Los bancos de datos jur¨ªdicos: apuntes para una pol¨ªtica jur¨ªdica
La reciente aparici¨®n en la Prensa de dos art¨ªculos, suscrito uno por Miguel S¨¢nchez-Mazas y otro por Miguel L¨®pez Mu?iz, sobre inform¨¢tica jur¨ªdica sit¨²a una vez m¨¢s en un plano de actualidad una compleja realidad: la de los bancos de datos y, como especie de ¨¦stos, la de los jur¨ªdicos en sus tres conocidas vertientes: la legislativa, la jurisprudencial y la bibliogr¨¢fica.Mientras el primero de los autores citados aborda el tema desde una perspectiva principalmente especulativa y teorizante -no en vano se?ala P¨¦rez Nu?o que ?el marco m¨¢s adecuado para ofrecer una visi¨®n unitaria de la proyecci¨®n de la inform¨¢tica al derecho es la filosof¨ªa del derecho?-, el segundo lo hace desde un ¨¢ngulo hist¨®rico y docente.
Parece, pues, oportuno situar la cuesti¨®n en el marco de hoy, examinando su realidad actual y su posible proyecci¨®n en un futuro pr¨®ximo en nuestro pa¨ªs.
Sin abundar en razonamientos y justificaciones reiteradamente expuestas por los que han tratado el tema, es una evidencia dif¨ªcilmente soslayable lo dif¨ªcil que resulta hoy al legislador, el gobernante y el jurista pr¨¢ctico, conocer si existe y cu¨¢l es la informaci¨®n jur¨ªdica que precisa para preparar, informar, decidir o juzgar sobre un punto concreto.
A esta simple pregunta trata de contestar todo un complicado y fabuloso proceso que conlleva la iniciativas como son: creadores de bases de datos, centros de bases de datos, redes de transporte, carriers internacionales y usuarios finales.
Las estrategias seguidas para la puesta en marcha, implementaci¨®n y desarrollo de los expresados centros responden b¨¢sicamente a dos modelos: el norteamericano y el de Europa Occidental.
En EE UU ha surgido en estos ¨²ltimos a?os un gran n¨²mero de instituciones ?creadoras de bases de datos? y otras que operan como ?centros de bases de datos?. La diferencia entre unas y otras reside fundamentalmente en el hecho de que mientras las primeras crean ficheros o archivos accesibles inform¨¢ticamente, las segundas son empresas p¨²blicas o privadas que, con el soporte de un determinado material y logical ofrecen comercialmente la posibilidad de acceder a un cierto n¨²mero de bases de datos (propias o creadas por otras).
En EE UU existe actualmente m¨¢s de 270 centros creadores de bases de datos y m¨¢s de siete distribuidores.
En el ¨¢rea europea, y concret¨¢ndonos a las bases de datos jur¨ªdicas explotadas de manera operativa, pueden se?alarse los siguientes centros creadores de bases de datos: el Centro de la Corte de Casaci¨®n, en Roma; el ambicioso proyecto conocido con el nombre de Sistema de Documentaci¨®n Nacional Informatizada (Sydoni), en Francia, que recoge la informaci¨®n y experiencia de los Centros Regionales de Informaci¨®n y Documentaci¨®n Notarial (Cridon); el CEDIJ, tambi¨¦n en Francia; el CREDOC, en B¨¦lgica, y el Centro de Informaci¨®n e Investigaci¨®n Documental de las Comunidades Europeas (Circe), que, entre sus diferentes ficheros, explota uno conocido con las siglas CELEX y que constituye un sistema de tratamiento automatizado de la documentaci¨®n jur¨ªdica relativa al derecho comunitario (tratados, reglamentos, directrices, jurisprudencia, etc¨¦tera).
El 26 de junio de 1980 se constituy¨® en Madrid el primer Centro de Documentaci¨®n e Inform¨¢tica Jur¨ªdica (Cendij) como fundaci¨®n cultural privada patrocinada por las instituciones siguientes: Presidencia del Gobierno, Colegios de Abogados de Madrid y de Barcelona, Junta de Decanos de Colegios Notariales, Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad, Fundaci¨®n para el Desarrollo de la Funci¨®n Social de las Comunicaciones (Fundesco), Editorial Aranzadi, Instituto de Estudios Fiscales, Instituto Nacional de Sanidad y Seguridad Social, Instituto Nacional de la Salud, Banco de Espa?a, Banco de Bilbao y Centro de Estudios de Ordenaci¨®n del Territorio y Medio Ambiente (CEOTMA).
