El procurador del Banco de Navarra representa a la comisi¨®n liquidadora y no al Banco de Espa?a
?En ning¨²n momento he ostentado la representaci¨®n del Banco de Espa?a?, ha declarado a EL PAIS el procurador Jos¨¦ Luis Ortiz Ca?abate, ?ni de ning¨²n otro acreedor, en el juicio universal de quiebra del Banco de Navarra?. Con estas palabras se ampl¨ªa la informaci¨®n publicada el pasado domingo por EL PAIS, referente al env¨ªo por la Audiencia Territorial de Madrid, al ministerio fiscal, de la documentaci¨®n relativa a la doble representaci¨®n de Ortiz Ca?abate (?representaci¨®n tanto de la quebrada como de la masa en quiebra? que fue considerada por la Audiencia como ?situaci¨®n an¨®mala?)
Seg¨²n fuentes pr¨®ximas a la comisi¨®n liquidadora -compuesta por el presidente, Jos¨¦ Barrios Frutos, y tres miembros designados por el Banco de Espa?a, y otros tres miembros designados por la junta general del Banco de Navarra-, ?todo lo que ahora ha resuelto la Audiencia Territorial es una simple cuesti¨®n de naturaleza procesal ?.?Consiste?, seg¨²n expertos juristas consultados, ?en si el recurso interpuesto por antiguos a administradores del Banco de Navarra contra la sentencia dictada por el Juzgado Especial debe tramitarse con uno o dos efectos?. Al haber sido acordados los dos efectos, queda en suspenso la ejecutividad de aquella sentencia, aunque deja subsistente en su integridad la declaraci¨®n de quiebra con toda su secuela de medidas asegurativas. La Audiencia no ha entrado, por tanto, en el problema de fondo que es la procedencia de la declaraci¨®n de quiebra, hecha en su d¨ªa por el Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 18, de Madrid, en la que se apreciaba la ?existencia de fraude procesal y de mala fe en la conducta de los antiguos administradores ?.
En cuanto al conflicto surgido en torno a la denegaci¨®n invocada por el registrador de Pamplona, en la que se alegaba la falta de inscripci¨®n de la disoluci¨®n del Banco de Navarra, la Direcci¨®n General de Registros revoca el motivo de la denegaci¨®n y declara que dicha resoluci¨®n est¨¢ ya inscrita en el registro y que, si no lo estuviese, ser¨ªa inscribible por emanar de una disposici¨®n legal. La Direcci¨®n de Registros ha estimado tambi¨¦n que el acuerdo adoptado por lajunta general fue perfectamente v¨¢lido y mantiene ¨²nicamente de la calificaci¨®n inicial del Registro de Pamplona el defecto formal de la aprobaci¨®n por parte de la Junta, aunque hace expresa reserva de ?las acciones que a los perjudicados puedan corresponder ante la conducta de la junta, que no aprueba unos acuerdos que adopt¨®?.
Fuentes cercanas a la comisi¨®n liquidadora han se?alado que ?no le corresponde al registrador calificar si una quiebra est¨¢ bien o mal declarada, sino que la influencia que la inscripci¨®n o no inscripci¨®n de un acto merezca ejercer en la declaraci¨®n de una quiebra, corresponde ¨ªntegramente a los tribunales?. En todo caso, se?alan las mismas fuentes, las dos sentencias dictadas ya por el Juzgado Especial declarando la procedencia de la quiebra, se produjeron cuando todav¨ªa la Direcci¨®n General de Registros no hab¨ªa revocado, como lo ha hecho ahora, el m¨¢s restrictivo criterio del registrador
Por otra parte, el procurador Jos¨¦ Luis Ortiz Ca?abate ha declarado a EL PAIS que ?solicit¨® la declaraci¨®n de quiebra voluntaria y ha seguido actuando en dicho procedimiento en nombre exclusivamente del Banco de Navarra, SA, en llquidaci¨®n?.
?Despu¨¦s de decretada la quiebra?, a?ade Ortiz Ca?abate, ?se me otorgaron unos poderes por el comisario y depositario de la quiebra, con el fin de que compareciese en una serie de procedimientos, distintos del de la quiebra, para defender los intereses del Banco de Navarra, ya que el procurador que anteriormente representaba a la entidad hab¨ªa renunciado al poder, dejando al Banco de Navarra sin representaci¨®n en esos asuntos?.
En el recurso de apelaci¨®n interpuesto por Juan Palomeras, principal accionista del Banco de Navarra y procesado actualmente en Pamplona y Barcelona, Jos¨¦ Luis Ortiz Ca?abate aduce que compareci¨® exclusivamente en nombre del Banco de Navarra, en liquidaci¨®n, y que aport¨® por error unos poderes que le hab¨ªa otorgado el comisario y el depositario, pero ?ante la protesta de la otra parte?, a?ade el procurador, ?acompa?¨¦ los poderes indebidamente omitidos?. En efecto, la Sala Segunda de la Audiencia Territorial se?ala en su auto que Ortiz Ca?abate ?subsan¨® el error inicial y justific¨® con los poderes adecuados su calidad de representante de la comisi¨®n liquidadora?.
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