La ley Org¨¢nica del Tribunal Constitucional, una de las primeras a debatir en el Parlamento
La ley Org¨¢nica que regular¨¢ el funcionamiento del Tribunal Constitucional, cuyo principal misi¨®n es velar por el cumplimiento de la Constituci¨®n, ser¨¢ una de las primeras tareas legislativas que deber¨¢ abordar de inmediato el Parlamento.El proyecto de ley correspondiente, que desarrollar¨¢ los siete art¨ªculos del t¨ªtulo IX de la Constituci¨®n, por el que se crea el Tribunal Constitucional, ser¨¢ enviado pr¨®ximamente a las Cortes por el Gobierno. Deber¨¢ tener prioridad, no obstante, la ley Org¨¢nica del Poder Judicial, ya que el Consejo General del Poder Judicial, m¨¢ximo ¨®rgano de gobierno del mismo, deber¨¢ proponer dos de los doce miembros que formar¨¢n parte del Tribunal Constitucional.
Como presidente del Tribunal Constitucional, que ser¨¢ nombrado entre sus miembros por el Rey, a propuesta del mismo tribunal en pleno y por un per¨ªodo de tres a?os, podr¨ªan ser elegidos Antonio Hern¨¢ndez Gil, actual presidente de las Cortes, cargo que desaparecer¨¢ cuando entre en vigor la Constituci¨®n, y Joaqu¨ªn Ruiz-Gim¨¦nez, presidente de honor de Izquierda Democr¨¢tica.
El nombre del profesor Ruiz-Gim¨¦nez, uno de los que ¨²ltimamente m¨¢s se han barajado para este puesto, es bien visto por Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico. En cuanto a Hern¨¢ndez-Gil, sus relaciones con UCD han sido m¨¢s bien fr¨ªas en los ¨²ltimos meses,
El Tribunal Constitucional se compone de doce miembros nombrados por el Rey; de ellos, cuatro a propuesta del Congreso, por mayor¨ªa de tres quintos de sus miembros; cuatro, a propuesta del Senado, con id¨¦ntica mayor¨ªa; dos, a propuesta del Gobierno, y dos, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.
Adem¨¢s de los recursos de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley, el Tribunal Constitucional tiene competencia para conocer de los recursos de amparo por violaci¨®n delos derechos fundamentales y libertades p¨²blicas, cuyo ejercicio est¨¢ amparado por la Constituci¨®n.
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