El mecanismo de sucesi¨®n
El art¨ªculo segundo de la Constituci¨®n Federal inviste al presidente con el poder ejecutivo. No otorga poder ejecutivo alguno al vicepresidente, a los miembros del Gabinete del presidente ni a otros funcionarios.En caso de destituci¨®n, muerte, dimisi¨®n o incapacidad f¨ªsica del presidente, le sucede en la Presidencia el vicepresidente. La ¨²ltima enmienda a la Constituci¨®n autoriza al vicepresidente, con ciertas condiciones, a hacerse cargo de las funciones del presidente, si ¨¦ste estuviera incapacitado para ejercer sus funciones. El vicepresidente puede tomar medidas para que el presidente pueda reasumir el cargo, una vez superada la incapacidad.
En el orden de sucesi¨®n al presidente, y despu¨¦s del vicepresidente, siguen, por este orden, el presidente de la C¨¢mara de Representantes, el presidente temporal del Senado, el secretario de Estado, el secretario del Tesoro, etc¨¦tera, en una relaci¨®n de quince cargos que agota los miembros del Gabinete y que finaliza en el secretario de Transportes.
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