El ad¨²ltero no podr¨¢ heredar
La Comisi¨®n de Justicia del Congreso de Diputados dictamin¨® ayer definitivamente el proyecto de ley de despenalizaci¨®n del adulterio y el amancebamiento. Entre las enmiendas introducidas destaca una por la que ?es causa de indignidad, y, por tanto, de desheredaci¨®n, el que por sentencia firme dictada en proceso en el que hubiera sido parte resulte haber cometido adulterio con el c¨®nyuge del causante?. Esta modificaci¨®n fue aprobada por dieciocho votos y trece abstenciones.El grupo socialista -que se abstuvo- estima que, de alguna forma, se mantienen penalizaciones contra el adulterio y el amancebamiento en casos de esc¨¢ndalo p¨²blico o abandono de familia, y en palabras de su portavoz, se?or Zapatero, ?el adulterio es una cuesti¨®n privada que pertenece a la esfera de las relaciones afectivas, donde el Gobierno no puede intervenir?. El PSOE pedir¨¢ en el Pleno -por el que tiene que pasar el proyecto una vez dictaminado por la comisi¨®n- que desaparezca el adulterio como causa de indignidad para suceder.
Por parte de UCD, el se?or Ruiz Navarro defendi¨® el mantenimiento del proyecto tal como sale de la comisi¨®n, e interpret¨® las opiniones de los socialistas en el sentido de que propugna, de alg¨²n modo, la desaparici¨®n de la familia.
La Comisi¨®n de Justicia aprob¨® tambi¨¦n ayer un proyecto de ley sobre regularizaci¨®n de la situaci¨®n administrativa de los magistrados, jueces y, fiselales que desempe?en cargos de la Administraci¨®n Civil del Estado, as¨ª como la derogaci¨®n d¨¦ alg¨²nos aspectos de la ley de Bases Org¨¢nicas de la Justicia.
Finalmente, la citada comisi¨®n tom¨® en consideraci¨®n la proposici¨®n de ley sobre modificaci¨®n de diversos art¨ªculos del C¨®digo Civil, presentada por la minor¨ªa catalana, y en la que se trata de desterrar toda discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo dentro de la familia, as¨ª como el establecimiento de que tanto el padre como la madre tienen indistintamente por igual la patria potestad sobre los hijos habidos en el matrimonio no emancipados; en tanto, los hijos nacidos fuera de matrimonio est¨¢n bajo la potestad de la madre que los hubiere reconocido, y s¨®lo en su defecto, del padre, pero si sus progenitores contrajeran entre s¨ª ulteriores nupcias ambos ejercer¨ªan la patria potestad.
La proposici¨®n trata tambi¨¦n de suprimir la atribuci¨®n a los titulares de la patria potestad de las facultades de solicitar el auxilio gubernativo e instar la intervenci¨®n del juez para decretar la detenci¨®n o internamiento de los hijos en establecimientos correccionales.
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