El Estatuto que propugna Unidade Galega
Secretario general del Partido Galleguista
Galicia es un pueblo con personalidad propia, definida por sus caracter¨ªsticas hist¨®ricas, culturales, etnogr¨¢ficas y socioecon¨®micas.
Galicia es una de las nacionalidades hist¨®ricas que, con Euskadi y Catalu?a, forma esa trilog¨ªa con personalidad indiscutible en el marco del Estado espa?ol.
Las diferencias de Galicia con respecto a las otras dos se basan en condiciones de tipo econ¨®mico, de estructura social, en su escasa industrializaci¨®n, en su aislamiento debido a las malas v¨ªas de comunicaci¨®n, en sus deficiencias de tipo educativo y sanitario y en el predominio del sector primario.
Se ha afirmado repetidamente que Galicia es una tierra rica habitada por gente pobre. Ya lo afirmaba hace m¨¢s de siglo y medio aquel curioso personaje ingl¨¦s, el vendedor de biblias Jorge Borrow, ?don Jorgito?.
El hecho indiscutible es el atraso y marginaci¨®n de una tierra que ha visto marchar a millones de sus hijos por los cuatro puntos cardinales de la emigraci¨®n.
Galicia posee un idioma propio, hermano del castellano y del catal¨¢n y padre -o hermano mayor, al menos- del portugu¨¦s. Un idioma marginado por la Administraci¨®n desde hace m¨¢s de cuatro siglos, tras la dura represi¨®n de los Reyes Cat¨®licos, calificada por el cronista aragon¨¦s Zurita como la ?doma y castraci¨®n del Reino de Galicia?. Un idioma conservado amorosamente, ?teimudamente?, por las clases m¨¢s humildes y marginadas: por los labriegos y marineros, la gran masa que lleg¨® a significar m¨¢s del 80% de la poblaci¨®n gallega y que todav¨ªa hoy supone m¨¢s del 50% de la poblaci¨®n total, m¨¢s del doble de esta poblaci¨®n a nivel estatal.
Una de las caracter¨ªsticas diferenciales de Galicia es, precisamente, este apego de las clases populares a su cultura aut¨®ctona, lo que contrasta con Catalu?a y Euskadi, en las que fue la burgues¨ªa la defensora del idioma y la cultura.
Este hecho cuenta a la hora de la decisi¨®n pol¨ªtica, en la que la poblaci¨®n rural tiene escaso peso. Eso explica los resultados electorales en Galicia, en los que parece que el sentido de identidad de los gallegos es pobre. Sin embargo, no es as¨ª. Lo que ocurre es que la peque?a burgues¨ªa gallega, mim¨¦tica de la for¨¢nea, desert¨® de su idioma y con ello, en parte, de su propia identidad, distanci¨¢ndose de las masas populares y llegando a crear ese complejo de que hablar castellano era hablar bien y hablar gallego era hablar mal.
Pol¨ªticamente Galicia fue un coto electoral propicio a los manejos electoralistas basados en un montaje caciquil fomentado por el centralismo, que as¨ª pod¨ªa situar all¨ª a muchos diputados cuneros. Ganar elecciones en Galicia era muy f¨¢cil para los gobiernos civiles. Y todav¨ªa sigue si¨¦ndolo para el aparato estatal. A?¨¢dase a esto la desconfianza que en los pol¨ªticos y en la pol¨ªtica tiene la gran masa rural -que s¨®lo conoce de la pol¨ªtica los manejos y triqui?uelas de los caciques de turno- y se explicar¨¢ f¨¢cilmente el abstencionismo electoral, que llega a m¨¢s del 50% de la poblaci¨®n gallega.
Pero Galicia comienza a despertar. Mejor dicho, ha comenzado ya hace m¨¢s de un siglo, aunque, durante muchos a?os, ese despertar haya sido casi s¨®lo manifestaci¨®n testimonial de minor¨ªas intelectuales.
