La democracia debe combatir el terroriso con las armas propias de la democracia
?C¨®mo acabar con el terrorismo sin acabar al mismo tiempo con la democracia? Esta interrogante, que ya llev¨® al Consejo de Europa a convocar en noviembre ¨²ltimo una conferencia internacional de expertos policiales, especialistas en temas jur¨ªdicos y de pol¨ªticos en un intento de elaborar una respuesta, ha estado presente, en medio de un innegable ambiente de preocupaci¨®n, a lo largo de las jornadas sobre terrorismo y democracia organizadas en Madrid por la Asociaci¨®n Pro Derechos Humanos de Espa?a.
Los participantes han estado de acuerdo en que los terroristas quieren acabar con la democracia, y han dejado en el aire la grave cuesti¨®n de si los poderes del Estado y las fuerzas de seguridad a sus ¨®rdenes no van a conseguir de hecho este mismo objetivo, si se empe?an en seguir utilizando contra el terrorismo instrumentos y medidas que violan aspectos esenciales de la Constituci¨®n. Todos los ponentes han coincidido en que el terrorismo debe ser combatido con energ¨ªa, pero en el marco del respeto a la Constituci¨®n y sin legislaciones especiales que permiten que la represi¨®n se ampl¨ªe indiscriminadamente al resto de los ciudadanos.Refiri¨¦ndose en concreto a las leyes especiales sobre terrorismo, sobre protecci¨®n ciudadana y en defensa de la democracia, promulgadas en Espa?a en los ¨²ltimos tiempos, el catedr¨¢tico de Derecho penal Enrique Gimbernat manifest¨® que muchas de sus disposiciones violan tajantemente derechos fundamentales reconocidos por la Constituci¨®n, que s¨®lo pueden ser suspendidos en estados de excepci¨®n regulados por la propia ley. La regulaci¨®n de la libertad provisional por decreto-ley, concretamente el de protecci¨®n de la seguridad ciudadana de 26 de enero de 1979, promulgado por el Gobierno poco despu¨¦s de aprobada la Constituci¨®n; la pr¨®rroga hasta diez d¨ªas del plazo m¨¢ximo de detenci¨®n de 72 horas, establecido en la llamada ley Antiterrorista de 28 de diciembre de 1980; la posibilidad del secuestro gubernativo de publicaciones utilizando al ministerio fiscal y al juez, prevista en la reci¨¦n aprobada ley de defensa de la democracia, fueron algunos ejemplos puestos por el profesor Gimbernat sobre la inconstitucionalidad de la legislaci¨®n especial, restrictiva de derechos fundamentales reconocidos en la Constituci¨®n, promulgada en los ¨²ltimos tiempos en Espa?a.
La situaci¨®n en Europa occidental fue abordada, desde la perspectiva de la lucha policial contra el terrorismo, por el inspector de polic¨ªa Jos¨¦ Antonio Rodr¨ªguez. Aunque con unas estructuras democr¨¢ticas mucho m¨¢s fuertes que Espa?a, los pa¨ªses de Europa occidental tambi¨¦n se enfrentan al peligro de ver cada vez m¨¢s reducido su sistema de libertades so pretexto de la lucha contra el terrorismo, seg¨²n manifest¨® el ponente. Analizando los dispositivos y medios policiales antiterroristas utilizados en cinco pa¨ªses europeos, Jos¨¦ Antonio Rodr¨ªguez lleg¨® a la conclusi¨®n de que ?Europa se acerca a un control policial que para s¨ª hubieran querido los dirigentes del Tercer Reich?.
Papel de jueces y tribunales
El papel de jueces y fiscales en la aplicaci¨®n de las leyes contra el terrorismo, en el ¨¢mbito del Estado democr¨¢tico de derecho, fue analizado por el fiscal Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn. Tras enumerar los principios en que debe fundamentarse este papel, tales los de la exclusividad de la potestad jurisdiccional de jueces y tribunales, el derecho del justiciable a su juez natural, y la intervenci¨®n directa e inmediata del juez en la investigaci¨®n afirm¨® que, si bien el primero de ellos es en general respetado, los otros dos quiebran, uno de ellos con la creaci¨®n y continuo reforzamiento de las competencias de la Audiencia Nacional, y el otro por la inexistencia de una polic¨ªa judicial a disposici¨®n de los jueces.Respondiendo a una pregunta intencionada de un asistente sobre si era posible juzgar a ETA en el Pa¨ªs Vasco, el fiscal Mart¨ªn Pall¨ªn respondi¨®: ?Es un riesgo que debe asumir la funci¨®n judicial. En Italia, los jueces han asumido este riesgo sin cambiar las leyes de territorialidad ?.
El papel de los intelectuales y de los profesionales de la informaci¨®n, grupos sociales con incidencia en la opini¨®n p¨²blica, en la sensibilizaci¨®n ciudadana contra el terrorismo y en defensa de las libertades fue analizado por Jos¨¦ Luis F. Aranguren, Miguel Boyer, Manuel L¨®pez Ledesma, profesor de Historia; Jos¨¦ Ram¨®n Recalde, ex director del departamento de Derechos Humanos del Consejo General Vasco; Luis Otero, t¨¦cnico en inform¨¢tica y ex comandante; Jes¨²s de la Serna, subdirector de EL PAIS, y Pedro Altares, ex director de Cuadernos para el Di¨¢logo.
Aranguren dio cuenta a los asistentes de la incomodidad de los intelectuales ante una situaci¨®n en la que la cr¨ªtica del fen¨®meno terrorista puede interpretarse como un apoyo al aparato del Estado. Aranguren reivindic¨® para el intelectual el derecho de ?poder criticar al terrorismo, y a la vez al Estado, que no ha encontrado otro camino para combatir este fen¨®meno que la utilizaci¨®n de medios anticonstitucionales?. En la misma l¨ªnea, Miguel Boyer manifest¨® que ?es posible defender a la sociedad del terrorismo sin violencia, sin recurrir a la tortura y sin restaurar la pena de m muerte ?.
Jes¨²s de la Serna expuso la situaci¨®n delicada en que se encuentra la Prensa, como consecuencia de una ley -la reci¨¦n promulgada ley de Defensa de la Democracia- que establece de nuevo el secuestro gubernativo de los medios informativos, y que puede utilizarse como arma de presi¨®n para silenciar la informaci¨®n sobre los hechos terroristas. El subdirector de EL PAIS calific¨® de disparate y barbaridad la tesis, que ha sido defendida en algunos medios period¨ªsticos, de que era necesario silenciar los actos terroristas para evitar su contagio. ?La enfermedad no se cura ocult¨¢ndola al enfermo?, apostill¨® Jes¨²s de la Serna, e invit¨® a los profesionales de la informaci¨®n a hacer un esfuerzo en el an¨¢lisis de las causas del terrorismo.
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