?rbitro y ¡®sheriff¡¯ contra la pirater¨ªa
El Gobierno da a la Comisi¨®n de Propiedad Intelectual un protagonismo in¨¦dito en la regulaci¨®n del sector Las entidades opinan que la LPI le otorga un peso excesivo
Los titulares se los llevaron los de siempre (Google, las entidades de gesti¨®n, las webs de enlaces, los secretarios de Estado¡), aunque el anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que pas¨® el viernes por el Consejo de Ministros, contase con un protagonista tapado, como esos secundarios que acaban rob¨¢ndole el plano a la estrella cuando menos se lo espera. La entidad administrativa sobre la que m¨¢s funciones nuevas han reca¨ªdo con este cambio legislativo es la Secci¨®n Primera de la Comisi¨®n de la Propiedad Intelectual. Su nombre no resulta precisamente sexi, pero si el texto pasara el tr¨¢mite parlamentario tal cual, el ¨®rgano colegiado, dependiente del Ministerio de Cultura e integrado por cuatro vocales, ¡°profesionales de reconocido prestigio¡± y no necesariamente funcionarios, pintar¨ªa mucho en la propiedad intelectual.
La Secci¨®n Primera es la llamada a mediar si los agregadores de noticias (Google News y el resto) no llegan a un acuerdo sobre el concepto y el alcance de la ya famosa ¡°compensaci¨®n equitativa¡± a los editores de contenidos. O si las entidades de gesti¨®n no logran en el plazo legal previsto de cinco meses crear un organismo privada que sirva de ventanilla ¨²nica a los usuarios de contenidos sujetos a derechos de autor. Tambi¨¦n tiene el mandato de controlar las tarifas que imponen las entidades de gesti¨®n, aunque esa labor quedar¨¢ mermada por el hecho de que no pueden efectuar esa supervisi¨®n por iniciativa propia, sino solo cuando medie conflicto.
La Secci¨®n Primera intervendr¨¢ en las tarifas solo en caso de conflicto
Una de las objeciones m¨¢s recurrentes que se escucha estos d¨ªas entre los afectados por la ley es si el ¨®rgano no acabar¨¢ tomando demasiado protagonismo, cuando no resultar¨¢ sepultado por una monta?a ingobernable de trabajo. Tambi¨¦n, si sus nuevas atribuciones no ser¨¢n m¨¢s propias de la Comisi¨®n Nacional de los Mercados y la Competencia. ¡°Los miembros de la Secci¨®n Primera son expertos en derechos de la propiedad intelectual¡±, justific¨® Lassalle. ¡°Hasta ahora todo lo decid¨ªan las entidades de gesti¨®n sin ning¨²n control por parte del ministerio. Este cambio supone m¨¢s seguridad jur¨ªdica. Todo ello contribuir¨¢ a vencer el recelo social hacia las entidades¡±.
No es ese el ¨²nico recelo que, seg¨²n fuentes de la industria cinematogr¨¢fica, ha preocupado a los redactores de la ley. La aspiraci¨®n de endurecer la persecuci¨®n contra la pirater¨ªa, otra de las ¡°medidas estrella¡± del proyecto, obedecer¨ªa a la presi¨®n (una vez m¨¢s) de la industria estadounidense. Chris Dodd, lobbysta de reputada trayectoria y consejero delegado de la MPAA (algo as¨ª como la patronal de Hollywood), se reuni¨® en noviembre, siempre seg¨²n esas fuentes, con el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, para trasladarle (de nuevo) la preocupaci¨®n de la Administraci¨®n de Obama por el problema de la pirater¨ªa en Espa?a, una inquietud que tambi¨¦n abord¨® el presidente de EE UU en su encuentro con Rajoy. En el horizonte estaba la divulgaci¨®n anual de la lista 301, que elabora la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual (IIPA) con la intenci¨®n de afear la conducta de ¡°los pa¨ªses m¨¢s piratas¡±. Espa?a se salv¨® el a?o pasado de reingresar en ella.
