El canon es un abuso y no cumple la directiva europea
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n considera que la tasa solo puede aplicarse a los particulares, pero no a personas jur¨ªdicas.- Empresas y Administraciones quedan exentas
El cobro del canon digital en Espa?a, la tasa que se aplica a la compra de todos los equipos, materiales y soportes de grabaci¨®n y reproducci¨®n digital para compensar los derechos de autor que los creadores dejan de percibir a causa de las copias privadas, es un "abuso" y "no cumple" la directiva comunitaria. As¨ª lo acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea, que ha sentenciado que el gravamen solo puede cobrarse a los particulares, pero no a personas jur¨ªdicas, por lo que empresas y Administraciones deber¨ªan quedar exentas. "La aplicaci¨®n del canon por [grabaci¨®n de una] copia privada a los soportes de reproducci¨®n adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Uni¨®n", reza la resoluci¨®n. Tras conocer la sentencia, la ministra de Cultura, ?ngeles Gonz¨¢lez-Sinde, ha anunciado que buscar¨¢ "una alternativa" junto a "los otros pa¨ªses europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial. Actualmente, 22 de los 27 pa¨ªses de la Uni¨®n Europea cobran tambi¨¦n un canon aunque difieren los productos y los porcentajes que se aplican. Por su parte, las entidades de gesti¨®n de los derechos de autor han opinado que "Europa respalda la compensaci¨®n".
El escrito no cuestiona la aplicaci¨®n del canon a dispositivos de uso masivo como m¨®viles, MP3 y MP4, memorias USB, CDs, DVDs o discos duros externos, que supuso un ingreso para las entidades de gesti¨®n de 100,2 millones de euros el a?o pasado, y tampoco considera necesario "verificar" si las personas que adquieren estos equipos digitales para fines privados los destinan "efectivamente" a copiar contenidos protegidos por los derechos de autor. "Se presume leg¨ªtimamente que dichas personas f¨ªsicas se benefician ¨ªntegramente de tal puesta a disposici¨®n", es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que est¨¢n dotados los equipos, incluida la de reproducci¨®n. As¨ª pues, la "mera capacidad" de dichos equipos o aparatos para realizar copias "basta para justificar la aplicaci¨®n del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposici¨®n de personas f¨ªsicas en condici¨®n de usuarios privados", a?ade la sentencia.
En 22 de los 27 pa¨ªses de la UE
El tribunal europeo devuelve ahora la pelota al tejado de la Audiencia de Barcelona, tribunal que planteo estas cuestiones, que deber¨¢ "apreciar, a la vista de las respuestas facilitadas, si el sistema espa?ol del canon por copia privada es compatible con la directiva". La sentencia se refiere al litigio que enfrenta a la Sociedad General de Autores (SGAE) con la empresa Padawan, que vende CD, DVD y MP3. La SGAE, que en 2009 recaud¨® unos 26 millones de los 90 millones de euros recaudados por todas las entidades por este concepto, reclam¨® a Padawan el pago de 16.759,25 euros correspondiente a los dispositivos de almacenamiento comercializados por dicha empresa entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004.
Padawan se negaba a pagar el canon al considerar que no siempre se utilizan para grabar obras protegidas por derechos de autor, sino tambi¨¦n para el registro de datos privados o empresariales. El caso acab¨® en la Audiencia Provincial de Barcelona, que pregunt¨® al Tribunal de Justicia de la UE si el sistema de gravamen espa?ol se ajustaba a la normativa. El fallo hecho p¨²blico esta ma?ana recoge las principales conclusiones de la abogada general Verica Trstenjak, que dictamin¨® en mayo que este gravamen es abusivo porque se impone indiscriminadamente a todos los equipos, aparatos y materiales de reproducci¨®n.
La legislaci¨®n espa?ola permite la reproducci¨®n para uso privado, sin autorizaci¨®n del autor, de obras ya divulgadas. Y establece una retribuci¨®n a favor de los titulares de derechos para compensar las copias que se hacen de sus trabajos en el ¨¢mbito privado mediante el canon. En Espa?a, la legislaci¨®n contempla por primera vez los derechos de autor en 1987 con la Ley de Propiedad Intelectual. En 1992 comienzan a gravarse los primeros art¨ªculos anal¨®gicos, aunque no es hasta 1996 cuando el texto refundido de la ley, en su art¨ªculo 25, obliga a poner en la factura el importe del canon y a cobrarlo. En 2006 entra en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece una revisi¨®n o actualizaci¨®n de soportes sujetos a canon (l¨¢pices USB, reproductores MP3, tel¨¦fonos m¨®viles que reproducen m¨²sica, discos duros externos, etc.) y sus tarifas. Esta actualizaci¨®n se plasma finalmente en una orden ministerial el 20 de junio de 2008. Las tasas actuales, fijadas en 2007, entraron en vigor en julio de 2008. Afecta a una veintena de soportes y equipos electr¨®nicos. Para un CD, por ejemplo, es de 0,17 euros, para tel¨¦fonos m¨®viles/PDA de 1,10 y para MP3 y MP4, de 3,15 euros.
La mayor¨ªa de los pa¨ªses europeos, salvo Irlanda, Reino Unido, Malta, Chipre y Luxemburgo, aplican el canon, aunque las tarifas y los productos a los que se aplica no son homog¨¦neos. Francia es el estado miembro que m¨¢s grava los CD v¨ªrgenes, con 0,35 euros, mientras que en Alemania no llega 0,1 euros. En los DVD v¨ªrgenes la diferencia es a¨²n mayor. Dinamarca, Holanda y Portugal solo aplican canon a los soportes de almacenamiento de v¨ªdeo y audio. Adem¨¢s de estos art¨ªculos, tienen canon los MP3 o grabadoras de CD en Austria, Alemania, B¨¦lgica, Francia, Finlandia, Grecia, Hungr¨ªa Italia, Islandia, Letonia, Lituania, Eslovaquia, Espa?a, Rep¨²blica Checa, Polonia y Suecia.
Entre los defensores del canon en Espa?a est¨¢ el Gobierno, as¨ª como las ocho entidades de gesti¨®n de derechos de autor que existen. Adem¨¢s, otras formaciones como IU est¨¢n a favor de la tasa pero consideran que deber¨ªa gestionarse desde una entidad p¨²blica, o ERC, que tambi¨¦n pone objeciones para no perjudicar a los usuarios. Entre los detractores, algunos de ellos discuten la aplicaci¨®n indiscriminada del canon y otros abogan por su total eliminaci¨®n. En el ¨¢mbito pol¨ªtico, el PP considera "injusto y arbitrario" el canon, mientras que UPyD lo tacha de "impuesto medieval". Plataformas sociales como Todoscontraelcanon se han opuesto radicalmente, mientras que los empresarios de tecnolog¨ªa organizados en Asimelec piden una rebaja. Los internautas, en una encuesta realizada por la Asociaci¨®n para la Investigaci¨®n de Medios, mostraron por mayor¨ªa absoluta su oposici¨®n.
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