En noviembre entrar¨¢ en vigor el reglamento del impuesto sobre la renta y se publicar¨¢ el nuevo modelo de declaraci¨®n
Dos meses antes de que acabe el a?o fiscal, a¨²n no ha entrado en vigor el reglamento del impuesto sobre la renta que entr¨® en vigor el d¨ªa 1 de enero. Este reglamento clarifica puntos oscuros en la ley acerca de mecanismos de deducci¨®n y desgravaci¨®n, as¨ª como sobre la imputaci¨®n de rentas del contribuyente y la unidad familiar. El reglamento aclara tambi¨¦n la forma de devoluci¨®n de impuestos abonados y que superen la cuota que resulte al efectuar la liquidaci¨®n del impuesto. Se espera que el Gobierno apruebe el reglamento, ya circulado por Hacienda, en la pr¨®xima reuni¨®n del Consejo de Ministros. Igualmente, se espera que este mes de noviembre Hacienda haga p¨²blico el modelo de impreso para el impuesto de este a?o, cuya declaraci¨®n debe presentarse antes de mayo de 1980.
El Gobierno estudiar¨¢ en su pr¨®xima reuni¨®n el proyecto de reglamento del impuesto general sobre la renta. Este proyecto fue ya visto por el anterior Gobierno en febrero y, tras su aprobaci¨®n inicial, pase a dictamen del Consejo de Estado, preceptivo, aunque no vinculante, antes de su aparici¨®n en el Bolet¨ªn Oficial. Las observaciones apuntadas por el Consejo de Estado han sido revisadas a lo largo de las ¨²ltimas semanas por los t¨¦cnicos de Hacienda y algunas de ellas han sido incorporadas al proyecto de reglamento. Hacienda circul¨® a todos los ministerios el proyecto definitivo hace unos d¨ªas, y una vez que los distintos departamentos hayan formulado sus observaciones, el reglamento podr¨¢ entrar en vigor.Medios pr¨®ximos al Departamento de Hacienda han se?alado que la publicaci¨®n del reglamento es urgente, ya que lo l¨®gico es que el contribuyente, antes de que acabe el a?o fiscal, pueda estar informado de la normativa impositiva que se le est¨¢ aplicando de hecho. La ley del nuevo impuesto sobre la renta no deja aclarados numerosos conceptos sobre imputaci¨®n de renta, deducciones posibles, desgravaciones y mecanismos de liquidaci¨®n del impuesto de devoluci¨®n de cantidades ya abonadas que superen la cuota resultante, una vez hecha la liquidaci¨®n. La mayor parte de estos conceptos quedan aclarados en el reglamento y constituyen, por tanto, informaci¨®n b¨¢sica, que el contribuyente debe tener antes de que acabe el a?o fiscal, y a tiempo para que adopte las decisiones de desgravaci¨®n.
inmediatamente despu¨¦s de que se publique el reglamento del nuevo impuesto -previsiblemente en los primeros d¨ªas de noviembre- se espera que Hacienda apruebe y d¨¦ a conocer los impresos para la declaraci¨®n del impuesto correspondientes a este ejercicio y que tendr¨¢n que presentarse antes de mayo del pr¨®ximo a?o. Junto a estos impresos se publicar¨¢ un folleto de explicaciones generales para el contribuyente, que aclarar¨¢ los casos comunes de declaraci¨®n.
El nuevo impreso de declaraci¨®n tiene que incorporar todas las novedades del impuesto sobre la renta que ha empezado a aplicarse este a?o. Aparecen nuevos conceptos de deducci¨®n por familia, gastos generales mujer o hijos que aporten rentas de trabajo a la unidad familiar, y dem¨¢s modificaciones introducidas en la ley, como el tratamiento de la vivienda o la desgravaci¨®n por inversiones.
Se espera que en paralelo con la aparici¨®n del impreso, y antes de que acabe el a?o, Hacienda lleve adelante una campa?a de informaci¨®n y difusi¨®n con car¨¢cter general para que el contribuyente est¨¦ al tanto de sus obligaciones y derechos tributarios. Esta campana de difusi¨®n, opinan numerosos expertos, adem¨¢s de efectuarse a primeros del pr¨®ximo a?o, con objeto de que los contribuyentes conozcan el mecanismo de preparaci¨®n del impreso de declaraci¨®n, debe tambi¨¦n realizarse antes de que acabe el a?o, para que puedan existir oportunidades de utilizar mecanismos de desgravaci¨®n y deducci¨®n y para una mayor informaci¨®n sobre los mecanismos fiscales.
El proyecto de reglamento que en estos momentos estudian los departamentos ministeriales es un texto minucioso de m¨¢s de 130 p¨¢ginas, en el que, a lo largo de casi 1.70 art¨ªculos, se precisa y pormenoriza la normativa aplicable en el impuesto sobre la renta. Este detalle aclara numerosos extremos de la ley referidos a lo que debe o no considerarse renta y, por tanto, materia tributable. Otro tanto hace con los gastos deducibles, con los elementos desgravables y otros aspectos importantes de la tributaci¨®n personal directa.
En su introducci¨®n, el proyecto de reglamento preparado por Hacienda, que no incorpora variaciones sustanciales ni numerosas al proyecto inicial, redactado a primeros de a?o por el anterior equipo ministerial, justifica el mantenimiento de aspectos no bien vistos en el dictamen preceptivo, pero no vinculante, del Consejo de Estado.
En opini¨®n de expertos de Hacienda, el dictamen del Consejo de Estado constituye un trabajo ?encomiable y destacado?, que debe contribuir a esclarecer muchos aspectos de la ley. Pese a esa valoraci¨®n favorable, no se ha seguido al pie de la letra el dictamen del Consejo de Estado, y los responsables del Ministerio de Hacienda han mantenido buena parte de los criterios iniciales.
Una vez que el reglamento haya superado el tr¨¢mite del Consejo de Ministros y que en ¨¦l se hayan introducido las sugerencias de otros ministerios, EL PAIS tratar¨¢ en detalle su contenido y plantear¨¢ en sus p¨¢ginas una descripci¨®n de los temas que m¨¢s directamente afectan al contribuyente de cara a su declaraci¨®n de la renta.
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