La Constituci¨®n ceder¨¢ parte de los impuestos generales a los poderes auton¨®micos
Los diputados Miquel Roca (Pacte) y Jordi Sol¨¦ (PSUC), miembros catalanes de la ponencia constitucional, manifestaron al alim¨®n a EL PAIS, que el actual redactado del art¨ªculo 150 del borrador de la futura Constituci¨®n no corresponde ya al contenido revelado en su d¨ªa por la prensa.En aquella revelaci¨®n period¨ªstica se indicaba que las fuentes de financiaci¨®n de los poderes auton¨®micos ser¨ªan ¨²nicamente los recargos impositivos -establecidos por dichos poderes auton¨®micos sobre la, base de los impuestos generales del Estado- y las transferencias de partidas del presupuesto estatal. L¨®gicamente aquel redactado fue severamente criticado por los sectores pol¨ªticos catalanistas.
Ahora, en cambio, seg¨²n manifestaron a EL PAIS los dos diputados catalanes mencionados, el borrador constitucional autoriza a los futuros poderes auton¨®micos a una participaci¨®n en cuotas- parte de los impuestos generales, mientras que tambi¨¦n contempla la posibilidad de que incluso la recaudaci¨®n e inspecci¨®n tributaria dependa de los poderes auton¨®micos.
Bajo la Segunda Rep¨²blica, la Generalitat de Catalu?a recibi¨®, despu¨¦s de largas y dificultosas negociaciones, algunos de los impuestos del Estado y cuotas-parte de otros. De haber subsistido el primer redactado constitucional habr¨ªa sido imposible hablar de autonom¨ªas reales y efectivas, ya que los diferentes Gobiernos de las mismas no hubiesen podido llevar a cabo una funci¨®n tan propia de todo poder auton¨®mico como es la elaboraci¨®n de un presupuesto.
Con este nuevo redactado, los poderes auton¨®micos espa?oles podr¨ªan llegar a conseguir un marco de autogobierno que ya gozan otros pa¨ªses democr¨¢ticos europeos, como la Rep¨²blica Federal de Alemania e Italia.
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