Euskadi: asumir la Constituci¨®n
Se escuchan con frecuencia opiniones te?idas de sorpresa, y a veces de descofianza y escenticismo, respecto al hecho de que fuerzas pol¨ªticas que representan a amplios sectores sociales de Euskadi, y que en su d¨ªa se abstuvieron en el refer¨¦ndum a que fue sometida la norma fundamental, o incluso recomendaron el voto negativo formulen hoy fervorosas, y sin duda sinceras, declaraciones de fe constitucional. Merece la pena intentar alguna explicaci¨®n a cambio tan importante desde el punto de vista del afianzamiento de la democracia en Espa?a.Conviene recordar que la transici¨®n se inici¨® en Euskadi con un compromiso de los dos partidos fundamentales en el per¨ªodo republicano. El acuerdo de pol¨ªtica unitaria en el ¨¢mbito de la autonom¨ªa Y de la democratizaci¨®n prolongaba cuarenta a?os de colaboraci¨®n en la resistencia y, en la oposici¨®n antifranquista. Se fundaba en la convicci¨®n de que tal cooperaci¨®n era necesaria, tanto para hacer efectiva la autonom¨ªa conjunta de las cuatro provincias sin traumas sociales y con las menores tensiones territoriales posibles, como para adoptar de inmediato determinadas medidas de ruptura democr¨¢tica.
Unos y otros eran conscientes de que en la tierra vasca la oposici¨®n al franquismo hab¨ªa sido peculiar, al involucrar a capas muy amplias de la poblaci¨®n y llegar a alcanzar expresiones armadas. No bastaba en Euskadi con autorizar los partidos pol¨ªticos y celebrar unas elecciones legislativas; no era suficiente la libertad de expresi¨®n. El pais reclamaba la amnist¨ªa inmediata, urg¨ªa la renovaci¨®n de unos ayuntamientos y de unas diputaciones desprestigiadas, exist¨ªa un malestar interno por la pol¨ªtica de orden p¨²blico, se ped¨ªa el restablecimiento de los conciertos econ¨®micos... Dicho de otra forma: Euskadi necesitaba una amplia autonorma provisional, preconstitucional, que diera credibilidad democr¨¢tica a la transici¨®n. Este era el esp¨ªritu del compromiso pol¨ªtico que fue asumido, en septiembre de 1977, en el proyecto de autonom¨ªa provisional de la Asamblea de Parlamentarios Vascos.
Poco dur¨® el efecto beneficioso de la pol¨ªtica unitaria en Euskadi, pronto se comprob¨® que algunas de las fuerzas firmantes no inclu¨ªan en su pol¨ªtica de Estado, como un cap¨ªtulo especial, las reformas excepcionales que hab¨ªa que acometer en Euskadi. La transici¨®n vasca dio un giro completo cuando se cay¨® en la cuen ta de que las urgentes e ineludibles reformas vascas no se planteaban como exigencia en la pol¨ªtica de consenso inaugurada en la redacci¨®n del primer borrador constitucional. Tras el bloqueo de la transici¨®n en Euskadi, la auscricia -o la expulsi¨®n- de los partidos de implantaci¨®n vasca del ¨¢mbito de consenso constitucional aparece corno simple corolario. ?Se pod¨ªa pedir resinada y, serena participaci¨®n en la rernodelaci¨®n del edificio com¨²n del Estado, cuando ard¨ªa la habitaci¨®n propia y nadie hacia cuesti¨®n de echar una mano para apagar el fuego" El esfuerzo Final de integraci¨®n, a trav¨¦s de la petici¨®n de un gesto formal, simb¨®lico, naufrag¨® con el clamoroso rechazo de la enmienda adicional en el Pleno del Senado, ¨²ltimo episodio de la exclusi¨®n de un sector significativo en la sociedad vasca en la elaboraci¨®n de la Constituci¨®n.
