El contribuyente y el ordenador
GABRIEL BARCELOLa reforma del sistema tributario iniciada con la llamada ley de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal, de noviembre de 1977, supuso una modificaci¨®n sustancial del r¨¦gimen tributario, pero tambi¨¦n ha representado una importante redistribuci¨®n del origen de los ingresos fiscales de los presupuestos del Estado.El significado socioecon¨®mico de esta reforma fue considerado trascendente, ya que permiti¨® a los espa?oles disponer de un sistema fiscal menos regresivo e incluso m¨¢s avanzado que el existente en otros pa¨ªses europeos, como Italia o Francia. Esta situaci¨®n permite una cierta satisfacci¨®n, si no fuera porque todav¨ªa estamos en un per¨ªodo inicial de implantaci¨®n: s¨®lo dos ejercicios, 1979 y 1980, han sido declarados bajo este nuevo r¨¦gimen fiscal, y resulta evidente para todo hacendista que un sistema fiscal basado en un impuesto sobre la renta de las personas f¨ªsicas o de las entidades jur¨ªdicas exige un elevado nivel de ¨¦tica social, pragm¨¢ticamente unido a una Administraci¨®n fiscal justa y eficaz.
Espa?a se caracteriza por tener unos ingresos fiscales bajos, una de las presiones fiscales menores de la OCDE, pr¨®xima a la de Jap¨®n, y por encima ¨²nicamente a la de Turqu¨ªa. Esta circunstancia, junto a un reducido coste tradicional de la Administraci¨®n fiscal, era debida a que el antiguo sistema dispon¨ªa de unos mecanismos recaudatorios sencillos y pr¨¢cticos, como eran las evaluaciones globales y los convenios, muy acordes con la idiosincrasia espa?ola. Aunque siendo eficaces, se les podr¨ªa tachar de injustos y no equitativos, pero el contribuyente conoc¨ªa y disfrutaba voluntariamente de los mismos, con satisfacci¨®n para la gesti¨®n tributaria.
Salvo el incremento y apoyo a la inspecci¨®n, la reforma paralela de la Administraci¨®n tributaria fue t¨ªmida y posiblemente insuficiente para sustituir los mecanismos de gesti¨®n anteriormente existentes particularmente al incrementarse el n¨²mero de contribuyentes por tres y el de autoliquidaciones por siete, coincidiendo con un aumento del proceso que incorporaba la situaci¨®n del contribuyente.
Es, pues, necesario afrontar una reforma de la Administraci¨®n tributaria que evite forzar excesivamente la confianza en la ¨¦tica del contribuyente para poder alcanzar los niveles de recaudaci¨®n fiscal que los presupuestos del Estado exigen.
Resulta hoy posible abordar con af¨¢n una reforma administrativa al contar con un nuevo instrumento desconocido hasta la fecha: la tecnolog¨ªa de la inform¨¢tica distribuida aplicada a la gesti¨®n tributaria. La nueva tecnolog¨ªa de los ordenadores conjuntamente con los sistemas de comunicaci¨®n permite una nueva concepci¨®n de la organizaci¨®n y gesti¨®n de cualquier sistema, particularmente de las Administraciones tributarias modernas, que se caracterizan por la multiplicidad de conceptos impositivos y por el elevado n¨²mero de contribuyentes.
La tecnolog¨ªa inform¨¢tica permite hoy disponer simult¨¢neamente de tres elementos de suma importancia para la gesti¨®n administrativa: unidades de proceso reducidas y econ¨®micas, junto con unidades de almace namiento o "archivo" de gran capacidad, unidas entre s¨ª, a pesar de su separaci¨®n geogr¨¢fica, por sistemas de comunicaci¨®n de fiabilidad probada. Podemos sentirnos orgullosos los espa?oles del alto grado tecnol¨®gico alcanzado a nivel internacional por nuestra compa?¨ªa telef¨®nica en la transmisi¨®n de datos.
Tecnolog¨ªa avanzada para la descentralizaci¨®n
La direcci¨®n del Centro de Proceso de Datos del Ministerio de Hacienda, consciente de esta nueva tecnolog¨ªa, redact¨® en 1980 el denominado Proyecto Director de un Sistema Integrado de Inform¨¢tica Fiscal Distribuida (SIFD), que sentaba los principios de un plan cuatrienal para el establecimiento de un sistema de tecnolog¨ªa avanzada de base de datos distribuida en once centros regionales, cincuenta unidades provinciales y 250 administraciones de Hacienda. La oportunidad de la propuesta lo demuestra el hecho de que planes semejantes han sido concedidos simult¨¢neamente por otras administraciones fiscales de Occidente: el Proyecto Paye, de la Administraci¨®n inglesa, o los proyectos Elodie, Majic-2 y Medoc, del Ministerio de Finanzas franc¨¦s. Unicamente Suecia dispone ya de un sistema equivalente en explotaci¨®n para la gesti¨®n de su Administraci¨®n tributaria estatal y municipal.El proyecto SIFD prev¨¦ unas etapas de pruebas y ensayo de los equipos ofertados antes de culminar la adjudicaci¨®n del sistema. Pero a pesar de la adecuada planificacion del Centro de Proceso de Datos de Hacienda, el tiempo transcurre sin que se inicie la implantaci¨®n del nuevo sistema.
La adjudicaci¨®n del primer concurso, convocado hace ya m¨¢s de siete meses, es urgente y necesaria, pues este hecho no ser¨¢ el inicio triunfal de una prueba piloto de la reforma administrativa, sino el primer paso de una larga marcha para la implantaci¨®n de la reforma de la Administraci¨®n tributaria, que exigir¨¢ un gran esfuerzo y una elevada inversi¨®n. La reforma no podr¨¢ alcanzarse ¨²nicamente con la adquisici¨®n de esta tecnolog¨ªa de innovaci¨®n, ser¨¢n necesarias inversiones en edificios id¨®neos para centros inform¨¢ticos, con instalaciones adecuadas y elementos de seguridad suficientes, ser¨¢ necesario tambi¨¦n el incremento del personal inform¨¢tico, y capacitar al existente para el manejo de los nuevos equipos, asi como nuevos recursos en an¨¢lisis y programaci¨®n de nuevas aplicaciones necesarias para la gesti¨®n diaria y eficaz del sistema tributario.
Pero este esfuerzo personal y de inversi¨®n dif¨ªcilmente parece realizable con el actual procedimiento de gesti¨®n del gasto p¨²blico; la din¨¢mica que el lanzamiento del sistema exige s¨®lo parece posible mediante la utilizaci¨®n de los recursos de la empresa p¨²blica, al menos durante la etapa de implantaci¨®n.
Tenemos que ser conscientes de que la reforma administrativa, cuyo ensayo general bien pudiera ser la implantacion del SIFD en la Administraci¨®n tributaria, no puede quedar en la mera aprobaci¨®n de un nuevo texto de procedimiento o en la simple adquisici¨®n de unos ordenadores, por muy sofisticados que sean. Exigir¨¢ un elevado esfuerzo humano y un coste econ¨®mico para el pa¨ªs, r¨¢pidamente amortizable, por cierto.
Los presupuestos del Estado en los pr¨®ximos a?os deber¨¢n incluir las partidas n¨¦cesarias para llevar a buen t¨¦rmino esta reforma de la Administraci¨®n tributaria, tan pr¨®xima y lejana al mismo tiempo.
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