Registro de notificaci¨®n de cr¨¦ditos electorales
Ha quedado creado, por un real decreto de la Presidencia del Gobierno, publicado en el Bolet¨ªn Oficial del Estado de ayer, el Registro de Notificaciones, en el que los partidos, coaliciones y agrupaciones de electores que concurren a las elecciones deber¨¢n inscribir las entidades de las que han obtenido anticipos o cr¨¦ditos para las actividades electorales.El Registro de Notificaciones, previsto en el art¨ªculo 44 del decreto-ley sobre normas electorales de 18 de marzo pasado, depender¨¢ directamente del secretariado de la Junta Electoral Central, y responde a la conveniencia de que las entidades de cr¨¦dito puedan conocer fehacientemente que la subvenci¨®n que por parte del Estado pueda corresponder a los partidos, coaliciones o representantes de candidaturas, ha sido destinada al reembolso de sus cr¨¦ditos.
Las notificaciones se inscribir¨¢n por riguroso orden de recepci¨®n, el cual constituir¨¢ a su vez orden de prelaci¨®n para el percibo de las subvenciones afectadas al reembolso de los cr¨¦ditos
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