Texto de los art¨ªculos aprobados
De las comunidadesaut¨®nomas (continuaci¨®n)Art¨ªculo 138
1. En ning¨²n caso se admite la federaci¨®n de comunidades aut¨®nomas.
2. Las Cortes Generales podr¨¢n autorizar acuerdos de cooperaci¨®n entre comunidades aut¨®nomas.
(242 votos a favor, 13 en contra y 29 abstenciones.)
Art¨ªculo 139
El proyecto de estatuto ser¨¢ elaborado por una asamblea compuesta por los miembros de la Diputaci¨®n u ¨®rgano interinsular de las provincias afectadas y por los diputados y senadores elegidos en ella y ser¨¢ elevado a las Cortes Generales para su tramitaci¨®n como ley.
(276 votos a favor, 1 en contra y 18 abstenciones.)
Art¨ªculo 140
1. Dentro de los t¨¦rminos de la presente Constituci¨®n, los estatutos ser¨¢n la norma institucional b¨¢sica de cada comunidad aut¨®noma y el Estado los reconocer¨¢ y amparar¨¢ como parte integrante de su ordenamiento jur¨ªdico.
2. Los estatutos de autonom¨ªa deber¨¢n contener:
a) La denominaci¨®n de la comunidad que mejor corresponda a su identidad hist¨®rica.
b) La delimitaci¨®n de su territorio.
c) La denominaci¨®n, organizaci¨®n y sede de las instituciones aut¨®nomas propias.
d) Las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constituci¨®n y las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.
3. La reforma del estatuto se ajustar¨¢ al procedimiento establecido en el mismo y requerir¨¢, en todo caso, la aprobaci¨®n por las Cortes Generales, mediante ley org¨¢nica.
(261 votos a favor. 1 en contra y 15 abstenciones.)
Art¨ªculo 141
1. Las comunidades aut¨®nomas podr¨¢n asumir competencias en las siguientes materias:
a) Organizaci¨®n de sus instituciones de autogobierno.
b) Las alteraciones de los t¨¦rminos municipales comprendidos en su ¨¢mbito, y, en general, las funciones que pudieran corresponder a la Administraci¨®n del Estado, de acuerdo con lo que, al respecto, establezca la legislaci¨®n sobre r¨¦gimen local.
c) Ordenaci¨®n del territorio, urbanismo y vivienda.
d) Las obras p¨²blicas de inter¨¦s de la comunidad aut¨®noma.
e) Los ferrocarriles y carreteras cuyo itinerario se desarrolle ¨ªntegramente en el territorio de la comunidad aut¨®noma y en los, mismos t¨¦rminos, el transporte desarrollado por estos medios o por cable.
f) Los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos deportivos y, en general, los que no desarrollen actividades comerciales.
g) La agricultura y ganader¨ªa, de acuerdo con la ordenaci¨®n general de la econom¨ªa.
h) Los montes y aprovechamientos forestales.
i) La gesti¨®n en materia de protecci¨®n del medio ambiente.
j) Los aprovechamientos hidr¨¢ulicos, canales y regad¨ªos de inter¨¦s de la comunidad aut¨®noma, las aguas minerales y termales.
k) La pesca de bajura, la caza y la pesca fluvial.
1) Ferias interiores.
m) El fomento del desarrollo econ¨®mico de la comunidad aut¨®noma dentro de los objetivos marcados por la pol¨ªtica econ¨®mica nacional.
n) La artesan¨ªa.
?) Museos, bibliotecas y conservatorios de m¨²sica de inter¨¦s para la comunidad aut¨®noma.
o) Patrimonio monumental de inter¨¦s de la comunidad aut¨®noma.
p) El fomento de la cultura. de la Investigaci¨®n y. en su caso, de la ense?anza de la lengua, de la comunidad aut¨®noma.
q) Promoci¨®n y ordenaci¨®n del turismo en su ¨¢mbito territorial.
r) Promoci¨®n del deporte y del ocio.
s) Beneficencia y asistencia social.
t) Sanidad e higiene.
u) La vigilancia y protecci¨®n de sus edificios e instalaciones. La coordinaci¨®n y dem¨¢s facultades en relaci¨®n con las polic¨ªas locales en los t¨¦rminos que establezca una ley org¨¢nica.
2. Transcurridos cinco a?os y mediante la reforma de sus estatutos, las comunidades aut¨®nomas podr¨¢n ampliar sucesivamente sus competencias dentro del marco establecido en el art¨ªculo 143 y siguientes.
(264 votos a favor, 2 en contra y 14 abstenciones.)
Art¨ªculo 142
Las Cortes Generales, mediante ley org¨¢nica, podr¨¢n por motivos de inter¨¦s nacional:
a) Autorizar la constituci¨®n de una comunidad aut¨®noma cuando su ¨¢mbito territorial no supere el de una provincia y no re¨²na las condiciones del apartado 1 del art¨ªculo 137.
b) Sustituir la iniciativa de las corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del art¨ªculo 137.
c) Autorizar a acordar, en su caso. un estatuto de autonom¨ªa para territorios que no est¨¦n integrados en la organizaci¨®n provincial.
(246 votos a favor. 2 en contra y 14 abstenciones.)
Art¨ªculo 143
1. El Estado tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
1?. La regulaci¨®n de las condiciones b¨¢sicas que garanticen la igualdad de todos los espa?oles en el ejercicio de los derechos Y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
(258 votos a favor. 2 en contra y 16 abstenciones.)
2?. Nacionalidad. inmigraci¨®n. emigraci¨®n. extranjer¨ªa y derecho de asilo.
(262 votos a favor, 1 en contra y 16 abstenciones.)
3?. Relaciones internacionales.
