La ley de Asociaci¨®n Sindical, en vigor
Hoy entra en vigor la ley reguladora del derecho de asociaci¨®n sindical cuyo texto fue publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado de ayer. El ¨¢mbito de la ley, que reconoce el derecho de asociaci¨®n profesional a los trabajadores y empresarios, en cada rama de actividad -curiosamente, el texto no habla de asociaciones sindicales ni de sindicatos-, excluye a personal militar. Los funcionarios p¨²blicos y el personal civil al servicio de la Administraci¨®n Militar se regular¨¢ por disposiciones espec¨ªficas.Las disposiciones necesarias para el desarrollo de la ley (determinaci¨®n de las autoridades judiciales, procedimientos y plazo para la resoluci¨®n judicial en relaci¨®n con la adquisici¨®n de personalidad jur¨ªdica de las asociaciones, as¨ª como su suspensi¨®n o disoluci¨®n) habr¨¢n de ser conocidas por los consejos de trabajadores y de empresarios de la Organizaci¨®n Sindical antes de su promulgaci¨®n.
Este nuevo tr¨¢mite -contenido en la enmienda que, presentada por la se?orita M¨®nica Plaza, fue admitida por el Pleno de las Cortes que aprobar¨ªa el texto definitivo de la ley- parece que ser¨¢ salvado por el equipo reformista del verticalismo reuniendo al cornit¨¦ ejecutivo de la Organizaci¨®n Sindical despu¨¦s de Semana Santa.
Seg¨²n ha podido saber EL PAIS en medios pr¨®ximos al ministro de sindicatos, ya est¨¢ ultimado el texto legal que desarrolla la ley. Al parecer, consta de seis art¨ªculos y ?su contenido simplifica al m¨¢ximo el que las centrales sindicales existentes se puedan acoger a la misma?. Esta pr¨®xima normativa pretender¨ªa limar las dificultades que contiene la ley aprobada por las Cortes.
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