Proyecto democr¨¢ta-cristiano de Constituci¨®n
El reconocimiento de la Monarqu¨ªa como forma de Estado, la iniciativa legisladora del Congreso, la elecci¨®n del presidente del Gobierno por parte de dicho Congreso y la aprobaci¨®n de estatutos de autonom¨ªa, son los puntos m¨¢s importantes del proyecto de Constituci¨®n elaborado por la Federaci¨®n Dem¨®crata Cristiana.
En el proyecto, de Constituci¨®n elaborado por la FDC se propugna que el Estado refrende a nivel constitucional la Declaraci¨®n de Derechos Humanos de la ONU, de 10 de diciembre de 1948, la Convenci¨®n Europea de Salvaguardia de los Derechos del Hombre y de las Libertades Fundamentales, de 4 de noviembre de 1950, y la Carta Social Europea. En la tabla de derechos humanos y libertades p¨²blicas que supone dicho refrendo se a?adir¨ªan ?nuevos derechos?, tales como la protecci¨®n de la intimidad los derechos del ciudadano respecto a la naturaleza, la objeci¨®n de conciencia, la abolici¨®n de la pena de muerte, etc¨¦tera. La Constituci¨®n recoger¨ªa el principio de que al Estado compete la remoci¨®n de todos los obst¨¢culos d¨¦ orden econ¨®mico y social que, limitando de hecho la libertad, como consecuencia de las desigualdades existentes, impidan el pleno disfrute de los derechos humanos protegidos por esa Constituci¨®n.En cuanto a la organizaci¨®n del Estado, la FDC propugna la separaci¨®n de poderes y el control rec¨ªproco de sus ¨®rganos. A la Corona le atribuye las siguientes funciones: representar al Estado espa?ol, sancionar y promulgar las leyes, disolver las C¨¢maras en supuestos espec¨ªficamente determinados. nombrar al presidente del Gobierno de acuerdo con lo establecido por la Constituci¨®n, el mando supremo de las Fuerzas Armadas y todas cuantas deriven de su car¨¢cter de representaci¨®n simb¨®lica del Estado.
El Parlamento -prosigue el proyecto de Constituci¨®n- estar¨¢ compuesto por el Congreso de Diputados y por el Senado. El primero se elegir¨¢ por sufragio universal, directo, libre, igual y secreto, en raz¨®n de un diputado por fracci¨®n num¨¦rica de poblaci¨®n. El Senado se elegir¨¢ en representaci¨®n de los pa¨ªses y regiones, partiendo de una igualdad b¨¢sica entre ellas.
La norma constitucional Fijar¨ªa los poderes de cada C¨¢mara, correspondiendo siempre al Congreso la iniciativa legisladora, sin perjuicio de la funci¨®n colegisladora que tambi¨¦n corresponde al Senado.
Elecci¨®n del presidente
El Congreso, seg¨²n el proyecto democratacristiano, podr¨ªa formular mociones de censura contra el Gobierno, que s¨®lo podr¨ªan prosperar si la C¨¢mara, simult¨¢neamente, propone por mayor¨ªa absoluta de sus miembros un nuevo presidente, que deber¨ªa ser nombrado por el Rey.
Se propone tambi¨¦n la existencla de un Consejo Supremo de Justicia, con una composici¨®n mixta y participaci¨®n del poder legislativo y de la propia Magistratura. Igualmente, propugna la existencia de un Tribunal de Garant¨ªas Constitucionales, con especial dedicaci¨®n al control de la constitucionalidad de las leyes, a la interpretaci¨®n de la Constituci¨®n, de la adecuaci¨®n a ¨¦sta de los estatutos regionales, as¨ª como de la legislaci¨®n aut¨®noma de las regiones.
La Constituci¨®n, al parecer de la Federaci¨®n, deber¨ªa establecer una distribuci¨®n de competencias entre el Estado, los pa¨ªses y regiones que lo componen, conforme a los principios de autonom¨ªa, solidaridad y participaci¨®n de ¨¦stas en los ¨®rganos de Gobierno del Estado.
Por ¨²ltimo, el proyecto de constituci¨®n democratacristiano atribuye a las fuerzas armadas, esencialmente, la defensa de la in tegridad territorial del estado, re conoci¨¦ndose los derechos huma nos profesionales del personal militar dentro de la estructura jer¨¢rquica que le es propia en cuanto a la confesionalidad religiosa, la FDC propone la neutrali dad del estado, que mantendr¨ªa con la iglesia cat¨®lica y con las dem¨¢s iglesias y confesiones relaciones amistosas de cooperaci¨®n, dentro del principio de separaci¨®n institucional.
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