Nueva regulaci¨®n de los contratos de seguro
Las compa?¨ªas aseguradoras deber¨¢n redactar las condiciones del contrato de seguro de forma clara y precisa, destacando de modo especial las cl¨¢usulas limitativas de los derechos de los asegurados, seg¨²n se establece en el proyecto de ley de contrato de seguro.
En el preliminar del proyecto se establece que la declaraci¨®n expresa de nulidad de una cl¨¢usula de las condiciones generales del contrato por el Tribunal Supremo, obligar¨¢ a las entidades aseguradoras a revisar las cl¨¢usulas id¨¦nticas contenidas en sus contratos.Se faculta al asegurador para rescindir el contrato mediante declaraci¨®n dirigida al tomador del seguro en un plazo de un mes, a contar del conocimiento de la reticencia o inexactitud del tomador del seguro. Tambi¨¦n puede rescindir el contrato dentro de un mes a partir del d¨ªa en que tuvo conocimiento el asegurador de la agravaci¨®n del riesgo.
Salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedar¨¢ liberado de la obligaci¨®n. En caso de falta de pago de una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes despu¨¦s del d¨ªa de su vencimiento.
El tomador del seguro, el asegurado, o el beneficiario, deber¨¢n comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo m¨¢ximo de cinco d¨ªas de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la p¨®liza un plazo m¨¢s amplio.
Por otro lado, el asegurador no estar¨¢ obligado al pago de la prestaci¨®n si el siniestro ha sido causado por dolo o culpa grave del asegurado, salvo pacto en contrario.
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