El j¨®ven en el nuevo C¨®digo Penal
La reducci¨®n de la edad penal a los quince a?os se encuentra en el art¨ªculo 26 del proyecto de nuevo C¨®digo Penal, cuyo apartado tercero establece que est¨¢ exento de responsabilidad criminal el menor de quince a?os. Esta medida fue ampliamente debatida en la secci¨®n penal de la Comisi¨®n General de Codificaci¨®n, que aprob¨® el anteproyecto de nuevo C¨®digo Penal, siendo finalmente adoptada por mayor¨ªa. Los ponentes del proyecto de nuevo C¨®digo estuvieron tambi¨¦n de acuerdo con la medida.Los argumentos barajados fueron la conveniencia de rebajar la edad penal, tras haber fijado la Constituci¨®n la mayor¨ªa de edad civil en los dieciocho a?os y la necesidad de hacer frente al hecho de que, seg¨²n las m¨¢s recientes investigaciones criminol¨®gicas, la m¨¢xima incidencia en la curva de la delincuencia juvenil tiene lugar entre los quince y diecis¨¦is a?os. tambi¨¦n se barajaron argumentos de Dereocho Comparado, seg¨²n los cuales, en los pa¨ªses europeos la media de la edad penal se sit¨²a en los catorce a?os. El nuevo C¨®digo tambi¨¦n prev¨¦, en el arriba citado art¨ªculo 26, que ?cuando el menor de quince a?os ejecute un hecho previsto como infracci¨®n penal ser¨¢ entregado a la jurisdicci¨®n especial de los tribunales tutelares de menores?. A su vez, esta jurisdicci¨®n especial, seg¨²n el art¨ªculo 149, podr¨¢ confiar a la autoridad judicial a menores de quince a?os ?cuando su peligrosidad o rebeld¨ªa los haga incompatibles con el tratamiento asignado a los mismos por dichos tribunales?.
El nuevo C¨®digo Penal considera, en su art¨ªculo 27, como circunstancia atenuante ?la de ser el culpable menor de dieciocho a?os?, y establece en su art¨ªculo 80, que ?al mayor de quince a?os y menor de dieciocho se aplicar¨¢ la pena inferior en grado a la se?alada en la ley?. La medida de seguridad prevista en el nuevo C¨®digo para los j¨®venes delincuentes es la de internamiento en centros de rehabilitaci¨®n social por un per¨ªodo indeterminado, que no podr¨¢ exceder de diez a?os.
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