Sesenta y cinco dias,plazo entre convocatoria y elecciones
La Comisi¨®n de Interior del Congreso de Diputados comenz¨® ayer el debate, por el tr¨¢mite de urgencia, del proyecto de ley de elecciones locales. El debate inicial se refiri¨® a la filosof¨ªa general del proyecto de ley y, m¨¢s tarde, se comenz¨® el estudio de su articulado. La aprobaci¨®n de un plazo de 65 d¨ªas entre la fecha de la convocatoria de las elecciones y la de su celebraci¨®n, unido al plazo previsto en el proyecto de treinta d¨ªas desde la entrada en vigor de la ley hasta la convocatoria, permite asegurar -de prosperar ambos plazos en los tr¨¢mites legislativos sucesivos en el Congreso y en el Senado- que, a partir de la publicaci¨®n de la ley en el Bolet¨ªn Oficial del Estado, las elecciones municipales se celebrar¨¢n necesariamente unos tres meses despu¨¦s, como m¨¢ximo.Sim¨®n S¨¢nchez Montero (PCE). El proyecto de ley beneficia a los partidos mayoritarios y peijudica a los peque?os, es decir, no favorece a la democracia plena. El n¨²mero de concejales y diputados provinciales es escaso. La exclusi¨®n de las listas que no hubieran obtenido el 5% de los votos emitidos es excesiva. El sistema D'Hont introduce un serio correctivo a la proporcionalidad, en beneficio de los partidos mayoritarios y en perjuicio de los minoritarios, lo cual dificultar¨¢ la batalla al caciquismo que es necesario ganar. La fianza previa de 5.000 pesetas perjudica a los partidos obreros.
Pero lo m¨¢s grave del proyecto, es el sistema de representaci¨®n de los alcaldes, que va a potenciar un nuevo tipo de caciquismo, ya que los alcaldes ser¨¢n elegidos con un voto minoritario. Con menos del 30% de los votos se podr¨¢ ser alcalde. Eso es grave, porque va a dar lugar a ayuntamientos ingobemables, que sean campo de batalla pol¨ªtica y en donde la oposici¨®n, mayoritaria, har¨¢ muy dif¨ªcil realizar los planes locales en beneficio del pueblo.
Con independencia de las razones t¨¦cnicas que se puedan aducir en favor de este sistema, la consecuencia pol¨ªtica es que favorece el bipartidismo y da facilidades para el reparto de los ayuntamientos entre los dos partidos mayoritarios. El grupo parlamentario comunista cree que esto puede llevar a una bipolarizaci¨®n izquierda- derecha, marxistas-antimarxistas. Esto podr¨ªa llevamos un poco al pasado... y no me refiero a la guerra civil, sino a enfrentamientos que ser¨ªan graves en un momento de consolidaci¨®n de la democracia.
Manuel N¨²?ez (ponente, UCD). El grupo parlamentario comunista no quiere devolver el proyecto de ley al Gobierno sino reformarlo. Este texto pretende democratizar los 8.000 municipios espa?oles, pero no puede adaptarse a los deseos de un solo partido. Por lo dem¨¢s, no se trata de un proyecto electorero, practic¨®n, si hay que reconocer que la propuesta comunista responde a una filosof¨ªa democr¨¢tica que el PCE defiende como la mejor, porque beneficia a sus intereses, por nuestra parte hemos de decir que la democracia se mide en votos y -no en adjetivaciones caprichosas como la de caciquil.
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Sesenta y cinco d¨ªas, plazo entre convocatoria y elecciones
(Viene de la p¨¢gina anterior)
Los principios en que se basa UCD en este proyecto no pueden aceptar la enmienda a la totalidad del PCE, aunque s¨ª algunas de sus enmiendas particulares.
El proyecto de ley es democr¨¢tico y democratizador y el sistema electoral propuesto es el m¨¢s adecuado para la elecci¨®n de alcaldes, No caben trampas ni negociaciones posteriores para la designaci¨®n de alcalde, que podr¨ªan quedar ocultas para el electorado. Por lo dem¨¢s no existe ese peligro de bipolaridad, ya que se va hacia un polinomio democr¨¢tico. Seg¨²n una encuesta, tres de cada cuatro espa?oles desean elegir directamente a su alcalde y, como ha declarado el profesor Douglas W. Rae, el procedimiento espa?ol est¨¢ dentro de los sistemas de proporcionalidad standard, y ?se acerca al ideal democr¨¢tico?.En cuanto a las 5.000 pesetas de fianza, UCD ha reconsiderado su actitud y apoyar¨¢ la enmienda del PCE.
Mac¨ªa Alavedra (ponente minor¨ªa catalana). La minor¨ªa catalana coincide en algunos de los principios de la enmienda comunista. El sistema de elecci¨®n de alcalde es ¨²nico, sin precedentes en ning¨²n pa¨ªs democr¨¢tico.
Sim¨®n S¨¢nchez Montero (PCE). Quiero responder al se?or N¨²?ez que el proyecto es viable, pero que no me parece justo. Contra lo que ha dicho, ser¨ªa necio y antidemocr¨¢tico querer que se acomode a las necesidades de nuestro partido, pero no estamos de acuerdo tampoco en que responda a las de los dos partidos mayoritarios.
