propuesta se declara un derecho humano donde prevalecer¨¢ el uso para el consumo humano, dom¨¦stico de subsistencia y saneamiento ¡°tanto en el otorgamiento como en la limitaci¨®n al ejercicio de los derechos de aprovechamiento de aguas¡±. Quedan excluidos de toda actividad minera ¡°los glaciares, las ¨¢reas protegidas, las que por razones de protecci¨®n hidrogr¨¢fica establezca la ley y las dem¨¢s que ella declare¡±.
El agua es uno de los bienes comunes naturales ¡°inapropiables¡± establecidos en la propuesta, sobre los cuales el Estado tiene el deber de custodiarlos. El texto incluye en este apartado el mar territorial y su fondo marino, las playas, glaciares y humedales, entre otros. Un ciudadano podr¨¢ interponer una acci¨®n judicial de custodia cuando el Estado no cumpla con su deber. ¡°En un principio, probablemente se produzcan ciertos conflictos judiciales porque no va a estar claro¡±, reconoce Insunza, ¡°pero va a presionar para que en Chile, donde hay poca regulaci¨®n ambiental, exista la presi¨®n de generar pol¨ªticas p¨²blicas en esta l¨ªnea¡±. En el caso de los humedales, plantea la acad¨¦mica, ¡°pueden ser de propiedad p¨²blica y privada. En el caso de la privada, el due?o va estar obligado a hacer un manejo sustentable de las hect¨¢reas que posea¡±. La definici¨®n de ¡°manejo sustentable¡±, como otras en esa materia, se establecer¨¢n en la ley.
Un grueso de los miembros de la convenci¨®n que redact¨® la propuesta proven¨ªa de movimientos sociales marcados por el ecologismo, alejados del mundo pol¨ªtico. ¡°Dicha profusi¨®n¡±, apunta Leal, ¡°no siempre permite distinguir entre temas globales y puntuales, estos ¨²ltimos impulsados por constituyentes interesados en ellos. El riesgo est¨¢ en que tanta especificidad haga imposible generar pol¨ªticas y el texto pase a letra muerta. Sin embargo, hay posibilidad de decantar conceptos y lineamientos que permitir¨ªan otorgar al tema ambiental un mayor peso y legitimidad, posibilitando avanzar en una dimensi¨®n del desarrollo donde la Constituci¨®n vigente ya permiti¨® avances, sobre todo institucionales y legales¡±.
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