Recuperar la identidad
La lucha por la recuperaci¨®n de su propia identidad podemos situarla a partir de la llamada revoluci¨®n gallega de 1846, terminada tr¨¢gicamente con los fusilamientos de Carral. Sigue en las voces de Aurelio Aguirre, los federalistas de la primera Rep¨²blica y el clamor de los poetas -Rosal¨ªa de Castro, Pondal y Curros Enr¨ªquez-, se manifiesta pol¨ªticamente con el regionalismo de Alfredo Bra?as y arraiga en movimientos populares como los de Solidaridad Gallega (1907) y movimientos agraristas subsiguientes. Con la creaci¨®n de las Irmandades da Fala, en 1916, adquiere ya matiz claramente nacionalista, culminando con la creaci¨®n del Partido Galeguista, en diciembre de 1931. Militantes de este partido fueron Castelao, Su¨¢rez P¨ªcallo, Otero Pedrayo y Alejandro B¨®veda, entre otros, que dejaron una impronta de ¨¦tica y dignidad en la pol¨ªtica gallega, conducta pr¨¢cticamente in¨¦dita en este campo hasta entonces.
B¨®veda fue el animador y dinamizador del Estatuto de Autonom¨ªa, plebiscitado y aprobado por el pueblo gallego el 28 de junio de 1936. Su entrega a esta labor le costar¨ªa la vida en agosto de ese a?o. Su nombre es asumido hoy como bandera de los nacionalistas gallegos de todos los matices.
Los miembros del Partido Galeguista fueron sa?udamente perseguidos por el franquismo; unos murieron, otros tuvieron que emigrar y algunos se refugiaron en actividades puramente culturales.
Pero la mayor¨ªa de los gallegos han retomado la bandera de la autonom¨ªa y, despu¨¦s del cambio de r¨¦gimen, ha comenzado a re¨ªvindicar para su pueblo un derecho de autogob¨ªerno, a nivel de lo que permita la Constituci¨®n.
Al constituirse la Junta Preauton¨®mica de Galicia, solicit¨® de los partidos pol¨ªticos y de las entidades p¨²blicas y culturales su aportaci¨®n en proyectos o bases para la elaboraci¨®n de un proyecto de Estatuto de Autonom¨ªa.
La Junta design¨® una comisi¨®n que, por el n¨²mero de sus miembros, fue llamada la ?Comisi¨®n de los diecis¨¦is?, formada por ocho representantes de UCD, dos de AP, dos del PSOE, uno del PCG, uno del PTG, uno del POG y uno del PG.
La comisi¨®n redact¨® el llamado ?Estatuto de los diecis¨¦is?, que parec¨ªa ser el modelo aceptado por la gran mayor¨ªa de las fuerzas pol¨ªticas parlamentarias y extraparlamentarias gallegas. Pero, tras las elecciones generales del 1 de marzo, los sectores m¨¢s reaccionarios de UCD impusieron su criterio y modificaron el modelo de Estatuto, rebajando muchas de sus competencias, lo que dio lugar al descontento de grandes sectores de la opini¨®n gallega y a una lucha entre este sector y el sector m¨¢s galleguista de la propia UCD.
La coalici¨®n Unidade Galega, formada por el PG (Partido Galeguista), POG (Partido Obreiro Galego) y PSG (Partido Socialista Galego), mostr¨® su repulsa a las modificaciones introducidas en el Estatuto de los diecis¨¦is, y elabor¨® un modelo propio que recoge sus aspiraciones, a fin de que Galicia alcance las m¨¢s altas cotas de competencias dentro del marco constitucional, que fue uno de los compromisos adquiridos por la coalici¨®n frente a sus electores. Esta coalici¨®n, que estuvo cerca de obtener dos puestos en el Parlamento, mejor¨® notablemente el n¨²mero de votantes en las elecciones municipales, en las que sac¨® concejales en todos los municipios en que present¨® candidatura, constituyendo la verdadera revelaci¨®n de dichas elecciones y marcando un claro rumbo en la marcha ascendente de los partidos nacionalistas gallegos.
Competencias a reivindicar
Ante la pasividad de las fuerzas en el poder, Unidade Galega, por medio del Partido Galeguista, busc¨® la colaboraci¨®n de las fuerzas nacionalistas catalanas y vascas cercanas ideol¨®gicamente a dicho partido -Convergencia y Uni¨®, en Catalunya, y PNV, en Euskadi-, quienes se ofrecieron a defender las enmiendas presentadas por Unidade Galega para la mejora del Estatuto que estos d¨ªas se discute.
Aunque cada uno de los tres partidos de Unidade Galega realiza gestiones por su cuenta, para conseguir un Estatuto adecuado para Galicia, en s¨ªntesis los que militamos en ellos coincidimos en reivindicar, entre otras, las sigu¨ªentes competencias:
1. La necesidad de que el idioma gallego -hablado por m¨¢s del 70% de nuestra poblaci¨®n- sea reconocido y tratado en plan de igualdad con el castellano, especificando el deber de su conocimiento, adem¨¢s del derecho, por ser idioma oficial en Galicia.
