El Supremo confirma como trabajadora indefinida a una bailarina temporal del Ballet Nacional
El Tribunal da la raz¨®n a la trabajadora, despedida de la instituci¨®n art¨ªstica, donde hab¨ªa firmado diez contratos temporales sucesivos entre 2002 y 2012
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado como trabajadora indefinida a una bailarina que fue despedida por el Ballet Nacional de Espa?a y que firm¨® diez contratos temporales sucesivamente, entre 2002 y 2012, con la instituci¨®n. Durante esos contratos, la trabajadora deb¨ªa cumplir funciones permanentes y estructurales en el Instituto Nacional de las Artes Esc¨¦nicas y de la M¨²sica (Inaem). Sin embargo, ese v¨ªnculo no est¨¢ permitido ni por el Estatuto de los Trabajadores ni por el Real Decreto 1435/1985 (que regula la relaci¨®n laboral especial de artistas que participan en espect¨¢culos p¨²blicos).
De esta manera, el Supremo desestima el recurso de casaci¨®n interpuesto por el Inaem y conforma el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que hab¨ªa considerado improcedente el despido de la bailarina y hab¨ªa ordenado a la empresa su readmisi¨®n. En caso contrario, deb¨ªa pagar una indemnizaci¨®n de 51.666 euros.
Con su decisi¨®n, el Supremo considera que en las relaciones laborales especiales, como la que gener¨® el pleito judicial, "no cabe ninguna duda" de que cuando el contrato contempla?la realizaci¨®n de labores estructurales y ordinarias por parte de la trabajadora, "la ¨²nica contrataci¨®n posible sea la contrataci¨®n indefinida".
La sentencia explica que la trabajadora no desempe?aba una labor "coyuntural determinada o temporal" del Inaem, sino que desarrollaba actividades ordinarias de la instituci¨®n. Es decir, no estaba a disposici¨®n del Inaem para alguna actividad espec¨ªfica o determinada, sino que estaba sometida a dedicarse exclusivamente a ese trabajo, sin posibilidad de emplearse en ninguno otro sin autorizaci¨®n escrita.?
Las caracter¨ªsticas especiales del trabajo art¨ªstico y la dificultad de encajarlo en los protocolos de la Administraci¨®n p¨²blica han sido fuente continua de conflictos jur¨ªdicos para el Inaem. No es la primera sentencia que obliga al Inaem a reconocer como personal indefinido a bailarines de las compa?¨ªas de titularidad estatal (Ballet Nacional de Danza y Compa?¨ªa Nacional de Danza), pero s¨ª es la primera vez que un caso de este tipo llega al Supremo, despu¨¦s de que el Inaem decidiera interponer un recurso de casaci¨®n para la unificaci¨®n de doctrina.
En 2018, el Consejo de Ministros aprob¨® un decreto para poner fin al goteo de denuncias regulando el contrato de los bailarines, pero quedan todav¨ªa casos pendientes anteriores a esa norma. La nueva ley establece que los contratos deben ajustarse a la duraci¨®n de cada proyecto, de manera que el Inaem puede suscribir con sus bailarines contratos de m¨¢s de tres a?os, que era el l¨ªmite que hasta entonces impon¨ªa el Estatuto de los Trabajadores.
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