Transparencia, autonom¨ªa, competitividad y profesionalidad, principios de la empresa p¨²blica
De un proyecto de Estatuto de la Empresa P¨²blica de cincuenta art¨ªculos, farragosos y ordenancistas, el Gobierno ha pasado de pronto a un modesto acuerdo de Consejo de Ministros de s¨®lo cuatro normas sencillas y claras para contribuir -seg¨²n el pre¨¢mbulo de dicho acuerdo- ?a una nueva imagen de empresa p¨²blica transparente, eficaz, rentable y econ¨®mica socialmente, y de utilidad general?. Con este acuerdo, en v¨ªsperas del debate parlamentario, el Gobierno trata de tapar la boca a la oposici¨®n, que, machaconamente, pregunta por el hibernado Estatuto de la Empresa P¨²blica.
El controvertido y mareado estatuto se convirti¨® en uno de los m¨¢s c¨¦lebres incumplimientos de los pactos de la Moncloa por parte del Gobierno. El borrador sufri¨® infinitas modificaciones en la comisi¨®n interministerial hasta que -despu¨¦s de la reuni¨®n de Buitrago en 1978- cay¨® sepultado en los cajones de la vicepresidencia econ¨®mica, que prefer¨ªa pragm¨¢ticamente cuatro normas sencillas para andar por casa antes que mil art¨ªculos farragosos.Desde entonces se dictaron normas de actuaci¨®n a t¨ªtulo casi experimental y fueron acomodando las empresas p¨²blicas su gesti¨®n a los principios acordados por el ¨²ltimo Consejo de Ministros. Estos principios de gesti¨®n, que estaban ya contenidos, en parte, en la Constituci¨®n y, en parte tambi¨¦n, en los pactos de la Moncloa y en el programa econ¨®mico del Gobierno, son los siguientes:
1. Transparencia. El manejo de fondos p¨²blicos exige la m¨¢xima transparencia. La empresa p¨²blica no admite alegr¨ªas ni liberalidades, que normalmente tampoco se dan en la empresa privada, regida por el principio de la utilidad. La contabilidad de las empresas debe ajustarse a normas que faciliten su control por las Cortes. Se prev¨¦ el env¨ªo semestral a las Cortes de las cuentas y variaciones m¨¢s significativas experimentadas por empresas que disfruten de subvenciones o tengan d¨¦ficit apreciables. Independientemente, el Gobierno conocer¨¢ semestralmente un informe sobre el cumplimiento de objetivos y la marcha general de todas las empresas p¨²blicas.
2. Autonom¨ªa y gesti¨®n. La empresa debe funcionar de forma aut¨®noma, pero con aut¨¦ntica y plena responsabilidad, no transformarse en un negociado de la Administraci¨®n, lo que diluye responsabilidades. El control de la Administraci¨®n debe centrarse en el seguimiento peri¨®dico de cumplimiento de objetivos.
3. Equiparaci¨®n entre empresa p¨²blica y privada en un mercado competitivo. El acuerdo, parte de la defensa de la empresa p¨²blica como realidad de hecho y de derecho, si bien muestra absoluto respeto con el sector privado, activo esencial y v¨¢lido para la salida de la crisis. Por aplicaci¨®n del principio de econom¨ªa de mercado, la empresa p¨²blica no debe tener ni privilegios ni regulaciones especiales, pero tampoco cargas que la hipotequen. Deben separarse responsabilidades de la cuenta de explotaci¨®n de las procedentes de encargos. La empresa p¨²blica debe competir en calidad y precio con la privada. Estos principios deben cumplirlos las empresas que act¨²en como monopolios.
4. Profesionalidad en la gesti¨®n. La profesionalidad se conseguir¨¢ mediante el criterio selectivo en el nombramiento de cargos y la estabilidad para permitir la planificaci¨®n seria y eficaz. La transitoriedad permanente lleva -seg¨²n el director general del Patrimonio, Arturo Roman¨ª- a preocuparse m¨¢s por ?la palmada en el hombro? que por la planificaci¨®n, que empieza a dar resultados a mayor plazo. La dedicaci¨®n debe ser plena en puestos directivos. Se trata de evitar la presencia de personas que representan intereses ajenos a la empresa p¨²blica y que tienen capacidad decisoria sobre la misma. El l¨ªmite de edad queda en setenta a?os, e ir¨¢ paulatinamente reduci¨¦ndose en la l¨ªnea de otros ¨®rdenes de la actividad laboral espa?ola.
5. Exigencia de ley para la creaci¨®n de empresas p¨²blicas. En el campo de igualdad de condiciones, para que el sector p¨²blico no utilice sus mayores posibilidades financieras, har¨¢ falta una ley para la creaci¨®n de empresas p¨²blicas, salvo casos excepcionales (uno de ellos, cuando la creaci¨®n de una empresa sea instrumento para algo ya existente).
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.