La reforma del C¨®digo Penal
El Pleno de las Cortes convocado para el d¨ªa 6 de julio, -fecha de entrada en vigor de la ley de Asociaciones- se celebrar¨¢ por el procedimiento de urgencia y tendr¨¢ como ¨²nico objetivo el proyecto de ley sobre la reforma del C¨®digo Penal, cuyo principal contenido pol¨ªtico reside precisamente en la tipificaci¨®n de partidos il¨ªcitos que contiene.
En el Pleno de las Cortes celebrado por el procedimiento de urgencia los d¨ªas 8 y 9 de junio se aprob¨® el proyecto de ley, sobre el derecho de asociaci¨®n pol¨ªtica -que, publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el pa¨ªsado d¨ªa 16, entrar¨¢ en vigor el d¨ªa 6 dejulio- y se aprobaron asimismo las l¨ªneas fundamentales del proyecto de ley de reforma del C¨®digo Penal, que se remiti¨® a la Comisi¨®n de Justicia.Entre tales l¨ªneas fundamentales figuraba un punto concreto por.el que.se configuraban como asociaciones ilicitas las siguientes:
Las que por su objeto y circunstancias sean contrarias a, la moral p¨²blica.
-Las que tengan por objeto cometer alg¨²n delito.
-Las que tengan por objeto la subversi¨®n violenta o la destrucci¨®n del orden jur¨ªdico, pol¨ªtico, social o econ¨®mico, o el ataque, por cualquier medio, a la soberan¨ªa, a la unidad o independencia de la patria, a la integridad de su territorio o a la seguridad nacional.
-Las que promuevan la discriminaci¨®n entre ciudadanos por razon de raza, religi¨®n, sexo o situaci¨®n econ¨®mica.
-Las que, sometidas a una disciplina internacional se propongan implantar un sistema totalitario.
Los citados puntos concretosfueron incorporadosal dictamen de la Comisi¨®n de Justicia, que se reuni¨® en sesiones de ma?ana y tarde durante los tres d¨ªas de la pasada semana.
En relaci¨®n con el ¨²ltimo ¨²nico que no fue objeto de debate en el Pleno, por no figurar en el informe de la ponencia e introducirse en el ¨²ltimo momento la Comisi¨®n de Justicia aprob¨® tambi¨¦n una sugerencia, que seg¨²n Logos, se dar¨¢ a conocer al, Pleno, al tiempo que el dictamen de la comisi¨®n.
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