(277 votos a favor, 1 en contra y 13 abstenciones.)
4?. Defensa y Fuerzas Armadas.
(270 votos a favor, ninguno en contra y 17 abstenciones.)
5?. Administraci¨®n de Justicia.
(263 votos a favor, 3 en contra y 23 abstenciones.)
6.? Legislaci¨®n mercantil, penal y penitenciaria; legislaci¨®n procesal, sin perjuicio de las necesarias especialidades que en este orden se deriven de las particularidades del derecho sustantivo de las comunidades aut¨®nomas.
(273 votos a favor, 3 en contra y 15 abstenciones.)
7.? Legislaci¨®n laboral; sin perjuicio de su ejecuci¨®n por los ¨®rganos de las comunidades aut¨®nomas.
(278 votos a favor, 4 en contra y 14 abstenciones.)
8.? Legislaci¨®n civil, sin perjuicio de la conservaci¨®n, modificaci¨®n y desarrollo de los derechos civiles forales o especiales, all¨ª donde existan, por las comunidades aut¨®nomas. En todo caso, las reglas relativas a la aplicaci¨®n y eficacia de las normas jur¨ªdicas, relaciones jur¨ªdico-civiles relativas a la forma de matrimonio, ordenaci¨®n de los registros e hipotecas, bases de las obligaciones contractuales, normas para resolver los conflictos de leyes y determinaci¨®n de las fuentes del derecho, con respeto en este ¨²ltimo caso a las normas de derecho foral.
(281 votos a favor. 3 en contra v 15 abstenciones.)
9.? Legislaci¨®n sobre propiedad intelectual e industrial.
(282 votos a favor, 3 en contra y 15 abstenciones.)
10.? R¨¦gimen aduanero y arancelario: comercio exterior.
(278 votos a favor. ninguno en contra y 14 abstenciones.)
11.? Sistema monetario: divisas. cambio y convertibilidad, bases generales de la ordenaci¨®n del cr¨¦dito, banca y seguros.
(278 votos a favor, ninguno en contra y 14 abstenciones.)
12.? Legislaci¨®n sobre pesas y medidas, determinaci¨®n de la hora oficial.
(280 votos a favor, ninguno en contra y 14 abstenciones.)
13. Bases y coordinaci¨®n de la planificaci¨®n general de la actividad econ¨®mica.
(219 votos a favor, uno en contra y trece abstenciones.)
14. Hacienda general y Deuda del Estado.
(225 votos a favor, ninguno en contra y diez abstenciones.)
15. Sanidad exterior. Bases y coordinaci¨®n general de la sanidad. Legislaci¨®n sobre productos farmac¨¦uticos.
(234 votos a favor, siete en contra y nueve abstenciones.)
16. Legislaci¨®n b¨¢sica y r¨¦gimen econ¨®mico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecuci¨®n de sus servicios por las comunidades aut¨®nomas.
(257 votos a favor, cinco en contra y doce abstenciones.)
17. Las bases del r¨¦gimen jur¨ªdico de las Administraciones p¨²blicas y del r¨¦gimen estatutario de sus funcionarios que en todo caso garantizar¨¢n a los administrados un tratamiento com¨²n ante ellas; el procedimiento administrativo com¨²n, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organizaci¨®n propia de las comunidades aut¨®nomas; legislaci¨®n sobre expropiaci¨®n forzosa; legislaci¨®n b¨¢sica sobre contratos y concesiones administrativas y el sistema de responsabilidad de todas las Administraciones p¨²blicas.
(264 votos a favor, cuatro en contra y once abstenciones.)
18. Pesca mar¨ªtima.
(270 votos a favor, cuatro en contra y once abstenciones.)
19. Marina Mercante y abanderamiento de buques; iluminaci¨®n de costas y se?ales mar¨ªtimas; puertos de inter¨¦s general; aeropuertos de inter¨¦sgeneral; tr¨¢nsito y transporte a¨¦reo; servicio meteorol¨®gico y matriculaci¨®n de aeronaves.
(268 votos a favor, tres en contra y trece abstenciones.)
20. Ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de m¨¢s de una comunidad aut¨®noma; r¨¦gimen general de comunicaciones; tr¨¢fico y circulaci¨®n de veh¨ªculos a motor; correos y telecomunicaciones; cables a¨¦reos, submarinos y radiocomunicaci¨®n.
(274 votos a favor, dos en contra y doce abstenciones.)
21. La concesi¨®n de aprovechamientos hidr¨¢ulicos, cuando las aguas discurran fuera del territorio de una comunidad aut¨®noma, y la autorizaci¨®n de instalaciones el¨¦ctricas, cuando su aprovechamiento afecte a otra comunidad o el transporte de energ¨ªa salga de su ¨¢mbito territorial.
(261 votos a favor, uno en contra y diecis¨¦is abstenciones.)
22. Legislaci¨®n b¨¢sica sobre montes y aprovechamientos forestales.
(263 votos a favor, tres en contra y trece abstenciones.)
23. Obras p¨²blicas de inter¨¦s general o cuya realizaci¨®n afecte a m¨¢s de una comunidad aut¨®noma.
(261 votos a favor, uno en contra y diecis¨¦is abstenciones.)
24. Bases del r¨¦gimen minero y energ¨¦tico.
(269 votos a favor, dos en contra y trece abstenciones.)
25. R¨¦gimen de producci¨®n, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
(269 votos a favor, dos en contra y trece abstenciones.)
26. Normas b¨¢sicas del r¨¦gimen de prensa, radio y televisi¨®n, y, en general, de los dem¨¢s medios de comunicaci¨®n social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecuci¨®n correspondan a las comunidades aut¨®nomas.
(225 votos a favor, uno en contra y veintid¨®s abstenciones. )
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