El infante y el t¨ªtulo
El futuro Pr¨ªncipe de Asturias, Felipe de Borb¨®n y Schleswig- Holstein, naci¨® el d¨ªa 30 de enero de 1968, en la cl¨ªnica de Nuestra Se?ora de Loreto, de Madrid. Dos d¨ªas despu¨¦s era presentado por sus padres, los Pr¨ªncipes de Espa?a, a los medios informativosEl bautismo del Pr¨ªncipe Felipe, en el palacio de la Zarzuela, ocurri¨® el 8 de febrero del mismo a?o. Esta ceremonia sirvi¨® de ocasi¨®n para el regreso a Espa?a, por primera vez desde el 14 de abril de 1931, fecha en la que parti¨® hacia el exilio, de la reina Victoria Eugenia, esposa de Alfonso XIII y abuela del actual Rey, don Juan Carlos I.
Tambi¨¦n lleg¨® a Madrid para asistir al bautizo, su hijo, el conde de Barcelona. Ambos actuaron de padrinos de aquel reci¨¦n nacido que, en virtud de las disposiciones sucesorias del general Franco plasmadas en la Ley Org¨¢nica del Estado, estaba llamado a ser, alg¨²n d¨ªa, rey de Espa?a.
Por primera vez, desde la proclamaci¨®n de la Rep¨²blica, la mayor parte de la familia real se encontraba reunida en Espa?a. Aquel acto, al que tambi¨¦n acudi¨® el general Franco y altas personalidades del Gobierno, hizo pensar a los mon¨¢rquicos, y a muchos espa?oles, que el traspaso de poderes al entonces Pr¨ªncipe de Espa?a pod¨ªa estar cercano.
El actual heredero de la Corona cursa sus estudios en el colegio de Los Rosales, de Madrid. Domina a la perfecci¨®n los idiomas ingl¨¦s y franc¨¦s. Aunque su figura es conocida y popular, no ha aparecido muy frecuentemente en actos p¨²blicos.
Las leyes sucesorias, orientadas a garantizar la transmisi¨®n de poderes de Franco a don Juan Carlos, no dec¨ªan tampoco nada sobre el heredero de ¨¦ste; hasta el punto que el Pr¨ªncipe Felipe no ha sido legalmente heredero de los derechos institucionales que su padre adquiri¨® por su proclamaci¨®n como sucesor de la jefatura del Estado, hasta que ¨¦ste fue proclamado Rey. Esta situaci¨®n provoc¨® que s¨¦ alzaran algunas voces, todav¨ªa en vida de Franco, en solicitud de que el joven Felipe fuera declarado, mediante alguna f¨®rmula, heredero del heredero, para prevenir un posible vac¨ªo constitucional en el caso de que se hubiera producido la muerte del sucesor antes de su proclamaci¨®n como Rey.
S¨ª alude, en cambio, a la figura del Pr¨ªncipe Felipe, la nueva ley de Sucesi¨®n que se encuentra en fase de aprobaci¨®n, y que tendr¨¢ que ser aprobada por refer¨¦ndum nacional. Seg¨²n esta ley, el sucesor gozar¨¢ de los t¨ªtulos y prerrogativas tradicionalmente vinculadas a la figura del sucesor en la monarqu¨ªa espa?ola. El m¨¢s importante de estos t¨ªtulos, y precisamente el que le distingue como heredero a los derechos din¨¢sticos, es el de Pr¨ªncipe de Asturias, t¨ªtulo que han ostentado, desde 1338, hasta 34 pr¨ªncipes herederos de reyes.
La f¨®rmula legal para su investidura y proclamaci¨®n es todav¨ªa una inc¨®gnita. En ¨¦pocas anteriores a Isabel II, el pr¨ªncipe de Asturias deb¨ªa jurar ante las Cortes de la naci¨®n al cumplir los 14 a?os. Desde 1833, sin embargo, la investidura se ha reducido a un acto de reconocimiento por parte de los delegados de la Diputaci¨®n de Asturias, que viajaban a Madrid, a los pocos d¨ªas de nacer, para rendir homenaje al futuro rey.
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