No acepto que los acuerdos para la elecci¨®n de alcalde se presenten como una traici¨®n al electorado. Esto es una acusaci¨®n gratuita. Esos acuerdos se hacen, o, por lo menos, los comunistas los hacemos, de cara al pueblo, diciendo qu¨¦ es lo que vamos a negociar.
Manuel N¨²?ez (UCD). Es cierto que no existen precedentes de sistema de elecci¨®n de alcalde previsto en el proyecto de ley, pero eso no quiere decir que no sea bueno.
Los secretarios de a yuntamiento y las elecciones
Antonio Carro (AP). El art¨ªculo segundo, se ajusta a la normativa de las elecciones generales, pero no hay duda que en las municipales existe una peculiaridad en raz¨®n de la cual debe exluirse al secretario de ayuntamiento de la junta electoral, teniendo en cuenta que tendr¨¢ que convivir con el alcalde y los concejales elegidos.
Baudilio Tom¨¦ (ponente, UCD). Nosotros estimamos que los secretarios no pierden su neutralidad, sino que han venido dando pruebas de lo contrario. Me parece desafortunad¨ªsimo decir que los secretarios trabajan subordinados a los alcaldes y concejales, colaboran con absoluta independencia. Introducir a profesores o funcionarios de Correos, ajenos al procedimiento jur¨ªdico, ser¨ªa ca¨®tico y perturbador. En relaci¨®n con las protestas de los profesionales, son ciertas pero, a falta de funcionarios judiciales, aceptan encargarse ellos, siempre que se regulen correctamente sus funciones.
Jes¨²s Sancho Rof (en nombre del Gobierno). El Gobierno tiene previsto regular las atribuciones de estos funcionarios, para evitar uno de los fallos de las ¨²ltimas elecciones.
Antonio Carro (AP). Estoy en desacuerdo con el se?or Tom¨¦. Sus razones me parecen tambi¨¦n desafortunad¨ªsimas. La funci¨®n m¨¢s importante de los secretarios de ayuntamiento es ser jefes de la administraci¨®n municipal, y en ello est¨¢n subordinados al alcalde y a los concejales. El se?or Tom¨¦ desconoce c¨®mo funciona un ayuntamiento. No es cierto tampoco que los secretarios tengan conocimientos jur¨ªdicos. S¨®lo los de primera categor¨ªa son abogados. Tienen los mismos conocimientos jur¨ªdicos que un profesor u otro funcionario. Lo que no puedo permitir es que se me llame desafortunad¨ªsimo e indocumentado cuando el propio se?or Sancho Rof, en nombre del Gobierno, ha estimado que el problema ser¨¢ tomado en consideraci¨®n.
Baudilio Tom¨¦ (UCD). Le tranquilizo sobre mi ignorancia. Me honro en pertenecer al digno cuerpo de secretarios de ayuntamiento.
Antonio Carro (AP). Yo tambi¨¦n lo soy, y ha sido a m¨ª a quien se han dirigido los compa?eros, no a ¨¦l.
La enmienda del se?or Carro fue rechazada por veintinueve votos en contra, dos a favor (los de AP) y la abstenci¨®n de Rubens Enr¨ªquez (UCD).
Varios diputados defendieron sendas enmiendas, encaminadas a modificar o mitigar el sistema proporcional previsto en el proyecto de ley. La m¨¢s destacada fue la presentada por Ant¨®n Canyellas, que propuso la elecci¨®n directa de los alcaldes en los municipios de menos de 15.000 habitantes. Como las dem¨¢s enmiendas, fue derrotada.
Ant¨®n Canyellas. Mi enmienda obedece a una clara intenci¨®n de aplicaci¨®n de la democracia directa en unas poblaciones en que el electorado se conoce entre s¨ª y desea y reclama esta elecci¨®n. No lo politicemos todo.
Heribert Barrera. Para los municipios de menos de 5.000 habitantes debe emplearse el sistema mayoritario, tradicional en Espa?a hasta 1936.
Jordi Sol¨¦ Tur¨¢ (PCE). Propongo sustituir la aplicaci¨®n de la regla D'Hont por el sistema del resto mayor, de acuerdo con el cual en las elecciones del 15 de junio UCD hubiera obtenido 123 esca?os; PSOE y Socialistas de Catalu?a, 103; PCE, 33; AP, 30, y PSP, 16.
Emilio Gast¨®n (Grupo Mixto). La f¨®rmula del mayor resto da lugar a una proporcionalidad mayor, a diferencia de lo que ocurri¨® en las elecciones del 15 de junio.
Sometidas a votaci¨®n, la enmienda del se?or Canyellas fue rechazada por unanimidad; la del se?or Barrera, s¨®lo obtuvo la abstenci¨®n del se?or Alavedra (Minor¨ªa Catalana), y la de los se?ores Sol¨¦ Tur¨¢ y Gast¨®n s¨®lo obtuvieron sus dos votos a favor y la abstenci¨®n del se?or Mart¨ªnez Emperador (AP).
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