Derechos de r¨¦plica y rectificaci¨®n en radio
El decreto sobre libertad informativa para la radio, aparecido ayer en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, por el que desaparece formalmente el monopolio de Radio Nacional respecto a la informaci¨®n general, contempla y regula tambi¨¦n los derechos de r¨¦plica y rectificaci¨®n, en los que aplica a las informaciones transmitidas por radio un tratamiento paralelo al establecido para la prensa.Toda persona natural o jur¨ªdica que se considere perjudicada por cualquier informaci¨®n emitida podr¨¢ usar el derecho de r¨¦plica, lo que equivale a que su alegato se emita dentro de los tres programas informativos siguientes a la recepci¨®n del escrito de r¨¦plica.
Los directores de emisoras estar¨¢n igualmente obligados a emitir, dentro de los tres d¨ªas siguientes a su recepci¨®n, cuantas notas o comunicados les remita la Administraci¨®n, rectificando o aclarando informaciones emitidas sobre actos propios de su competencia.
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