Un juez obliga a devolver el canon digital a un particular
Un juzgado de Sevilla condena a un comerciante a devolver al denunciante 1,12 euros, lo que cobr¨® la SGAE por cuatro CD que us¨® para grabar juicios
Un juzgado de Sevilla ha ordenado devolver el llamado "canon digital" a un abogado que demostr¨® que us¨® los CD para copiar juicios, que son actos p¨²blicos, y por lo tanto no los utiliz¨® para reproducir obras protegidas por derechos de propiedad intelectual.
Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla condena a un comerciante a devolver al abogado Joaqu¨ªn Moeckel 1,12 euros, importe del "canon digital" de cuatro CD que, seg¨²n demostr¨® en el juicio, utiliz¨® para reproducir otras tantas actividades judiciales. Seg¨²n la sentencia, con ello "queda suficientemente acreditado que el destino o uso final" de los CD no fue la copia privada, que es el objetivo del "canon digital" que, tras ser abonado al comerciante, cobra la Sociedad General de Autores de Espa?a (SGAE).
Moeckel ha explicado que, aunque esta sentencia se refiere solo a su reclamaci¨®n concreta, podr¨ªa aplicarse a todos los profesionales de la Justicia como abogados o procuradores y a otras ramas como la sanidad p¨²blica, que utilizan los CD para copiar documentos de su trabajo que tienen car¨¢cter p¨²blico. El letrado, por ello, ha invitado "a la abogac¨ªa de toda Espa?a a que a partir de ahora no acceda al pago de un canon que encarece el coste de la Justicia" y que se movilice para modificar una legislaci¨®n que "presume la ilegalidad de las actuaciones de los profesionales". Ha informado de que, en su caso, cada uno de los CD le cost¨® 0,45 euros y el canon digital fue de 0,28 euros por cada uno, la mitad del precio, lo que supone un total de 1,12 euros que el comerciante donde compr¨® los soportes, situado en la calle Zaragoza de Sevilla, ya ha depositado en el juzgado.
Las dudas sobre el canon digital
La sentencia del Juzgado de lo Mercantil recuerda que la Audiencia Provincial de Barcelona acord¨® en septiembre de 2008 elevar una cuesti¨®n prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas por tener dudas sobre "la aplicaci¨®n indiscriminada del referido canon a empresas y profesionales que claramente adquieren los aparatos y soportes de reproducci¨®n digital para finalidades ajenas a la copia privada".
Cita tambi¨¦n un veredicto de la Audiencia de M¨¢laga seg¨²n el cual aunque la ley "presume" la compra de los soportes citados para reproducir obras protegidas, el ciudadano tiene derecho a presentar pruebas en sentido contrario y demostrar que lo ha utilizado "para otro fin distinto a la causa de tributaci¨®n".
En su demanda, Moeckel invoc¨® una resoluci¨®n de septiembre de 2003 de la Comisi¨®n Permanente de Justicia del Consejo de la Abogac¨ªa Espa?ola en la que acord¨® pedir al ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la supresi¨®n del canon digital en los CD usados para juicios orales, aunque hasta la fecha tal petici¨®n no ha tenido resultado.
A juicio del abogado, al igual que algunas familias han decidido acogerse a f¨®rmulas como la suspensi¨®n de pagos, los ciudadanos podr¨ªan presentar demandas similares a la suya y demostrar que no compran los CD para copias obras protegidas sino para actos privados como puede ser almacenar sus fotos familiares.
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