"La actuaci¨®n de G¨®mez Chaparro fue ajustada a Derecho"
Fuentes muy cercanas al magistrado-juez titular del Juzgado Central de Instrucci¨®n n¨²mero 1, de la Audiencia Nacional, han puesto de manifiesto que, en su opini¨®n, la actuaci¨®n de aqu¨¦l respecto a la fuga de Fernando Lerdo de Tejada, implicado en la matanza de Atocha, ha sido ajustada a Derecho. El se?or G¨®mez Chaparro ha manifestado su deseo de no formular ning¨²n tipo de declaraci¨®n formal sobre el tema.Seg¨²n la misma fuente, el magistrado no autoriz¨® expresamente la salida de la c¨¢rcel de Lerdo de Tejada para disfrutar vacaciones, sino que respondi¨® al oficio de la direcci¨®n de la prisi¨®n de Ciudad Real en el sentido de que por parte del juzgado, no exist¨ªa inconveniente, siempre que el preso cumpliese los requisitos que establece la legislaci¨®n penitenciaria.
Los abogados de la acusaci¨®n han insistido en este punto, en el sentido de que la petici¨®n de excarcelaci¨®n la cursa el director de la pnsi¨®n, advirtiendo al juez simplemente si existen o no notas desfavorables del encarcelado y q ue, trat¨¢ndose de un procesado en prisi¨®n provisional, es de la exclusiva competencia del juez autorizar o denegan expresamente la salida.
Siempre seg¨²n las mismas fuentes, el se?or G¨®mez Chaparro ha denegado varias peticiones de libertad provisional para los procesados por el asesinato de la calle de Atocha. Hace tiempo se tramit¨® un. permiso de vacaciones para Francisco Albadalejo, al que el magistrado respondi¨® en id¨¦nticos t¨¦rminos de que por su parte no exist¨ªan inconvenientes, siempre que se cumpliesen los requisitos reglamentarios, y la direcci¨®n de la prisi¨®n no concedi¨® las vacaciones.
En cuanto a las fechas de la fuga -seguimos citando a la misma fuente informativa- se ha asegurado a EL PA?S que el juez no tuvo conocimiento de que Lerdo de Tejada no habla regresado a la prisi¨®n -deb¨ªa haberio hecho el 17- hasta el d¨ªa 20, y que en la misma ma?ana de esa fecha curs¨¦ la orden de busca y captura contra el huido.
Por lo que se refiere a la comunicaci¨®n al fiscal y a la acusaci¨®n, se precisa en las mismas fuentes que ninguna norma obliga al juez a formularla, ya que no se trata de conceder la libertad provisional de los procesados, sino de un permiso de excarcelaci¨®n temporal.
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