El fiscal califica los hechos del 23 de febrero de rebeli¨®n militar y pide tres penas de treinta a?os
Treinta a?os de privaci¨®n de libertad es la pena m¨¢s grave solicitada por el general fiscal Jos¨¦ Manuel Claver en la causa abierta por el intento golpista del 23 de febrero. Sus destinatarios son el teniente general Jaime Milans del Bosch, el general Alfonso Armada y el teniente coronel Antonio Tejero. Las conclusiones provisionales, firmadas por el general Jos¨¦ Manuel Claver, como ya anticip¨® EL PAIS el pasado d¨ªa 7 de agosto, califican los hechos de rebeli¨®n militar y solicitan penas de privaci¨®n de libertad de cinco a treinta a?os. Entre las pruebas propuestas destacan varios careos, uno de ellos entre Milans del Bosch y Armada.
La solicitud de la m¨¢xima pena para los principales implicados en la intentona golpista resulta en todo caso atenuada respecto a la legislaci¨®n castrense vigente durante el franquismo, que castigaba con la pena de muerte al cabeza de la rebeli¨®n y al que tornara ?el mando superior de las fuerzas o elementos rebeldes?, as¨ª como a ?los rebeldes con mando de compa?¨ªa y unidades superiores o an¨¢logas de cualquiera de los tres ej¨¦rcitos?. La abolici¨®n de la pena de muerte por la Constituci¨®n de 1978, salvo para tiempos de guerra, llev¨® consigo la modificaci¨®n de tales preceptos.La petici¨®n de treinta a?os para los dos generales citados y para el teniente coronel que mand¨® las fuerzas que asaltaron el Congreso de los Diputados se basa en la consideraci¨®n de los hechos como un ¨²nico delito de rebeli¨®n militar, en el que se aprecia la agravante de reincidencia en el caso de Tejero (fue condenado como participante en la denominada operaci¨®n Galaxia) y la atenuante del art¨ªculo 294 del C¨®digo de Justicia Militar para quienes no fueron cabeza de rebeli¨®n o no estuvieron al mando de compa?¨ªa o unidad del Ej¨¦rcito.
Las acusaciones realizadas y las penas solicitadas han provocado una primera cadena de reacciones entre los defensores, varios de los cuales manifestaron que las condenas pedidas ?son penas muy duras?. La mayor¨ªa de los abogados se apresuraron a trasladarse junto a sus defendidos para comunicarles la noticia.
El letrado Adolfo de Miguel, defensor del capit¨¢n de nav¨ªo Camilo Men¨¦ndez, del comandante Pardo Zancada y de Juan Garc¨ªa Carr¨¦s, se?al¨® a Europa Press que ?hay razones legales que permiten demostrar que el 23 de febrero no se produjo una rebeli¨®n militar?. A?adi¨® que ?es posible que incluso no constituyan delito alguno, ya que, en funci¨®n de como fuese preparada la operaci¨®n, entran en juego toda una serie de eximentes?. El abogado estima entre tales eximentes corno la m¨¢s importante la de ?obediencia leg¨ªtima?.
Seg¨²n el C¨®digo de Justicia Militar vigente, tras la reforma del pasado 6 de noviembre, ?se considera que no existe obediencia debida cuando las ¨®rdenes entra?en la ejecuci¨®n de actos que manifiestamente sean contrarios a las leyes y usos de la guerra o constituyan delito, en particular contra la Constituci¨®n?.
El defensor del teniente de la Guardia Civil Pedro Izquierdo, el oficial del citado instituto al que se pide la menor de las penas solicitadas por el fiscal, se traslad¨® inmediatamente al Regimiento de Automovilismo de Vic¨¢lvaro, donde se encuentra su defendido, para comunicarle la ?grata nueva?.
Seg¨²n manifest¨® a EL PAIS Justo Maestre, la reacci¨®n del teniente Izquierdo fue de satisfacci¨®n ?dentro de lo que cabe?. Explic¨® el abogado que la raz¨®n principal de la cierta alegr¨ªa con que su defendido recibi¨® la noticia reside en el hecho de que la pena de de cinco a?os no lleva aparejada la p¨¦rdida del uniforme ni la degradaci¨®n, penas accesorias que, seg¨²n Maestre, corresponden a las condenas de privaci¨®n de libertad de seis a?os en adelante.
Entre las pruebas solicitadas por el fiscal figuran una serie de careos entre el general Armada, por un lado, y el teniente general Milans del Bosch, el teniente coronel Antonio Tejero, el comandante Pardo Zancada, el coronel Diego Ib¨¢?ez y el teniente coronel Pedro Mas, por otro. Asimismo pide carear a Garc¨ªa Carr¨¦s con Tejero y con Mas. El fiscal razona estos careos en las discrepancias existentes entre las respectivas declaraciones.
El fiscal solicita como prueba que se una a los autos la sentencia reca¨ªda por la operaci¨®n Galaxia, y pide tambi¨¦n el interrogatorio de tres cabos y ocho n¨²meros de la Guardia Civil que formaban parte de la fuerza ocupante del Congreso. Asimismo manifiesta que hace suyas las pruebas que propongan las defensas.
Uno de los mayores impactos del escrito de conclusiones provisionales del fiscal ha sido producido por la petici¨®n de que el teniente general Jaime Milans del Bosch y el general de divisi¨®n Alfonso Armada mantengan un careo. El fiscal expresa la conveniencia de este encuentro para aclarar los hechos.
El abogado del general Armada, Ram¨®n Hermosilla, manifest¨® anoche que tanto ¨¦l como su defendido se hab¨ªan sorprendido ante la calificaci¨®n del ministerio fiscal, ?ya que el general Armada?, se?al¨®, ?siempre ha actuado bajo las ¨®rdenes de la cadena militar de mando?. A este respecto, cabe se?alar que los militares con mando sobre Armada son los integrantes de la Junta de Jefes de Estado Mayor (JUJEM) y, por supuesto, el Rey, si bien el abogado Hermosilla puntualiz¨® que Armada ?nunca ha impuesto orden alguna en relaci¨®n con los sucesos del 23~F, y menos en nombre del Rey?. Sobre la continuaci¨®n de la fidelidad de Armada a don Juan Carlos, su abogado defensor declar¨®: ?El general Armada es esencialmente un caballero de honor y un hombre leal?. Finalmente, Ram¨®n Hermosilla a?adi¨® que piensa pedir la absoluci¨®n de su defendido el pr¨®ximo 28 de septiembre.
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