Es obvio que para ese sector del pueblo vasco, que encarnaba una de las tradiciones democr¨¢ticas m¨¢s aut¨¦nticas y valiosas de Espa?a, el rechazo de la Constituci¨®n o la abstenci¨®n en el refer¨¦ndum conllevaban dificultades y contradicciones. No cabe elogiar la postura. Recon¨®zcase, sin embargo, que desde Euskadi se esper¨® in¨²tilmente que los que gobernaban o condicionaban a trav¨¦s del consenso la marcha del Estado propugnaran o realizaran una pol¨ªtica de reformas espec¨ªficas en Euskadi -ciertamente posible-, que hubiera permitido la inicial integraci¨®n constitucional de la mayor¨ªa del pueblo vasco. Se esper¨® in¨²tilmente la acogida constitucional -tambi¨¦n posible- de algunas aspiraciones vascas.
El discurrir de la transici¨®n ha acreditado ante amplios sectores reticentes que, cuando existe voluntad pol¨ªtica, la Constituci¨®n de 1978 posee virtualidad para extraer f¨®rmulas institucionales que encaucen los problemas vascos. Del tronco constitucional se ha visto brotar un Estatuto de Autonom¨ªa satisfactorio. En, el marco de este sistema ha tenido cabida el restablecimiento de los conciertos econ¨®micos. Del afianzamiento del autogobierno y del desarrollo estatutario ha de esperarse un contexto m¨¢s propicio para la salida de la crisis econ¨®mica y la lucha contra el azote del paro, la puesta en pr¨¢ctica de una nueva concepci¨®n del orden p¨²blico, y cabe confiar en un desarrollo arm¨®nico de la plural realidad cultural del pa¨ªs.
Muchos de los que encontraron en su d¨ªa razones pol¨ªticas bastantes para votar no a la Constituci¨®n o para abstenerse son hoy plenamente conscientes de que esa Constituci¨®n y su derivaci¨®n estatutaria, pese a sus insuficiencias, constituyen la ¨²nica alternativa democr¨¢tica y aut¨®noma que tenemos. Bien conscientes de que si se abate o cercena el ¨¢rbol constitucional, el Estatuto vasco ser¨¢ la primera rama que se intentar¨¢ podar. La progresiva generalizaci¨®n de esta conciencia en Euskadi es un dato positivo y esperanzador para la consolidaci¨®n de la democracia en Espa?a.
Ser¨ªa ingenuo subestimar los riesgos que corre en el Pa¨ªs Vasco este proceso de asentamiento democr¨¢tico y auton¨®mico, Ser¨ªa peligroso ignorar que la identificaci¨®n autogobierno-Constituci¨®n se cuestiona cuando se bloquea o dificulta el desarrollo estatutario. Los defensores del r¨¦gimen democr¨¢tico tardamos en entender que en nombre del Estado se impongan cesiones y recortes de la autonom¨ªa reconocida, puesto que es obvio que se trata de sacrificios auton¨®micos y, por tanto, democr¨¢ticos a una concepci¨®n Y a una realidad de Estado centralista y, mas en concreto, al Estado propio de la Espa?a de Franco. Hemos de encaminarnos hacia una situaci¨®n en la que las llamadas e invocaciones a la solidaridad se produzcan a la hora de superar las dificulta des que aparecen en la construcci¨®n del Estado de las auto nom¨ªas.
Para concluir, perm¨ªtaseme, a t¨ªtulo de navarro, una referencia a uno de los nubarrones m¨¢s negros que se ciernen sobre el horizonte democr¨¢tico de esa parte fundamental de Euskal Herria que es el viejo reino pirenaico. ablando de Constituci¨®n, no est¨¢ de m¨¢s se?alar la m¨¢s que dudosa constitucinalidad de la v¨ªa auton¨®mica seguida en el llamado amejoramiento (?c¨®m pasar por encima de los art¨ªculos 151 y 143?). En la voluntad concordada de prescindir de la Constituci¨®n hay` Un aspecto que inquieta: se quiere obviar el sentir de aquella parte de la sociedad navarra que no est¨¢ por la autonom¨ªa separada. Este es el sentido ¨²ltimo de prescindir de los ayuntamientos en la fase inicial y de dejar de lado el cuerpo general del pueblo navarro al suprimir el refer¨¦ndum final. A algunos partidos democr¨¢ticos no parece haberles servido de mucho la experiencia navarra del per¨ªodo republicano.
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