En el horizonte est¨¢ la publicaci¨®n de la nueva ¡®lista 301¡¯ de pa¨ªses m¨¢s ¡®piratas¡¯
Las nuevas normas podr¨ªan evitar el bochorno en la pr¨®xima lista, conf¨ªan en Cultura. Para que las buenas intenciones se conviertan en hechos la Secretar¨ªa de Estado ha prometido m¨¢s recursos para la Secci¨®n Segunda, que adquiere ahora un protagonismo in¨¦dito en la legislaci¨®n espa?ola en la lucha contra la pirater¨ªa cultural.
En el punto de mira estar¨¢n las webs de enlaces, que desarrollan una ¡°labor activa y no neutral¡±. Y si bien no alojan contenidos sujetos a derechos de autor, s¨ª gu¨ªan a otras p¨¢ginas que los alojan masivamente con fines de lucro. A partir de ahora, la comisi¨®n dispondr¨¢ de una v¨ªa civil m¨¢s r¨¢pida para identificar a los responsables de esas webs. Llegado el caso, tambi¨¦n podr¨¢ imponer sanciones, que van de los 30.000 euros a los 300.000, aunque, seg¨²n aseguraron fuentes de la Secretar¨ªa de Estado, casi nunca se llegar¨¢ a esos extremos. La mayor parte de los expedientes abiertos por la comisi¨®n acaban con la retirada del contenido vulnerador de la propiedad intelectual denunciado; cuando el infractor recibe un primer aviso rara vez ceja en su empe?o. De las 404 solicitudes aceptadas en sus dos a?os de vida, 152 acabaron en retirada de los enlaces, a cinco p¨¢ginas con dominio .es se les cancel¨® este y 16 cerraron completamente.
Para los m¨¢s contumaces, la ley prev¨¦ medidas nuevas, como la posibilidad de multar a quienes se anuncien o cursen pagos electr¨®nicos para las p¨¢ginas web infractoras y se nieguen a colaborar en el estrangulamiento del negocio. Solo en ¨²ltima instancia, se podr¨ªa llegar al ¡°bloqueo del servicio por parte de los proveedores de Internet¡±. A estas medidas hay que a?adir la reforma en curso del C¨®digo Penal, que prev¨¦ penas de hasta seis a?os.
?Y c¨®mo quedan los usuarios?
Ha sido norma en la regulaci¨®n espa?ola en materia de protecci¨®n de la propiedad intelectual y el anteproyecto que ahora pasa a su tramitaci¨®n parlamentaria no es una excepci¨®n. Las medidas de lucha contra la pirater¨ªa contempladas en el articulado no se dirigir¨¢n en ning¨²n caso contra los usuarios.
?Cambiar¨¢ eso en el futuro? No, garantiz¨® el viernes durante una entrevista con este diario Jos¨¦ Mar¨ªa Lassalle, secretario de Estado de Cultura.
?Qui¨¦nes ser¨¢n perseguidos por la nueva LPI? Aquellos que masivamente y con finalidad lucrativa faciliten sin autorizaci¨®n contenidos sujetos a derechos de autor. Tambi¨¦n, aquellas webs de enlaces dedicadas a ense?ar el camino a p¨¢ginas que alojen contenidos fraudulentos, como los llamados ciberlockers, que no pueden ser perseguidas pues tienen residencia legal en el extranjero. En todos los casos, para merecer persecuci¨®n el resultado de esas acciones tienen que suponer una vulneraci¨®n significativa y a gran escala de los derechos de autor.
?Se ir¨¢ contra los internautas por compartir enlaces fraudulentos? No, si se entiende que no concursa el ¨¢nimo de lucro ni se causa perjuicio econ¨®mico. Se entiende que en esos casos la labor del usuario no es activa, sino neutral.
?Habr¨¢ que pagar a los editores por compartir noticias en las redes sociales? No. Los agregadores de noticias est¨¢n obligados a remunerar a los editores, pero los motores de b¨²squeda, no, porque se entiende que ofrecen un men¨² de enlaces en una labor de mera intermediaci¨®n t¨¦cnica. Poner un enlace en Facebook o Twitter se asimila a ese supuesto.
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