El PSOE impugna la legalidad del nuevo Gobierno Su¨¢rez
El Partido Socialista Obrero Espa?ol (PSOE) desea que el orden del d¨ªa del Pleno que ma?ana celebrar¨¢ el Congreso de los Diputados le permita impugnar la legalidad del actual Gobierno de Adolfo Su¨¢rez. Seg¨²n inform¨® a EL PAIS un portavoz del grupo socialista, la formaci¨®n del nuevo Gobierno ?es ilegal, porque se han saltado a la torera la Constituci¨®n?. La base jur¨ªdica en la que el PSOE apoya su argumentaci¨®n reside fundamentalmente en la creaci¨®n de nuevos ministerios.
Los socialistas solicitaron ayer formalmente que en el orden del d¨ªa del Pleno de la C¨¢mara, previsto para ma?ana, se incluya un punto dedicado a la ?presentaci¨®n del Gobierno, del programa de los distintos ministerios y de las razones que han inducido y base legal de apoyo para la creaci¨®n de nuevos ministerios?. Para que se discuta esta propuesta, los socialistas no consideran suficiente la reuni¨®n de la Mesa del Congreso, que se celebra hoy, y desean ?que se convoque con toda urgencia junta de portavoces de grupos parlamentarios y formaciones pol¨ªticas antes del pr¨®ximo mi¨¦rcoles, para discutir el orden del d¨ªa de la sesi¨®n y nuestra petici¨®n incluida en este escrito?.El propio reglamento del Congreso establece que ?cuando el Gobierno se presente por primera vez al Congreso, formulando la correspondiente declaraci¨®n, en la discusi¨®n podr¨¢ intervenir un representante por cada uno de los grupos parlamentarios, con un solo discurso y una sola rectificaci¨®n?. Seg¨²n fuentes socialistas, esta previsi¨®n reglamentaria no debe dilatarla el Gobierno hasta la constituci¨®n definitiva del Congreso o la formaci¨®n de los grupos parlamentarios. Basan su posici¨®n en que si fue suficiente el Congreso interino para otorgar la investidura, bastar¨¢ tambi¨¦n esta C¨¢mara, en su estado actual, para que se presente a ella el nuevo Gobierno, que habr¨¢ de formular una declaraci¨®n que, esta vez s¨ª, tendr¨¢ que someterse reglamentariamente a discusi¨®n.
Seg¨²n inform¨® a EL PAIS el diputado socialista Virgilio Zapatero, el planteamiento de su grupo se desdobla en dos vertientes: jur¨ªdica y pol¨ªtica. En el primer aspecto, se considera ilegal la reforma administrativa realizada previamente a la formaci¨®n del nuevo Gobierno, especialmente en lo que se refiere a la creaci¨®n de nuevos ministerios, no amparada por el decreto-ley de 8 de octubre de 1976 y desautorizada por el art¨ªculo 98 de la Constituci¨®n, que establece la necesidad de una ley para fijar la estructura del Gobierno.
En el aspecto pol¨ªtico, los socialistas consideran necesario que el Parlamento -al que no se le permiti¨® un debate previo a la investidura de Adolfo Su¨¢rez- tenga oportunidad ahora de conocer y discutir la formaci¨®n del nuevo Gobierno, su programa y el de los distintos ministerios. Aunque no existe confianza en la viabilidad de la impugnaci¨®n del nuevo Gobierno, los socialista desean dar la batalla parlamentaria para demostrar, al menos, el poco respeto de Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico (UCD) hacia el texto constitucional y los usos democr¨¢ticos que la Constituci¨®n instaura.
?Gobierno ilegal?
Al margen del planteamiento pol¨ªtico del primer partido de la Oposici¨®n, la postura jur¨ªdica del PSOE contra la reforma administrativa que ha elevado de diecinueve a veinticuatro los miembros del Gabinete, se basa en la supuesta ilegalidad del decreto de 5 de abril, ?por el que se reestructuran determinados ¨®rganos de la Administraci¨®n Central del Estado?. La reforma de la estructura del Gobierno la fundament¨® el citado decreto en ?la autorizaci¨®n concedida por el art¨ªculo 26 del real decreto-ley 18/1976, de ocho de octubre?. El citado art¨ªculo del mencionado decreto-ley ?sobre medidas econ¨®micas? dec¨ªa as¨ª: ?Con objeto de obtener una mayor econom¨ªa en los gastos p¨²blicos y una mayor eficacia en la gesti¨®n de los servicios, el Gobierno, a propuesta de su presidente, podr¨¢ acordar la supresi¨®n, refundici¨®n o reestructuraci¨®n de los departamentos ministeriales ... ?.La interpretaci¨®n socialista es que tal decreto-ley no ampara en ning¨²n caso la creaci¨®n de nuevos departamentos -como el de Administraci¨®n Territorial-, por lo que subsiste la regla general establecida en el articulo tercero de la ley de R¨¦gimen Jur¨ªdico de la Administraci¨®n del Estado, que exige una ley para la creaci¨®n o reforma sustancial de los ministerios. En todo caso, estima que la Constituci¨®n impide utilizar la f¨®rmula del decreto-ley, y menos aun la del decreto, para reformar la estructura de la Administraci¨®n Central.
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