El Tribunal Supremo de Colombia rechaza la prohibici¨®n de los toros
Con seis votos a favor y tres en contra, los magistrados desestiman la demanda al considerar las corridas "una tradici¨®n" que hay que "preservar"
La Corte Constitucional colombiana ha rechazado hoy una demanda para que se prohibieran las corridas de toros y las peleas de gallos, por lo que esos espect¨¢culos quedan a salvo, aunque con algunas restricciones. El alto tribunal ha considerado que en esas actividades hay maltrato para los animales y que por tanto, "deben irse eliminando con el tiempo", informa el diario colombiano El Tiempo.
La sala plena de la Corte Constitucional, con una votaci¨®n de seis contra tres, ha determinado que las corridas, peleas de gallos, el coleo (deporte originario de Colombia y Venezuela, en el que los ganaderos derriban al ganado agarr¨¢ndolo por la cola) y los espect¨¢culos de rejoneo son actividades ajustadas a la carta magna. Estos festejos solo se podr¨¢n organizar y realizar en poblaciones en donde exista "una tradici¨®n probada e ininterrumpida", y ya est¨¦n autorizados.
Una de las excepciones que se han establecido es que no se podr¨¢ utilizar dinero p¨²blico para promover las corridas de a pie o a caballo, y tampoco se podr¨¢ invertir en construcciones destinadas a espect¨¢culos crueles con animales. Para la mayor¨ªa de los magistrados, las corridas de toros, la ri?a de gallos, y las corralejas (corridas populares en las que el p¨²blico puede lancear a las reses) son "tradiciones culturales en Colombia, y como tal, deben mantenerse, a pesar de que puedan ser actos crueles".
La posici¨®n de Sierra coincide con la opini¨®n del procurador Alejandro Ord¨®?ez, quien ha dicho que esas actividades son "expresiones culturales y art¨ªsticas que identifican a los colombianos (...) lo que hace tolerable el sufrimiento a que son sometidos los animales".
Los animales son sometidos a tratos crueles, penalizados por el Estatuto de Protecci¨®n Animal, seg¨²n los demandantes. Quienes consideran que se vulnera el derecho a un ambiente social y cultural sano, atentatorio de la paz y la convivencia, y que viola el libre desarrollo de la personalidad de quienes los rechazan.
Esta es la segunda demanda sobre la que se ha pronunciado el Tribunal Supremo colombiano en menos de un a?o. El pasado octubre lleg¨® hasta el Alto Tribunal una demanda similar, sin embargo en aquel caso los jueces pudieron inhibirse debido a un defecto de forma.
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