Por haber sido concedidos ya a Catalu?a y Euskadi en el cap¨ªtulo de competencias exclusivas, pedimos para la Comunidad Aut¨®noma Gallega, las siguientes:
a) La organizaci¨®n, demarcaci¨®n y r¨¦gimen local de Galicia con reconocimiento de la personalida jur¨ªdica de la parroquia rural y la comarca; modificaci¨®n -si procede- de los t¨¦rminos municipales, de los nombres de los municipios y toponimia.
b) La integraci¨®n de los presupuestos de las Diputaciones Provinciales en el de la Xunta de Galicia, que debe tener poder jurisdiccional sobre las mismas, a fin de evitar que se conviertan en un poder paralelo del ente auton¨®mico que pueda estorbar sus decisiones.
c) La constituci¨®n de la Comisi¨®n Mixta Estado Comunidad Aut¨®noma Gallega, que tendr¨¢ que reunirse en el plazo m¨¢ximo de un mes desde la aprobaci¨®n del Estatuto de Autonom¨ªa, y que tendr¨¢ como fines realizar las transferencias y establecer el calendario de las mismas.
d) Cooperativas, p¨®sitos y mutualidades, no incluidas en la Seguridad Social, conforme a la legislaci¨®n general en materia mercantil.
e) Comercio interior y defensa del consumidor.
f) Promoci¨®n, desarrollo econ¨®mico y planificaci¨®n de la actividad econ¨®mica de Galicia, de acuerdo con la ordenaci¨®n general de la econom¨ªa.
g) Las instituciones de cr¨¦dito corporativo p¨²blico y territorial y Cajas de Ahorro en el marco de las bases que sobre ordenaci¨®n del cr¨¦dito y la banca d¨ªcte el Estado, y de la pol¨ªtica monetaria general.
h) Desarrollo comunitario. Condici¨®n femenina. Pol¨ªtica infantil, juvenil y de la tercera edad.
Algunas de estas competencias exclusivas figuraba como tal en el Estatuto de los 16, pero fueron rebajadas o pasadas a competencias dentro del marco de la legislaci¨®n estatal, quiz¨¢ para eludir el control popular sobre ciertas instituciones.
En relaci¨®n con la Administraci¨®n de Justicia, Unidade Galega reclama las facultades que las leyes org¨¢nicas del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial reconozcan, reserven o atribuyan al Gobierno y para el nombramiento de magistrados, jueces, secretarios y dem¨¢s funcionarios de la Administraci¨®n de Justicia en Galicia se considere m¨¦rito preferente el conocimiento del derecho especial gallego y del idioma del pa¨ªs.
Otra competencia que reclama Unidade Galega es la relativa a la ense?anza en toda su extensi¨®n: niveles, grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio del art¨ªculo 27 de la Constituci¨®n y Leyes Org¨¢nicas que lo desarrollen y de las facultades que atribuye al Estado el art¨ªculo 149,1,30.? de la misma y de la alta inspecci¨®n necesaria para su cumplimiento.
Otra cuesti¨®n que Unidade Galega considera fundamental para el Estatuto Gallego es la asunci¨®n por parte de la Comunidad Aut¨®noma Gallega del desarrollo legislativo de las normas b¨¢sicas del Estado en materia de medios de comunicaci¨®n social, respetando lo que dispone el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n. El derecho a disponer del segundo canal de TVE, mientras el Estado no ¨ªnste un tercer canal de uso exclusivo para la comunidad aut¨®noma.
El derecho de la Xunta de Galic¨ªa a crear y mantener su propia TV, radio y prensa, y, en general, todos los medios de comunicaci¨®n social para el cumplimiento de sus fines.
Sistema proporcional
En las elecciones para el primer parlamento gallego, Unidade Galega preconiza el sistema proporcional sin fijar m¨ªnimos, como en el proyecto actualmente presentado en las Cortes, que exige un 3 % del censo electoral, lo que rebaja las posibilidades de representaci¨®n de las minor¨ªas, que consideramos muy importante, sobre todo en las provincias de Lugo y Orense, donde el abstencionismo es mayor y, por ello, m¨¢s necesaria la representaci¨®n de las minor¨ªas, para evitar que el grupo dominante -que no mayoritario- aparezca como ¨²nico portavoz de un pueblo que, en su mayor¨ªa, no entra en el juego electoral.
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