Esta fundaci¨®n fue la culminaci¨®n de Un largo proyecto experimental que, durante los ¨²ltimos seis a?os y patrocinado por las mismas instituciones, estudi¨® y sent¨® las bases de un centro de datos jur¨ªdicos en Espa?a. El Cendij, en una l¨ªnea de prudente realismo y sensible a los complejos y profundos problemas que plantea el tema, tiene como meta fundamental:
1. Crear los cimientos y la estructura adecuada que permita, en su momento, establecer una correcta estrategia en la creaci¨®n y desarrollo de bancos de datos en general y de los jur¨ªdicos en particular, y definir las pautas y criterios relativos a la titularidad, administraci¨®n, explotaci¨®n y actualizaci¨®n de los mismos.
En este sentido el Cendij constituye un aut¨¦ntico banco de pruebas y ensayo sensible a las m¨²ltiples y variadas interrogantes planteadas en centros similares.
Problemas tales como la defensa de la intimidad personal (confidencialidad) a que se refiere el art¨ªculo 18 de la Constituci¨®n y consiguiente protecci¨®n de determinados datos, el de la ?portabilidad? (aspecto este clave de una aut¨¦ntica pol¨ªtica inform¨¢tica), de manera que un sistema no est¨¦ ligado exclusivamente a un tipo o marca de ordenador y exista, por tanto, una cierta independencia de los medios l¨®gicos (sofware) respecto de los medios f¨ªsicos (hardware), est¨¢n siendo meticulosa mente estudiados a fin de brinda una respuesta social, pol¨ªtica y jur¨ªdicamente correcta a la pregunta siempre subyacente cu¨¢ndo se analiza la industria de la informaci¨®n.
2. Lograr una adecuada organizaci¨®n administrativa y jur¨ªdica que sirva de modelo y punto de referencia a la hora de elegir el cauce y la forma institucional id¨®nea para prestar un servicio p¨²blico que el jurista, cada vez de manera m¨¢s apremiante, demanda.
En este sentido se presta especial atenci¨®n a la metodolog¨ªa jur¨ªdica precisa para crear bases de datos sobre disciplinas espec¨ªficas, a la formaci¨®n de buenos analistas, documentalistas y t¨¦cnicos, y, en general, a la preparaci¨®n de aut¨¦nticos profesionales en inform¨¢tica jur¨ªdica que hagan del rigor cient¨ªfico y precisi¨®n jur¨ªdica el lema de su actividad.
3. Creaci¨®n de m¨®dulos piloto de informaci¨®n jur¨ªdica susceptible de recuperaci¨®n automatizada, siguiendo el criterio de ponderado realismo en su concepci¨®n, dise?o y ejecuci¨®n.
En estos momentos, se encuentran ya en nuestra base de datos tres m¨®dulos:
a) General: comprensivo de toda la legislaci¨®n sobre sociedades, jurisprudencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo desde el 1 de enero de 1978 y resoluciones de la Direcci¨®n General de los Registros y del Notariado (a punto de completarse este sector desde 1951).
b) Legislaci¨®n fiscal desde la ley de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal (1977), jurisprudencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo en materia fiscal desde 1978 y resoluciones del TEAC desde 198 1.
c) Legislaci¨®n urban¨ªstica (desde el TR de 1976, comprendiendo la legislaci¨®n m¨¢s importante y terminado un proyecto que aborda de manera exhaustiva: ordenaci¨®n del territorio, urbanismo y legislaci¨®n social de la vivienda).
4. Experimentaci¨®n de uno o varios sistemas inform¨¢ticos hasta seleccionar el m¨¢s adecuado en el tratamiento y recuperaci¨®n de datos jur¨ªdicos, no olvidando que en cualquier caso el futuro de los bancos de datos jur¨ªdicos, como el de los bancos de datos en general, no est¨¢ en formar compartimientos estancos de dif¨ªcil o imposible acceso, sino en construir bases de datos de acuerdo con una arquitectura predefinida que permita la implementaci¨®n de una verdadera red de informaci¨®n accesible al mayor n¨²mero de usuarios posibles.
Esta es la situaci¨®n actual del ¨²nico centro que nosotros sepamos se ha constituido en Espa?a con car¨¢cter abierto y general para la recuperaci¨®n y servicio al p¨²blico de datos jur¨ªdicos.
es registrador de la propiedad y presidente del Patronato de la Fundaci¨®n Centro de Documentaci¨®n e Inform¨¢tica Jur¨ªdica.
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